Tipos de medidas de coerción
Enviado por beybra • 19 de Septiembre de 2013 • Ensayo • 549 Palabras (3 Páginas) • 1.935 Visitas
TEMA I
MEDIDAS DE COERCIÓN
TIPOS DE MEDIDAS DE COERCIÓN.
Tipos de medidas de coerción: las personales y las reales. Las primeras son aquellas medidas que adopta el Juez de Garantía o Tribunal durante el proceso para cumplir los fines del mismo, que limitan el derecho de libertad del imputado. Las segundas, dicen relación con las medidas que limitan la libre disposición o administración de los bienes del imputado.
Las medidas de coerción personales pueden solicitarse antes de la imputación inicial (ejercicio de la acción penal), durante el plazo del término constitucional, o bien después del auto de vinculación a proceso, incluso, después de dictarse una sentencia condenatoria.
Las medidas de coerción real, son aquellas –como ya se dijo- que limitan el derecho de disposición o administración de los bienes del imputado. Esto significa que no puede fijarse en contra de terceros medidas de coerción reales, a menos que sea solidariamente responsable del pago de la reparación del daño.
1.2. DESARROLLO DE LA AUDIENCIA DE LA MEDIDA DE COERCIÓN. (ROL DE LAS PARTES ENVUELTAS).
1.3. REQUISITOS PARA LA REVISIÓN DE MEDIDAS.
Según el Art. 222 del CPP – “Principio general. Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad personal. Las medidas de coerción tienen carácter excepcional y sólo pueden ser impuestas mediante resolución judicial motivada y escrita, por el tiempo absolutamente indispensable y a los fines de asegurar la presencia del imputado en el procedimiento.
La resolución judicial que imponga una medida de coerción o la rechace, es revocable o reformable en cualquier estado del procedimiento. En todo caso, el juez puede proceder de oficio cuando favorezca la libertad del imputado.”
Considerando: Que de acuerdo al Art. 238 del CPPP- “Revisión. Salvo lo dispuesto especialmente para la prisión preventiva, el juez, en cualquier estado del procedimiento, a solicitud de parte, o de oficio en beneficio del imputado, revisa, sustituye, modifica o hace cesar las medidas de coerción por resolución motivada, cuando así lo determine la variación de las condiciones que en su momento las justificaron.”
1.4. CELEBRACIÓN DE LA AUDIENCIA.
1.5. PLAZOS PARA LA APELACIÓN DE REVISIÓN DE MEDIDAS.
1.6. TRIBUNAL COMPETENTE.
Será competente para la ejecución de resoluciones judiciales y de transacciones y acuerdos judicialmente homologados o aprobados el tribunal que conoció del asunto en primera instancia o el que homologó o aprobó la transacción o acuerdo.
Cuando el título sea un laudo arbitral, será competente para su ejecución el Juzgado de Primera Instancia del lugar en que se haya dictado.
Para la ejecución fundada en títulos distintos de los expresados en los apartados anteriores, será competente el Juzgado de Primera
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