Un trabajo digno y socialmente útil
Enviado por nancymejia1991 • 28 de Enero de 2013 • Informe • 757 Palabras (4 Páginas) • 478 Visitas
ART. 123
Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social para el trabajo, conforme a la ley.
APARTADO A.-
ENTRE LOS OBREROS, JORNALEROS, EMPLEADOS DOMESTICOS,ARTESANOS Y DE UNA MANERA GENERAL, TODO CONTRATO DE TRABAJO
APARTADO B.-
ENTRE LOS PODERES DE LA UNION,EL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Y SUS TRABAJADORES
I.- LA DURACION DE LA JORNADAMAXIMA SERA DE OCHO HORAS
I.- LA JORNADA DIARIA MAXIMA DE TRABAJODIURNA Y NOCTURNA SERA DE OCHO Y SIETE HORAS, RESPECTIVAMENTE.
II.- LA JORNADA MÁXIMA DE TRABAJONOCTURNO SERÁ DE 7 HORAS.QUEDAN PROHIBIDAS: LAS LABORESINSALUBRES O PELIGROSAS, ELTRABAJO NOCTURNO INDUSTRIAL Y TODO OTRO TRABAJO DESPUÉS DE LASDIEZ DE LA NOCHE, DE LOS MENORESDE DIECISÉIS AÑOS
II.- POR CADA SEIS DÍAS DE TRABAJO,DISFRUTARA EL TRABAJADOR DE UN DÍA DEDESCANSO, CUANDO MENOS, CON GOCE DESALARIO INTEGRO
A trabajo igual corresponderá salario igual.
A trabajo igual corresponderá salario igual.
La designación del personal se hará mediante sistemas que permitan apreciar los conocimientos y aptitudes de los aspirantes. el estado organizara escuelas de administración publica
Los trabajadores gozaran de derechos de escalafón a fin de que los ascensos se otorguen en función de los conocimientos, aptitudes y antigüedad
El salario mínimo quedara exceptuado de embargo, compensación o descuento
Los trabajadores solo podrán ser suspendidos o cesados por causa justificada, en los términos que fije la ley
Los trabajadores tendrán derecho a una participación en las utilidades de las empresas
Los trabajadores tendrán el derecho de asociarse para la defensa de sus intereses comunes.
El salario deberá pagarse precisamente en moneda de curso legal, no siendo permitido hacerlo efectivo con mercancías, ni con vales, fichas o cualquier otro signo representativo con que se pretenda substituir la moneda
Los conflictos individuales, colectivos o antisindicales serán sometidos a un tribunal federal de conciliación y arbitraje, integrado según lo prevenido en la ley reglamentaria.
Cuando, por circunstancias extraordinarias deban aumentarse las horas de jornada, se abonara como salario por el tiempo excedente un 100% mas de lo fijado para las horas normales
Los militares, marinos, personal del servicio exterior, agentes del ministerio publico, peritos y los miembros de las instituciones policiales, se regirán por sus propias leyes
Toda empresa agrícola, industrial, minera o de cualquier otra clase de trabajo, estará
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