Tratado Esguerra
Enviado por alejandrabulla72 • 14 de Mayo de 2013 • 2.656 Palabras (11 Páginas) • 372 Visitas
El litigio entre Nicaragua y Colombia se ha mantenido vivo por más de 200 años, en los cuales se han sostenido discusiones por la propiedad y soberanía sobre territorios del mar Caribe, más específicamente, por los territorios del archipiélago de San Andrés, Providencia, Santa Catalina y la costa de Mosquitos, desde el cabo, Territorios que le fueron entregados el 5 de noviembre de 1803 a Colombia, cuando España los anexó política y administrativamente al entonces Virreinato de la Nueva Granada por medio de la Real Orden de San Lorenzo, la cual consagraba que se le despojara a la capitanía general de Guatemala y se les entregaran al Virreinato de Santa Fe, esta decisión se tomó después de que el pueblo de San Andrés y su gobernador Thomas O’Neill, le enviaran una solicitud al rey para que San Andrés y las costas de Mosquito dependieran del Virreinato, peticiones en las que se basó la Real Orden de 1803. Esta Orden nunca fue derogada, por lo contrario, fue confirmada por otra Orden Real, expedida el 26 de marzo de 1805. Desde ese entonces Colombia ha ejercido soberanía y funciones jurisdiccionales respecto a estas islas hasta el fallo proferido en el año 2012, pero de acuerdo al tratado Esquerra-Bárcenas, el cual a partir de esta Orden Real de 1803 se presentaron ciertos criterios como que:
1. En 1822, los habitantes de San Andrés y Providencia se adhieren de forma libre y voluntaria a la constitución de Cúcuta.
2. El 25 de marzo de 1825, la República de la Gran Colombia y la República Federal de Centro América (de la cual hacía parte Nicaragua) firmaron un tratado de unión, liga y confederación en el cual se acordó que los límites entre las partes se respetarían según los limites existentes hasta ese momento, validándose otra vez más lo mencionado en lo estipulado en 1083 en la Orden Real.
Mediante los anteriores puntos se desarrolla el 24 de marzo de 1928, un acuerdo entre Colombia y Nicaragua, en el cual se firma un tratado sobre cuestiones territoriales (Esquerra-Bárcenas), en el cual se reconoció la soberanía a Nicaragua sobre las islas Mangle y las costas Mosquitas; en cambio, a Colombia se le reconoció soberanía sobre San Andrés, Providencia, Santa Catalina y demás islas e islotes que formaron parte de San Andrés en ese entonces. Por petición del gobierno de Nicaragua se fija en este tratado el meridiano 82 como límite de su país.
Contenido del Tratado
El Tratado de 1928 tiene dos artículos:
•Primer artículo: En el cual Colombia reconoce la soberanía de Nicaragua sobre la Costa de Mosquitos que va desde el Cabo Gracias a Dios al río San Juan. Además la soberanía de las islas Mangle Grande y Mangle Chico. Por su parte, Nicaragua reconoce la soberanía de Colombia sobre el Archipiélago de San Andrés con todo lo que éste comprende.
El artículo determina expresamente:
"No se consideran incluidos en este tratado los cayos Roncador, Quitasueño y Serrana; el dominio de los cuales está en litigio entre Colombia y los Estados Unidos de América.
•Segundo artículo: En el cual se dice que la validez del Tratado sería puesta a consideración de los Congresos de ambos países. La comprobación histórica de que los dos Congresos aprobaron el Tratado se da por la celebración del Protocolo de 1930, el acto ratificatorio se celebró el 5 de mayo de 1930 en Managua y este es conocido históricamente como "Protocolo de 1930" o "Acta de canje de ratificaciones".
El documento tiene un artículo único y fue celebrado entre Manuel Esguerra, enviado extraordinario y ministro plenipotenciario de Colombia para el caso y Julián Irias, ministro de relaciones exteriores de Nicaragua. En el acta se establece:
1. Se ratifica el Tratado de 1928 celebrado entre ambos países.
2. Se da por terminada lo que el documento llama "la cuestión pendiente entre ambas Repúblicas, sobre el archipiélago de San Andrés y Providencia y la Mosquitia Nicaragüense".
3. Se concluye que la celebración del Tratado está en debida forma.
4. Que el Archipiélago de San Andrés y Providencia no se extiende al occidente del meridiano 82 de Greenwich.
Pero después el 4 de febrero de 1980, Nicaragua unilateralmente declara la nulidad del tratado Esquerra-Bárcenas sobre los límites territoriales impuestos o desarrolladas en el tratado Esquerra-Bárcenas ya que no se encontraba conforme con la decisión por ende el 6 de diciembre de 2001, la Republica de Nicaragua presento ante la Corte Internacional de Justicia, una demanda en contra de Colombia en relación con la controversia de límites, basada en la soberanía de una nación sobre un territorio y la delimitación marítima entre los estados. Colombia argumentó que dicha Corte no tenía competencia para resolver el conflicto, pero pues esta menciono que este conflicto ya se había resuelto por el tratado Esguerra- Bárcenas hecho en 1928, sin embargo, agregó que el tratado no determinó las fronteras marítimas de una zona rica en petróleo, por lo cual los dos países tendrán que estructurar sus argumentaciones, para presentárselas a la corte. Aunque no se ha fijado aún fecha para la entrega de estos argumentos por escrito ni para la presentación del caso ante el Gran Salón de Justicia del tribunal. Finalmente, la Corte Internacional de Justicia cuestionó la reacción de Nicaragua después de tantos años cuando anteriormente no se había pronunciado sobre ningún supuesto vicio de fondo del Tratado Esguerra-Bárcena. La Corte declaró que la documentación registrada por Nicaragua daba total respaldo a la validez de aquel acuerdo.
Pero después se da un fallo de la Corte de La Haya en 2012 sobre el litigio entre Colombia y Nicaragua es una sentencia dictada el 19 de noviembre de 2012 por la Corte Internacional de Justicia mediante la cual se procedió a delimitar la frontera marítima entre Colombia y Nicaragua en el mar Caribe sudoccidental, como parte de la resolución de una controversia territorial y de delimitación marítima entre Colombia y Nicaragua iniciada ante la Corte en 2001.
A causa de esta resolución, el mapa de los territorios que Colombia alegaba como propios cambió radicalmente, pues el anterior demarcación que ese país basándose en su interpretación del Tratado de 1928, había determinado como ubicado sobre el meridiano 82º, la sentencia lo fijó en algunos sectores 531 kilómetros más hacia el este, hasta cerca del meridiano 79º, reconociéndole a Nicaragua soberanía y derechos marítimos en dichas aguas partiendo desde de las 200 millas náuticas desde sus costas. Como contrapartida, reconoció la soberanía de Colombia sobre las aguas que rodean las islas y cayos en disputa conforme a las
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