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Enviado por carlosfp800 • 28 de Mayo de 2015 • 666 Palabras (3 Páginas) • 228 Visitas
1) Concepto de Fondo De Comercio.
El fondo de comercio puede definirse como una entidad jurídica compuesta de elementos orgánicos que el comerciante agrupa con vistas a constituir una clientela necesaria para la explotación comercial. Esos elementos a la vez de orden material (mercaderías, mobiliarios y herramientas) y de orden incorporal (nombre comercial, enseña, derecho al alquiler, patentes, marcas de fábrica, diseños y modelos). Esos elementos, unidos por una aplicación común a la formación de una clientela, considerada como un elemento, proporcionan una base al fondo de comercio, que se convierte en una entidad jurídica, diferenciada de los elementos que la componen.
2) Elementos del Fondo de Comercio.
a) La clientela y el punto comercial.
b) El nombre comercial y los demás signos distintivos del comercio.
c) Los derechos resultantes de los contratos de arrendamiento, trabajo y de seguros.
d) El mobiliario y los equipos.
e) Las mercancías.
f) Las patentes de inversión, las licencias, los permisos, las marcas de fábricas y las concesiones.
g) Los diseños y modelos industriales, literarios o artísticos.
h) Todos los otros bienes muebles necesarios para la explotación del negocio.
3) Naturaleza jurídica del Fondo de Comercio.
La noción de fondo de comercio sigue siendo una noción empírica, aun cuando es evidente que los distintos elementos capaces de retener una clientela deben estar unidos para tener un valor venal superior al que tendría cada uno de ellos si fuese objeto de transacciones separadas. No se trata en manera alguna de una unión “de derecho” de los diversos elementos que componen el fondo de comercio.
Hay que explicar cómo un conjunto de elementos diversos, incorporales y corporales, pueden constituir una entidad. La demostración de que los elementos se hallan unidos por un destino común no basta, o parece no bastar, para captar la naturaleza jurídica de ese conjunto que es el fondo de comercio.
En la búsqueda de un catalizador, es decir, de la explicación causal, las opiniones se han dividido, tanto en jurisprudencia cuanto en doctrina. Es importante conocerlas para definir la naturaleza jurídica del fondo de comercio en sus aplicaciones prácticas.
Los autores se dividen en dos grupos. Unas veces toman en consideración la reunión de los elementos que componen el fondo, considerado como una universalidad y otras, tienen en cuenta la naturaleza de los elementos que lo integran, para definirlo como un derecho de propiedad incorporal de naturaleza mobiliaria.
Teoría de la Universalidad. Ciertos autores consideran el fondo de comercio como una verdadera entidad que califican de universalidad jurídica; constituye un
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