Valor de los recursos públicos
Enviado por krisellstef • 18 de Junio de 2021 • Ensayo • 578 Palabras (3 Páginas) • 115 Visitas
COMENTARIO:
Dado que el procedimiento de selección tiene la condición de procedimiento administrativo, el procedimiento administrativo es el medio por el cual el departamento administrativo ejecuta sus acciones y logra su propósito, por lo que le corresponde a ella resolver cualquier consulta, observación o impugnación que se le pueda plantear. Por el gestionado, participantes o postores. Los participantes o licitadores son titulares de intereses legítimos, porque diferentes acciones que se pueden realizar en diferentes etapas del procedimiento pueden beneficiarlo, porque puede ser positivo o negativo al hacer desaparecer el daño.
CRITERIO:
- Hay que tener en cuenta que la convocatoria no suele ser una oferta válida, sino un acto administrativo diseñado para inducir múltiples ofertas privadas (no una oferta de contrato, sino una invitación a ofrecer ofertas). La empresa no implica aceptación definitiva, pues el contrato no fue generado por esta demanda privada, sino por la aprobación de la autoridad administrativa competente.
- El método de formación de la voluntad administrativa del contrato (precontrato) no debe confundirse con el contrato, que es el resultado de la reunión anterior con la voluntad del contratista, de esta forma, una vez firmado el contrato, tras obtener el consentimiento de buena pro, se da por terminado el método de selección y se obtiene su propia particularidad. La culminación de los procedimientos de selección se da cuando se perfecciona el contrato, se cancela el procedimiento, se deja sin efecto el otorgamiento de la buena pro por causa imputable a la entidad y cuando no se suscriba el contrato por las causales establecidas en el artículo 114 del RLCE.
- Mientras no se firme el contrato correspondiente, la entidad tiene derecho a cancelar el proceso de selección en todo o parte del estado. Esto es diferente del Manifiesto del Desierto, en el que el comité de selección es el actor principal.
- Se tiene que asegurar que los procesos de Selección de Contrataciones son el conjunto de actividades que tienen como objeto adquirir y contratar bienes y servicios y obras de la mejor calidad cualquiera sea el modo de la fuente de financiamiento y/o procedimiento a emplear para que se desarrollen y ejecuten caracterizados por los principios de promoción, moralidad, libre competencia, razonabilidad, eficiencia, publicidad, transparencia, economía, vigencia tecnológica, trato justo e igualitario, equidad y sostenibilidad ambiental; así como fomentar la más objetiva e imparcial pluralidad y participación de postores potenciales.
- La normativa derogada establecía como procesos de selección la Licitación Pública, Concurso Público, Adjudicación Directa y Adjudicación de Menor Cuantía, además de los procesos especiales. La diferencia entre ellos estribaba en el monto del valor referencial y la naturaleza de las prestaciones. La norma actual reorganiza este diseño, estableciendo además de la Licitación Pública y el Concurso Público, la Adjudicación Simplificada, la Subasta Inversa Electrónica, la Selección de Consultores Individuales, la Comparación de Precios, así como la Contratación Directa.
CONCLUSIÓN:
Ley que tiene por finalidad establecer normas orientadas a maximizar el valor de los recursos públicos que se invierten y a promover la actuación bajo el enfoque de gestión por resultados en las contrataciones de bienes, servicios y obras.
El procedimiento de selección es un procedimiento administrativo especial que consiste en una serie de acciones administrativas, que tiene por objeto seleccionar una persona natural o jurídica, servicio o ejecución de obra con la que la entidad estatal celebrará un contrato de adquisición de bienes, servicios o realización de una obra. El mecanismo de los contratos estatales es triangular: invitación o convocatoria, proposición u oferta y aceptación o aprobación.
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