Teorías para la clasificación de las formas de gobierno
Enviado por MARIOMM74 • 23 de Octubre de 2021 • Síntesis • 4.079 Palabras (17 Páginas) • 730 Visitas
Mi experiencia de aprendizaje unidad 7.
Teorías para la clasificación de las formas de gobierno
Presentación
En esta unidad, se analizó el concepto de forma de gobierno y se expusieron los rasgos principales de diversas teorías para la clasificación de éstas, desde la Antigüedad hasta nuestros días.
A efecto de reforzar los temas abordados en la presente unidad, elabore una presentación de PowerPoint, en la que se expongan las ideas principales de las teorías sobre la clasificación de las formas de gobierno.
En la parte final de su presentación, conteste la pregunta siguiente:
¿Considera que el gobierno de nuestro país cumple con todos los requisitos para tener el carácter de ser una democracia? Explique su respuesta.
En esta unidad se abordarán distintas clasificaciones elaboradas por la doctrina, en relación con las maneras en las que se organiza el poder dentro del Estado y la forma en que se relacionan entre sí las estructuras que lo detentan.
Al inicio de la unidad, se hará referencia a los aspectos que distinguen a un Estado de otro y le otorgan una personalidad concreta. Posteriormente, se señalan, a manera de recordatorio, los elementos que conforman el Estado, para centrarnos en uno de ellos, el poder; que da lugar a la definición de gobierno. Una vez que se cuenta con esta noción, se precisa lo que se entiende por formas de gobierno.
Por cuestión de orden, se distinguirá entre dos conceptos que, aunque parecieran análogos, se refieren a cuestiones diferentes: formas de Estado y formas de gobierno. Hecho esto, nos centraremos en el análisis de las ideas expuestas por diversos tratadistas sobre las formas de gobierno, ese recorrido nos llevará desde la Grecia Clásica hasta la Edad Moderna.
Después, se expondrán las características que distinguen a la monarquía y a la república, también se hablará sobre la democracia como forma de gobierno, precisando los elementos que constituyen su núcleo duro, así como, algunos valores que la inspiran.
Posteriormente, se abordarán las particularidades de los sistemas presidenciales, parlamentarios y semipresidenciales; se hará referencia al fenómeno de la parlamentarización del gobierno, con especial énfasis en Latinoamérica; y, finalmente, se abordará el tema de los gobiernos de coalición, que son una alternativa prevista en nuestro país.
Cada Estado cuenta con características específicas que lo distinguen de otros, éstas dan lugar a una personalidad concreta, las cuales derivan de los aspectos sociológico, geográfico y jurídico, este último, se refiere a la estructura de los órganos fundamentales del Estado y la situación en que se encuentran respecto de los elementos constitutivos del mismo (Porrúa Pérez, 2017: 463-464).
En este punto, es conveniente recordar los elementos constitutivos del Estado moderno, al respecto, Arnáiz (1995: 37) sostiene que son:
ESTADO: Poder, Pueblo y Territorio.
Distinción entre formas de Estado y formas de gobierno
Hay autores, como Reinhold Zippelius (2017: 149-183), que al llevar a cabo el análisis de los tipos de organización del poder, se refieren al tema como un estudio sobre las formas de Estado. No obstante, para efectos de esta materia, es preciso distinguir los conceptos de formas de Estado y formas de gobierno.
Para ello resulta conveniente recordar que la palabra Estado:
“Designa la organización política en su conjunto, en su completa unidad formada por los diversos elementos que lo constituyen”, en tanto que la palabra gobierno se refiere al “conjunto de los poderes públicos, de los órganos a quienes se atribuye el ejercicio supremo de la soberanía” (Porrúa Pérez, 2017: 464).
En la actualidad, las nociones de Estado y de gobierno se distinguen porque la primera abarca la totalidad de los fenómenos políticos. La segunda comprende solo una parte del Estado, esto es, el conjunto de órganos encargados de la realización de sus fines y del ejercicio de su soberanía.
En consecuencia, cuando se habla de formas de Estado, se hace referencia a éste visto como un todo, por el contrario las formas de gobierno designan a los modos como están constituidos los órganos del Estado y, por ello, constituyen una visión parcial de la organización estatal, que atiende a la manera como se integra uno de sus poderes, el Poder Ejecutivo y cómo se relacionan sus funciones (Serra Rojas, 2018: 453 y 550).
Principales tratadistas sobre el estudio de las formas de gobierno
La distinción entre formas de Estado y formas de gobierno no era conocida en la Edad Antigua, ni en la Edad Media, etapas en las que se consideraba que la soberanía correspondía a alguno de los órganos fundamentales de las organizaciones y, en consecuencia, se analizaban las formas de gobierno.
Para efectos de esta materia, resultan de especial importancia Platón, Aristóteles, Polibio, Maquiavelo y Montesquieu, cuyas ideas básicas sobre las formas de gobierno, se delinearán a continuación.
Platón
Platón, en su obra La República, hace una descripción del gobierno ideal cuyo fin es la realización de la justicia e implica la armonía entre tres clases: los gobernantes-filósofos; los guerreros, y quienes desarrollan trabajos productivos.
Este autor considera que existen seis formas de gobierno:
1. La monarquía.
2. La aristocracia.
3. La timocracia.
4. La oligarquía.
5. La democracia.
6. La tiranía.
Las dos primeras son identificadas con el gobierno ideal. Las otras cuatro, son consideradas como formas de gobierno corruptas, en orden decreciente (Bobbio, 2008: 21-23).
Aristóteles
Aristóteles expone su teoría sobre las formas de gobierno en La Política. Para catalogarlas utiliza dos criterios: quién gobierna, y cómo gobierna.
En relación con el primer criterio, señala que el poder puede ser ejercido por los siguientes sujetos:
1. Una persona.
2. Unas pocas personas.
3. La mayoría de las personas.
Por lo que se refiere al segundo criterio, sostuvo que, cuando el poder se ejerce teniendo en consideración el interés general, la forma de gobierno será recta; pero por el contrario, cuando se ejerce atendiendo al interés particular, existe una desviación (Bobbio, 2008: 33-36).
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