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Tratados


Enviado por   •  24 de Enero de 2015  •  Síntesis  •  2.222 Palabras (9 Páginas)  •  167 Visitas

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EL TRATADO

Es un género literario perteneciente a la didáctica. El latín tractatus, un tratado es el cierre o la finalización de una negociación o disputa, tras haberse debatido y alcanzado un acuerdo. La noción de tratado se utiliza para nombrar a la documentación que registra dicha conclusión y, en un sentido más amplio, al texto o manual sobre un cierto asunto.

Un tratado internacional es un acuerdo celebrado por escrito entre Sujetos del Derecho Internacional regido por el Derecho Internacional y llamado a regular sus relaciones mediante la creación de derechos y deberes mutuos.

DE ESA DEFINICIÓN SE DESPRENDEN LOS RASGOS SIGUIENTES:

1.- La naturaleza jurídica de todo tratado internacional es el consentimiento de las partes. En otras palabras, la voluntad expresada de los estados.

2.- Únicamente los estados o las entidades estatales son partes en los tratados.

3.- Los tratados se rigen por el orden internacional. No por el régimen jurídico particular de los estados.

4.- El objeto de todo tratado es crear, modificar, o extinguir relaciones entre las partes.

CLASIFICACIÓN DE LOS TRATADOS

No existe un criterio unívoco de la clasificación del Derecho Internacional, debido a la diversidad de criterios que han surgido a lo largo de la historia del Derecho Internacional Público, es por ello que en lo sucesivo expondremos la clasificación del mismo partiendo del punto de vista material y asimismo desde el punto de vista formal.

De tales clasificaciones citamos a continuación las siguientes:

• Conforme al número de participantes, los tratados se clasifican en bilaterales o multilaterales, dependientemente de si participan dos o varios Estados respectivamente en su celebración.

• Desde el punto de vista estrictamente formal, los tratados pueden ser abiertos o cerrados; los tratados cerrados restringen el acceso a otros posibles particulares, o sea, se celebran exclusivamente entre los contratantes originarios y no admiten la adhesión de otros Estados, o bien dicha adhesión depende del acuerdo de todas las partes en el tratado.

A.- Tratados abiertos a los que se puede llegar a ser parte en los mismos aunque no se haya tomado parte en el proceso de formación.

B.- Cerrados aquellos que quedan restringidos a los participantes originarios en los mismos y en los que la participación de un nuevo Estado supone la creación de un nuevo acuerdo entre los participantes originarios y el nuevo Estado

C.- Semicerrado aquellos en que otros Estados pueden llegar a ser Partes, distintos a los Estados originarios, pues figuran en una lista anexa al tratado o bien se prevé en el propio Tratado un procedimiento particular de adhesión y por una invitación de los Estados originarios para que se adhieran

• Por la materia objeto de Tratado: pueden ser de carácter político, económico, cultural, humanitario, consulares, etc.

• Por su función de creación de obligaciones: Tratados-contrato son los que prevén un intercambio de prestaciones entre los contratantes; y Tratados-ley son los que intentan crear una norma de carácter general aplicable a toda la CI, o a una parte de ella.

• Por la naturaleza de los sujetos que participan: Tratados entre Estados, entre Estados y otros sujeto de DI y Tratados entre otros sujetos de DI (acuerdos de las organizaciones entre sí).

• Por su duración: Tratados con un plazo de duración determinado, pasado el cual se extinguen; de duración indeterminada, salvo denuncia; prorrogables, bien expresa o tácitamente.

Hay tratados que versan sobre la misma materia y que siguen el mismo procedimiento para su celebración, mas sin embargo se denominan de modo distinto. Entre tanto, hay denominaciones que por su aplicación en la práctica llegan a ser permanentes.

Aquellos tratados en los que una de las partes es la Santa Sede se denominan Concordato.

Un tratado que crea una organización internacional se denomina Estatuto o Carta.

Estatuto de la ONU, carta de la OEA.

Un tratado que resulta de una conferencia internacional se denomina Convención.

Se celebra una conferencia sobre el derecho del mar, y en el marco de ella se suscribe un convenio, se denomina Convención.

Un tratado que viene a complementar, concretizar otro ya celebrado anteriormente se denomina Protocolo.

Un tratado que prevé la celebración de otro sobre la misma materia, pero que sería definitivo, se denomina Modus Vivendi o Modus Operandi.

Los tratados también se Clasifican en Pactos, declaraciones, armisticios. Todos estos son tratados, con sus características.

Cuando hay una guerra, la capitulación, el convenio que celebran los jefes militares para terminar la guerra, se denomina Armisticio.

Algunos autores consideran que no todos los tratados son fuentes del DIP, de ahí que clasifiquen los tratados en

Tratados ley: los definen como aquellos en los que participa un número ilimitado de estados y que versan sobre cuestiones de interés general. Solamente estos son fuentes de DIP.

Tratados contrato: lo definen como aquellos en los cuales participan un número muy limitado de estados, cuya materia es de interés exclusivo de las partes en ese tratado.

CELEBRACION DE LOS TRATADOS

Los Tratados o convenios nacen y se extinguen generalmente según el procedimiento que ha ido desarrollándose para la conclusión y extinción de los tratados en sentido estricto o tratados-contratos, Los primeros están regulados por la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969; los segundos, por la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados celebrados entre Estados y Organizaciones Internacionales de 1986. Los acuerdos entre empresas públicas de un Estado y Estados no son tratados internacionales.

PROCESO DE CELEBRACION DE TRATADOS EN VENEZUELA ADOPCIÓN DEL TEXTO

Se efectuara por consentimiento de todos los Estados participantes en su elaboración, excepto: La adopción del texto de un tratado en una conferencia internacional se efectuara por mayoría de los Estados presentes y votantes, a menos que esos Estados decidan por igual mayoría aplicar una regla diferente.

AUTENTICACIÓN DEL TEXTO

El texto de un tratado quedara establecido como auténtico y definitivo de forma en la cual convengan los Estados que hayan participado en su elaboración, en caso de no hacer este procedimiento será suficiente la firma "ad referéndum" de los representantes de esos Estados.

FORMAS DE MANIFESTACIÓN DEL CONSENTIMIENTO EN OBLIGARSE POR UN TRATADO

Podrá manifestarse mediante la firma, el canje de instrumentos que constituyan un tratado la ratificación, la aceptación, la aprobación o la adhesión,

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