Victimologia De Los Derechos Humanos
yoomy3 de Junio de 2015
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ESQUEMA DE TRABAJO
1. Concepto
1.1 ¿Qué es la victimología?
1.2 ¿Por qué surge la victimología?
1.3 La víctima de un hecho criminógeno.
1.4 Víctimología como alternativa.
1.5 Nociones de victimología.
1.6 Nociones de víctimas.
2. Derechos Humanos: Operatividad y Alcance del Término.
3. Aspectos criminológicos.
4. La asistencia a la víctima del delito.
JUSTIFICACION
La protección de los derechos humanos de la víctima de un delito, debe visualizarse como un derecho importante en un Estado respetuoso de los mismos, correspondiente a cada ser humano, por lo que el objetivo del tema a estudiar, estriba en crear conciencia hacia una cultura de protección y ayuda a las víctimas de un hecho criminógeno, amparado a un Estado de Derecho.
Como corolario de lo anterior, la victimología se visualiza como un fenómeno social que se venía estudiando en forma aislada, pero con el pasar del tiempo, se ve la necesidad de comprenderla y estudiarla en forma conjunta todas las ciencias sociales, persiguiendo, mancomunadamente un mismo fin para la impartición de justicia, ante un hecho delictivo determinado, dando resultados que de ella se derivan en forma real y sus posibles soluciones al problema.
Es importante destacar, que desde el inicio de la historia humana, la victimología ha estado presente, pues con ella aparece el crimen. Así tenemos que “Caín derrama por vez primera sangre de una víctima, su hermano; desde entonces el crimen no ha cesado”4.
Sin duda, el primer punto que se debe abordar es lo relacionado a ¿qué es víctima?, considerándose como víctima a las personas que en forma individual o colectiva, ha sufrido un daño a sus derechos fundamentales, en razón de acciones u omisiones, que infringen las leyes de un Estado, poniendo en riesgo la integridad física de la persona, aunado a las repercusiones y secuelas que de ella se generen, entre las que podemos citar los trastornos de personalidad, problemas familiares, sociales y profesionales.
Podemos decir entonces, que la victimología estudia a las personas en general que han sufrido por cualquier circunstancia, un daño físico, así como también a sus bienes y por ende a sus derechos, resultado de una conducta desplegada que constituye una violación a la ley por parte del victimario. No obstante, esta visión pareciera no tener la importancia necesaria a nivel jurídico, puesto que la atención se centra en el delito y el delincuente.
Con ella se pretende entonces, contribuir con sus aportaciones científicas, al enriquecimiento de la sociedad, a la vez, servir como soporte al derecho y a la criminología en la impartición de justicia.
IDEA Y DELIMITACIÓN DEL ÁREA.
En el largo camino histórico, recorrido por la humanidad, desde las primeras formas sociales organizativas hasta las conformaciones sociales más modernas, el papel que dentro del drama del proceso penal ha jugado la víctima, ha tenido diversas caracterizaciones.
Razones dependientes de la estructura social, han determinado que en el proceso penal, la posición de la víctima, pasó de un protagonismo absoluto a una expulsión total y, finalmente resurge de manera paulatina, en el moderno proceso penal a pesar de su cuestionamiento.
Esto nos permite reflexionar, acerca de si efectivamente es tan largo el camino recorrido, hacia el efectivo reconocimiento del derecho de las víctimas en el proceso penal, o si por el contrario, estamos al principio del sendero.
Sin embargo, es importante establecer que aunque se diera esta segunda posibilidad, en todo caso, se debe partir de que lo importante no es tanto conocer la realidad, sino el comprometerse en transformarla, para garantizar los derechos fundamentales de las personas que son víctimas, independientemente del hecho criminógeno, ya que la víctima puede tener una participación determinante sobre el inicio, desarrollo y conclusión de proceso penal.
Al tenor de lo anterior, es válido anotar lo señalado por el autor Alessandro Baratta, cuando señala “... se ha evidenciado los graves inconvenientes que el sistema penal presenta con respecto a la posición de la víctima en el proceso y a sus intereses efectivos”1.
Esto es evidente, ya que se ha restado mayor atención al estudio del victimario, lo cual no puede ser propio de un Estado de derecho, por lo que se hace necesario los aportes y reflexiones de la victimología, con el objetivo de lograr un equilibrio entre las garantías del victimario y el derecho de la víctima.
En los orígenes del proceso penal, la reacción ante el delito, involucraba necesariamente la existencia de un conflicto entre víctima y victimario, no existiendo ningún sujeto tercero e imparcial que mediara en el conflicto, de tal manera, que no era de extrañar, que la primera forma por la cual se encausa históricamente este conflicto, era la venganza privada. Esta asumía mayores niveles de crueldad y desproporcionalidad en relación al daño sufrido, pero muchas veces esa venganza involucraba no necesariamente al responsable directo del daño, sino que también podía comprometer a otros, como parientes, miembros de grupo o clan.
En este sentido, el autor Rodrigo Ramírez, indica que “... en la época más primitiva la venganza privada, que comprendía no solo daños físicos a las personas, sino también exigencias de bienes materiales, era la principal manifestación de la lucha por la supervivencia”2.
Sin embargo, la evolución de la sociedad generó que los efectos de la primitiva venganza privada, fueran atemperados por instituciones como la Ley del Talión o la compensación de los daños.
En tal sentido, si bien es claro que la venganza privada no podemos conceptualizarla como un institución social, sí debemos tener presente que fue la primera reacción social ante el delito, en la cual la víctima se tomaba la justicia por sus propias manos, convirtiéndose en muchas casos, en una verdadera eliminación de grupos, clanes o familias.
Por ello, desde esta perspectiva, no resulta incorrecto considerar que la ley taliónica que imponía límites a esa arbitraria venganza privada, implicaba un mayor raciocinio de la respuesta ante el delito, imponiéndole límites a los excesos en que suele incurrir la víctima, cuando se trata de cobrar la sangre derramada.
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
En los últimos años, las estadísticas delictivas demuestran que los delitos aumentan considerablemente, tomando como parámetro, una serie de factores que inciden en la comisión de los delitos.
Estos factores tienen correlato con la inseguridad que afecta a la población en general, lo que cada día genera más víctimas, y aun cuando se reconozca que el problema de la seguridad involucra a toda la sociedad, no se puede soslayar que es el Estado a través de sus órganos represivos y legales, el único responsable del diseño de una política criminal que contrarreste el fenómeno delictivo. Las políticas de seguridad, deben basarse en programas de prevención de las conductas antisociales, más que en soluciones de tipo represivo, abordando todas aquellas políticas sociales que contemplen la participación directa de toda la sociedad.
Para ello, es importante abordar aspecto a nivel de la criminología, como lo señala el autor Luis Rodríguez Manzanera, quien afirma que “su objeto de estudio son las conductas antisociales”. Sin dejar de lado los aspectos victimológicos y de esta manera, situar a la víctima del delito en el lugar que le corresponde dentro del proceso legal, conforme a los requisitos mínimos del respeto de los derechos fundamentales que como ser humano tiene; toda vez, que a nivel criminológico y legal, se le ha prestado atención prioritaria al delito y al autor del mismo, pasando la víctima a un segundo plano, o simplemente a que se le vea como testigo de un acto que lo involucra directamente, aunado a la poca autoayuda que se le brinda por parte de entidades, sean éstas públicas o privadas, que le permita en forma paulatina, superar las secuelas que en ella pueden quedar como consecuencia del delito cometido
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