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Autoestima


Enviado por   •  15 de Noviembre de 2013  •  468 Palabras (2 Páginas)  •  472 Visitas

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Introducción

El principio de los derechos públicos en el derecho romano eran las cosas del que estaban fuera del comercio es decir las cosas publicas comunes a los hombres, como la res universalitis, y las que no son atribuida a nadie, como: las UT res religiosae, sacrae, sanctae.

Una de la características mas notable en estas son inajenabilidad y la imprescriptibilidad.

También Derecho Constitucional Según Gabriel Amunategui es aquella rama del derecho nacional público cuyas normas tiene por objeto preferente organizar el estado determinando las atribuciones del gobierno y garantizar el ejercicio de los derechos individuales.

El los temas a desglosar a continuación tratan de los diferentes derechos de domicilio público que lo constituyen, a si como el principio de este y como estos hacen su función en el marco constitucional.

Reporte

Los Principios del Dominio Público:

El dominio publico no es un concepto moderno en el derecho romano eran las cosas del dominio publico que están fuera del comercio, es decir las cosas publicas comunes a los hombres, como la res universalitis, y las que no son atribuida a nadie, como: las UT res religiosae, sacrae, sanctae. Las no eran privadas y no podían pertenecer ni al público.

Doctrina y normativa dominicana relativa al dominio constitucional del 2010 entre otras.

En el siglo XIX la Teoría del domino publico comienza a tomar cuerpo en el sentido jurídico pues como bien sabido la mayoría de los países importantes había hecho su revolución democrático-burguesa. y es bien sabido también que en toda la edad media la propiedad publica tendió a confundirse con la propiedad de los señores feudales, todo lo cual significa que no fue un periodo propicio para el desarrollo del dominio publico.

Algunos autores de esa época como pelloux, no aparecía en la diferencia entre el dominio publico y el dominio del estado.

Entre las cosas que pertenecían al dominio del estado sitado las fuentes y las fortalezas, los ríos y las afluentes las carreteras, los hospitales militares, las lagunas, las islas, los islotes etc.

Entendía Bonnie que esos bienes no eran susceptibles de propiedad privada, y por tanto, era inalienables.

El criterio expresado por Bonnie fue prácticamente vaciado en el código civil, ya que el dominio publico es entendido en dicho código como inalienables e imprescriptibles como todas las cosas que están fuera del comercio.

Disposiciones del código civil y las constitución sobre el dominio publico

El código civil en sus art. 538 al 541, contiene una serie de disposiciones relativas al dominio publico. al tenor del art. 538 se considera como dependencia del dominio publico, los caminos, las vías

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