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UNIDAD SEIS. CONTRATACIÓN E INDUCCIÓN


Enviado por   •  7 de Abril de 2015  •  3.433 Palabras (14 Páginas)  •  211 Visitas

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6.1. El proceso de contratación

Es el conjunto de actividades que se realizan dentro de la administración de personal con el objetivo de guiar, orientar e integrar al elemento nuevo al ambiente de trabajo.

Contratación Individual

El artículo 20 de la Ley Federal del Trabajo define la relación de trabajo como: “La prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario”; define también al Contrato Individual de Trabajo: “Aquel, por virtud del cual, una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario”.

Una vez que se ha decidido la aceptación de un candidato y el puesto al que deberá dedicársele, existe la necesidad de complementar sus datos, para integrar su expediente de trabajo. Entre estos se encuentran: Fotografías, llenado de formas, filiación dactilografía, esta es la única manera de identificación que nunca puede cambiar. Prescindiendo de la discusión jurídica de sipuede celebrarse un contrato a prueba, o solo se trata de un periodo de prueba dentro del contrato normalde trabajo, así como si este periodo puede extenderse más de un mes.

Por Tiempo Indeterminado

Es contrato por tiempo indefinido aquel en que las partes no han previsto o fijado, en el momento de su conclusión, ninguna circunstancia (plazo o término, condición resolutoria), cuyo acaecimiento conduzca a la extinción del vínculo o, si prefiere, aquel que carece de cualquier estipulación inicial sobre su finalización.

El artículo 73 de la Ley Federal del Trabajo, afirma que un contrato se considerará indeterminado cuando ninguna de las partes exprese abiertamente una relación de servicios basada en una obra determinada en un tiempo preestablecido.

Un contrato indeterminado puede definirse como: “Son aquellos que no fijan fecha para el inicio o fin de la relación laboral. Sin embargo, una vez que se renueva por tres veces consecutivas el trabajador pasa a ser fijo y empieza a ser amparado por la inamovilidad laboral y prestaciones sociales”.

El período de prueba solo se aplica a este tipo de contratos, y se rige por las siguientes reglas:

• Un empleador no puede contratar a un mismo trabajador, más de una vez, utilizando el período de prueba. De hacerlo se considera que el empleador renunció de pleno derecho al periodo de prueba.

• El uso abusivo del mismo, con el fin de evitar la efectivización de trabajadores será pasible de las sanciones previstas en los regímenes sobre infracciones a las leyes de trabajo (ley 25212).

• El empleador debe registrar al trabajador que comienza su relación laboral por el periodo de prueba. En caso contrario se entenderá que a renunciado de pleno derecho a tal periodo.

• Las partes tienen los derechos y obligaciones propias de la relación laboral, (con las excepciones previstas en la ley)

• Las partes están obligadas al pago de los aportes y contribuciones a la Seguridad Social.

• El trabajador tiene derecho durante este periodo, a las prestaciones por accidente, enfermedad de trabajo e inculpable.

• El período se computará de servicio a todos los efectos laborales y de la Seguridad Social.

• Durante el lapso del periodo de prueba cualquiera de las partes puede extinguir la relación sin expresión de causa, sin derecho a indemnización, pero con obligación de preavisar con un plazo de 15 días que corren desde el día de la notificación.

Por Tiempo Determinado

El trabajador se obliga a prestar sus servicios durante un determinado número de horas al día o a la semana, o de días a la semana, o al mes, inferiores a la jornada de trabajo habitual de la empresa, pudiendo ser por tiempo indefinido o de duración determinada. La cotización a la seguridad social es proporcional a los días y horas trabajadas.

El contrato determinado es aquel en el cual se culmina la relación de servicios en una fecha previamente acordada entre las partes. Conforme a lo señalado en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, esta modalidad es: “El contrato celebrado por tiempo determinado que concluirá por la expiración del término convenido y no perderá su condición específica cuando fuese objeto de una prórroga”.

Contrato por tiempo determinado. Se origina cuando la naturaleza del trabajo así lo exige o se realiza la sustitución temporal de un trabajador. Por ejemplo: si se contrata una recepcionista para suplir temporalmente a la anterior que se encuentra por incapacidad por maternidad. Si el plazo termina, pero sigue la causa que le dio origen a la relación laboral, el contrato puede prolongarse hasta que se concluya el trabajo a desarrollar. Continuando con el ejemplo antes citado, si existiera alguna complicación en el parto que hiciera prolongar la incapacidad, la secretaria contratada por tiempo determinado continuaría laborando hasta que la madre trabajadora se reincorporara en el puesto que tiene en la empresa.

Por Honorarios

Es el contrato mediante el cual una persona,normalmente un profesional en algún área, seobliga con respecto a otra a realizar una seriede servicios a cambio de un precio. Esimportante señalar que el pago del contrato esdirigido al cumplimiento de metas, horas, objetivos, proyectos. El contrato de prestación de servicios profesionales es: el contrato en virtud del cualuna parte, llamada profesionista, se obliga aefectuar un trabajo que requiere para surealización, preparación técnica, artística y enocasiones título profesional, a favor de otrapersona llamada cliente, a cambio de unaremuneración llamada honorarios.

Principales consecuencias:

a. El prestador de servicios es un trabajador independiente, por lo que no ingresa a la dotación de la empresa que lo contrata;

b. El honorario convenido queda gravado con el 10% de Impuesto a la Renta que retiene o debe retener quien encarga el servicio;

c. Al no ser parte de la dotación de la empresa el prestador de servicios no puede sindicalizarse y negociar colectivamente;

d. No está protegido por el Ingreso Mínimo Mensual;

e. No genera derecho a pago de sobretiempo, gratificaciones, feriado, indemnización por años de servicios, protección a la maternidad y beneficios a los padres y madres trabajadores y otros beneficios que la ley establece a favor de los trabajadores dependientes;

f. La seguridad social es voluntaria y las cotizaciones debe pagarlas directamente el prestador de servicios, atendida su condición de trabajador por cuenta propia;

g. No está protegido por el Seguro Social contra Riesgos del Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Ley N° 16.744.

Estas consecuencias

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