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Transparencia De Datos


Enviado por   •  9 de Abril de 2015  •  768 Palabras (4 Páginas)  •  211 Visitas

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http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5150631&fecha=05/07/2010

Transparencia de datos

Artículo 36.- Cuando el responsable pretenda transferir los datos personales a terceros nacionales o extranjeros, distintos del encargado, deberá comunicar a éstos el aviso de privacidad y las finalidades a las que el titular sujetó su tratamiento.

El tratamiento de los datos se hará conforme a lo convenido en el aviso de privacidad, el cual contendrá una cláusula en la que se indique si el titular acepta o no la transferencia de sus datos, de igual manera, el tercero receptor, asumirá las mismas obligaciones que correspondan al responsable que transfirió los datos.

Artículo 37.- Las transferencias nacionales o internacionales de datos podrán llevarse a cabo sin el consentimiento del titular cuando se dé alguno de los siguientes supuestos:

I. Cuando la transferencia esté prevista en una Ley o Tratado en los que México sea parte;

II. Cuando la transferencia sea necesaria para la prevención o el diagnóstico médico, la prestación de asistencia sanitaria, tratamiento médico o la gestión de servicios sanitarios;

III. Cuando la transferencia sea efectuada a sociedades controladoras, subsidiarias o afiliadas bajo el control común del responsable, o a una sociedad matriz o a cualquier sociedad del mismo grupo del responsable que opere bajo los mismos procesos y políticas internas;

IV. Cuando la transferencia sea necesaria por virtud de un contrato celebrado o por celebrar en interés del titular, por el responsable y un tercero;

V. Cuando la transferencia sea necesaria o legalmente exigida para la salvaguarda de un interés público, o para la procuración o administración de justicia;

VI. Cuando la transferencia sea precisa para el reconocimiento, ejercicio o defensa de un derecho en un proceso judicial, y

VII. Cuando la transferencia sea precisa para el mantenimiento o cumplimiento de una relación jurídica entre el responsable y el titular.

La Responsabilidad Patrimonial del Estado.

La responsabilidad del Estado por daños que, con motivo de su actividad administrativa irregular, cause en los bienes o derechos de los particulares, será objetiva y directa. Los particulares tendrán derecho a una indemnización conforme a las bases, límites y procedimientos que establezcan las leyes.

La Responsabilidad directa o sin falta.

La administración al actuar legalmente puede causar un perjuicio a un particular ningún reproche puede hacerse al funcionario que ha actuado en acontecimiento de un mandato legal y, sin embargo, su actuación ha causado un menoscabo al patrimonio de un particular. El moderno derecho administrativo, apoya en razones de equidad, estima justo que el particular perjudicado con un acto legal de la administración, sea indemnizado.

El principio

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