U4_S6_Ejercicios para la actividad virtual
Enviado por Fidel C. • 20 de Febrero de 2021 • Tarea • 528 Palabras (3 Páginas) • 1.064 Visitas
“AÑO DEL BICENTENARIO DEL PERU: 200 AÑOS DE INDEPENDENCIA”
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL PERÚ
Carrera para Gente que Trabaja (CGT)
LEGISLACION EMPRESARIAL
Docente: Ing. CIP MBA Alejandro M. Alva Fructuoso
INTEGRANTES:
AQUINO QUIÑONES, Paola Jennifer U18304527
ARTOLA LOZANO, Carla U19307288
CASTRO VELASQUEZ, Fidel U20204955
DE LA CRUZ SANDOVAL, Carmen U20239839
RAMOS MENDOZA, Erika U20249453
Lima, 21 de febrero del 2021
Ejercicios para la actividad virtual – Semana 06
1. Jaimito no quiere pagar ningún tipo de tributo, le puede dar dos grandes razones por las que si debería tributar.
• Sostenibilidad de los gastos públicos: Los tributos de los contribuyentes sostienen los gastos públicos, los tributos son la principal fuente de recaudación del estado, el dinero de los contribuyentes se destina en seguridad, salud y seguridad, por ejemplo, al realizar obras públicas, construcción de colegios, pago de los trabajadores del estado (médicos, policías, jueces, profesores, alcaldes, etc.).
• Mejorar la economía de un país y elevar los estándares de calidad en los servicios ofrecidos por el estado.
2. Telefónica del Peru, por su servicio de telefonía, ha decidido de forma unilateral cobrarte un tributo denominado IRC (impuesto responsabilidad del consumidor), el consumidor debería pagar de forma trimestral a la empresa. ¿Telefónica del Peru, es sujeto activo? Fundamente.
Telefónica del Perú no es un sujeto activo, porque no es una institución del estado. Telefónica del Perú es una empresa privada, por tal motivo no puede cobrar ningún impuesto, sin embargo, puede trasladar este impuesto IRC (impuesto responsabilidad del consumidor) por parte del estado y añadir este monto a la factura del consumidor, así como el IGV que llevan todos los productos que están en venta.
3. Rogelio es gerente general de la empresa TATTO SAC, es quien tiene plenos poderes, el dia de hoy le ha llegado una notificación, en donde menciona que en su calidad de representante de la empresa debe pagar el IGV declarado en el año 2014. ¿Tiene Rogelio alguna obligación tributaria? Fundamente.
En este caso Rogelio si tiene la obligación de pagar el tributo ya que es el quien representa la empresa, y está en la facultad para realizar los debidos pagos.
4. Miguelito joven empresario, le pregunta a usted: ¿si el día de mañana 30 de diciembre derogan la norma sobre IGV (impuesto general a las ventas), podría en los años posteriores retenerlo y no entregarlo al sujeto activo?
En el supuesto caso que se derogue el I.G.V. el 30 de diciembre, entonces Miguelito
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