UNA PENSION DE JUBILACIÓN DIGNA Y LA OFICINA DE NORMALIZACION PREVICIONAL
Enviado por israelcgo • 12 de Mayo de 2017 • Tesina • 12.070 Palabras (49 Páginas) • 246 Visitas
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FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES Y EDUCACION
ESCUELA PROFESIONAL DE CIENCIAS CONTABLES Y FINANCIERAS
“UNA PENSIÓN DE JUBILACIÓN DIGNA A CARGO DE LA OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL”
“BACH. VICTOR HUGO OCMIN SALDAÑA”
TRABAJO DE SUFICIENCIA PROFESIONAL
PARA OPTAR AL TITULO PROFESIONAL DE CONTADOR PUBLICO
Lima – Perú
2016
DEDICATORIA
De igual forma, a mis Padres, a quienes les debo toda mi vida, les agradezco el cariño y su comprensión, a ustedes quienes han sabido formarme con buenos sentimientos, hábitos y valores, lo cual me ha ayudado a salir adelante buscando siempre el mejor camino.
DEDICATORIA:
Dedico el presente trabajo a mi casa de estudios, por haberme permitido formarme en una profesional competente a las exigencias de la sociedad.
(iii)
INTRODUCCIÓN
El derecho a la seguridad social es un derecho fundamental, que si bien no esta reconocido expresamente en la Constitución Politica del Perú, de una interpretacion conjunta y valorativa se puede advertir en los articulo 9, 10, 11 y 12 de la Carta Magna, lo que, deben entender los responsables de administrar los fondos de la ONP, es que el Derecho a la Seguridad Social es un Derecho inherente a la persona, por tanto su goce y disfrute no debe estar condicionada a formalidades o requisitos para su otorgamiento, ya que se estaria atentanto contra la la naturaleza fundamental del derecho a la seguridad social.
Asimismo en el transcurso de la investigacion advertiremos que la ONP es un organismo estatal, que lesiona y menoscaba diariamente el derecho a la pension de los adultos mayores, que es una extension del derecho a la seguridad social, asimismo se advirtira las malas politicas gubernamentales optadas por la ONP, como tambien sus gastos financieros inecesarios simplemente para entorpecer la obtencion justa y oportuna de la pension de jubilacion.
(iv)
RESUMEN
En el presente trabajo titulado “Una pension de jubilación digna y la oficina de normalizacion previcional” (ONP), busca resaltar la necesidad que el derecho a la pension de jubilacion sea jusa y oportuna
Siendo así, el objetivo principal es resaltar la protección que el Estado debe garantizar al derecho a la seguridad y su materialización con el derecho a la pensión de jubilación, resulta ilógico como señala el Mg. Gómez, I. “que el propio Estado, termine obligando al propio Estado a reconocer judicialmente una pensión de jubilación, cuando este es un derecho inherente al ciudadano”, en términos sencillos que el Tribunal Constitucional obligue a la ONPE.
INDICIE DE CONTENIDO
- DESCRIPCION DEL PROBLEMA …………………………………………..8
2. ANTECEDENTES HISTÓRICOS ……………………………………...…..23
2.1.2 Primer precedente jurisprudencial ……………………………………25
2.1.3 Segundo precedente jurisprudencial ………………………………..26
2.1.3 Tercer precedente jurisprudencial …………………………………….27
2.1.4 Cuarto precedente jurisprudencial ………………………………...….27
2.1.5 Quinto precedente jurisprudencial ……………………………………28
2.2 Aspectos conceptuales o doctrinarios …………………………………32
2.2.1 Derecho procesal administrativo ……………………………………...34
2.2.2 Los principios procesales y principios generales del derecho …….34
2.2.3 Los principios procesales vulnerados por la ONP …………………..37
a) Principio de celeridad ……………………………………………….37
b) Principio de juridicidad ………………………………………………39
- Principio de debido proceso ………………………………………..46
2.2.4 Derechos fundamentales …………….………………………………..46
a) Derecho a la seguridad social …….………………….…………….46
2.3 Teoría que sustentan los derecho fundamentales….………...……….53
2.3.1 Teoría de los derechos adquiridos ...…………………………………53
2.3.2 Teoría de los hechos cumplidos ………………………………………56
3. CONCLUSIONES …….……………………………………………………..62
4. FUENTES DE INFORMACION …………………………………………….63
INDICIE DE TABLAS
- Cuadro de las etapas de jubilación ante la ONP ………………………60
UNA PENSION DE JUBILACIÓN DIGNA Y LA OFICINA DE NORMALIZACION PREVICIONAL
CAPITULO I
GENERALIDADES
- DESCRIPCION DEL PROBLEMA
El Sistema Nacional de Pensiones del Perú, se creó en 1973, durante el gobierno del Gral. Juan Velasco Alvarado, mediante el Decreto ley. Nº 19990, consolidando en uno solo los regímenes de pensiones que existían anteriormente, la Caja Nacional del Seguro Social, Leyes Nº 8433 y 13640, el Seguro Social del empleado Ley Nº 13724 y el Fondo Especial de Jubilación de Empleados particulares, Ley Nº 17262, a los cuales deroga, la administración del sistema Nacional de Pensiones fue encargada al Seguro Social del Perú, labor que asumió luego el Instituto Peruano de Seguridad Social con su creación en el año 1980. El 27 de febrero de 1974 se publica la ley Nª 20530 del régimen de pensiones y compensaciones por servicios civiles prestados al estado por los trabajadores del sector público, no comprendidos en la ley Nº 19990. En 1992 se creó en el Perú el Sistema Privado de Pensiones (S.P.P), el cual se basa en la capitalización individual de los fondos de los aportantes. El 17 de diciembre de 1992 se publica la ley Nª 25967 el cual reglamenta el artículo 38º de la Ley Nº 19990. El 18 de Julio de 1995 se publica la Ley Nº 26504 el cual reglamenta el artículo 38º de la Ley Nº 19990 referente al requisito de la edad para poder obtener la pensión de jubilación. El 30 de enero de 1999 se publica en el Diario Oficial El Peruano la Ley Nº 27056 creando el nuevo seguro social de salud – ESSALUD, el cual establece un nuevo marco legal de autonomía técnica, administrativa, económica, financiera, presupuestal y contable, otorgando cobertura a los asegurados y sus derechos habientes otorgando las prestaciones de la seguridad social en salud, así como los seguros de riesgos de trabajo.
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