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Enviado por   •  29 de Noviembre de 2012  •  Informe  •  578 Palabras (3 Páginas)  •  308 Visitas

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La obligación es un concepto que ha evolucionado desde la antigüedad. La noción de obligación parte de la experiencia romana y tiende a depurarse adaptándose a las condiciones cambiantes de la vida social y económica. Los cambios no sólo influyen sobre puntos de detalle, afectan, igualmente, al fondo de la institución.

Derecho Real y personal:

El derecho de obligaciones comprende los llamados derechos personales (in personam) frente a los derechos reales (inrem).

El derecho real es aquel que recae directamente de su titulo sobre una cosa que es objeto. Es, en principio, perpetuo, directo y puede oponerse a todos. Además, comporta un derecho la preferencia y de persecución, atributos que les son propios y que no conciernen al derecho personal.

El derecho personal u obligacional no es una relación directo entre una persona y una cosa (puede visar la cosa, pero indirectamente). Supone una relación jurídica entre dos personas llamadas acreedor y deudor: el acreedor puede exigir al deudor, el cumplimiento o ejecución de algo. Ese algo, sólo puede exigir del deudor. Surge así el carácter relativo del derecho de obligaciones mientras que el derecho real se susceptible de invocarse ergaomnes. Además, la obligaciones está destinada a desaparecer al ejecutarse.

Definición de la Obligación:

Los romanos han conservado dos definiciones clásicas de la obligación, que se complementan. Una, se encuentra en las institutas de Justiniano (3.13 pr):”La obligación es un lazo de derecho que nos obliga

a la necesidad de pagar debe tomarse en un sentido general: ejecutar alguna cosa a favor de alguien.

Esta definición se completa con la que aparece en el Digestos(44,7,3 pr) del jurisconsulto Paulo, que consiste en hacernos propietarios o que se nos constituya una servidumbre, sino en que obliga a una persona con relación a otra parte darle una cosa o proporcionarle un servicio.

Análisis de la definición:

En este análisis de las dos definiciones se pone relieve la idea de sujeción, elementos “oligatio”, que se encuentra marcado principalmente por la palabra “vinculum” que, en sentido metafórico, significa lazo o cadena puramente intelectual o moral. El elemento objeto, debitum, relegado en las institutas de Justiniano, se expresa por la palabra general “sovere”, que significa pagar-ejecutar. En Paulo, al contrato, este elemento se encuentra analizado de manera precisa y diferente en tres términos: dare, facere, y praestare. Dare es transferir la propiedad de una cosa o constituir un derecho real; facere, hacer un acto o servicio; praestare. Término más delicado a definir; puede ser por ejemplo, proporcionar algo que no sea ni un derecho real ni un acto material o servicio, como en la venta, el goce de la posesión tranquila y durable de la cosa.

Combinando la definición de Justiniano con la de Paulo, tenemos la noción siguiente:

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