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Tratado De Libre Comercio


Enviado por   •  29 de Julio de 2013  •  787 Palabras (4 Páginas)  •  283 Visitas

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Historia

El 04 de diciembre de 1991 se puso en vigencia la Ley de Preferencias Arancelarias Andinas, más conocido por sus siglas en inglés: ATPA. Mediante esta Ley, cuya vigencia caducó el 04 de diciembre de 2001, Estados Unidos buscaba promover en los países andinos actividades alternativas al cultivo de la coca. Los países beneficiados de este acuerdo comercial fueron Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú, y el mecanismo empleado fue la liberación unilateral de los impuestos de importación a los productos provenientes de dichos países.

Dentro de los productos beneficiados con el ATPA se encontraban las exportaciones de flores; cátodos de cobre; pigmento para fabricación de pinturas; metales preciosos; placas de zinc y productos agrícolas no tradicionales. Por otro lado, el acuerdo comercial excluía a exportaciones textiles y confecciones sujetos a cuerdos textiles; calzado (partes, desechables); atún enlatado; petróleo y sus derivados; relojes y sus partes; ron y ciertos azúcares. Asimismo, este beneficio tuvo un plazo de 10 años.

Renovar el ATPA tomo aproximadamente tres años. El texto del nuevo acuerdo comercial se aprobó el 06 de agosto de 2002 con el nombre de Ley de Promoción Comercial Andina y Erradicación de la Droga (ATPADEA) . Este nuevo acuerdo no solo se aplicaría con retroactividad para aquellos importadores estadounidenses que solicitasen el reembolso de los pagos por aranceles, dentro del plazo establecido (180 días a partir de la aprobación de la ley), sino que también serían renovadas las preferencias arancelarias del ATPA, ampliando estos beneficios a otros sectores exportadores de los países participantes.

El ATPDEA renueva las preferencias arancelarias del ATPA desde su momento de vencimiento hasta el 31 de diciembre de 2006. Asimismo, desde el primero de octubre del 2002 se extenderían dichos beneficios a otros productos, como:

¨ Prendas de vestir elaboradas con insumos regionales, hasta por un monto equivalente al 2%, del total de prendas de vestir importadas por los EE.UU. del mundo (en metros cuadrados), incrementándose cada año hasta llegar al 5% en el 2006.

¨ Producción de maquila de prendas de vestir elaboradas con insumos de los EE.UU. A esta exportación no se le aplicará cuota alguna.

¨ Prendas de vestir elaboradas con pelos finos de alpaca, llama y vicuña. Igualmente no se los limitará con mecanismos de cuotas.

¨ Se permitirá un ingreso libre de aranceles, sin limitación de cuota, al atún envasado al vacío en empaques flexibles. Por otro lado, el atún en conserva no recibirá ningún beneficio.

Asimismo, existen otros productos que podrían entrar sin pagar aranceles, siempre y cuando no afecten la industria nacional estadounidense. Estos productos son: calzado; petróleo o algún derivado del petróleo;

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