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Constitucion


Enviado por   •  25 de Octubre de 2014  •  622 Palabras (3 Páginas)  •  120 Visitas

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nto de mandatarios estadales.

Capítulo III

Del Poder Judicial y el Sistema de Justicia

Sección Primera: De las Disposiciones Generales

Artículo 253. La potestad de administrar justicia emana de los ciudadanos o ciudadanas y se

imparte en nombre de la República por autoridad de la ley.

Corresponde a los órganos del Poder Judicial conocer de las causas y asuntos de su competencia

mediante los procedimientos que determinen las leyes, y ejecutar o hacer ejecutar sus

sentencias.

El sistema de justicia está constituido por el Tribunal Supremo de Justicia, los demás tribunales

que determine la ley, el Ministerio Público, la Defensoría Pública, los órganos de investigación

penal, los o las auxiliares y funcionarios o funcionarias de justicia, el sistema penitenciario, los

medios alternativos de justicia, los ciudadanos que participan en la administración de justicia

conforme a la ley y los abogados autorizados para el ejercicio.

Artículo 254. Se establece la autonomía funcional, financiera y administrativa del Poder Judicial.

A tal efecto, dentro del presupuesto general del Estado se le asignará al sistema de justicia una

partida anual variable, no menor del dos por ciento del presupuesto ordinario nacional, para su

efectivo funcionamiento, el cual no podrá ser reducido o modificado sin autorización previa de la

Asamblea Nacional. El Poder Judicial no está facultado para establecer tasa, aranceles, ni exigir

pago alguno por sus servicios.

Artículo 255. El ingreso a la carrera judicial y el ascenso de los jueces o juezas se hará por

concursos de oposición públicos que aseguren la idoneidad y excelencia de los o las participantes

y serán seleccionados por los jurados de los circuitos judiciales, en la forma y condiciones que

establezca la ley. El nombramiento y juramento de los jueces o juezas corresponde al Tribunal

Supremo de Justicia. La ley garantizará la participación ciudadana en el procedimiento de

selección y designación de los jueces. Los jueces o juezas sólo podrán ser removidos o

suspendidos de sus cargos mediante los procedimientos expresamente previstos en la ley.

La ley propenderá a la profesionalización de los jueces o juezas y las universidades colaborarán

en este propósito, organizando en los estudios universitarios de Derecho la especialización

judicial correspondiente.

Los jueces o juezas son personalmente responsables, en los términos que determine la ley, por

error, retardo u omisiones injustificadas, por la inobservancia sustancial de las normas

procesales, por denegación, parcialidad, y por los delitos de cohecho y prevaricación en que

incurran en el desempeño de sus funciones.

Artículo 256.

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