El derecho del hijo a conocer su verdadera identidad
Enviado por punkrock123 • 24 de Septiembre de 2014 • 350 Palabras (2 Páginas) • 223 Visitas
El derecho del hijo a conocer su verdadera identidad está por encima del derecho de resguardar la intimidad del presunto padre, y en caso de contraproposición entre ambos derechos, el primero necesariamente debe prevalecer, ello por una ponderación de derechos fundamentales en conflicto, ante lo cual se establece que el derecho a la verdadera identidad está por encima del derecho a la intimidad, que únicamente recae en la esfera individual, mas el primero tiene un carácter de "orden público".
En tal sentido, la norma publicada que modificó los artículos 20° y 21° del Código Civil buscaba dar una solución al problema de muchos niños y adolescentes que carecen de apellidos e identidad, con lo cual sus posibilidades de acceso a la ciudadanía se ven considerablemente afectadas.
El primer párrafo del artículo 21° determina que: “El hijo llevará el apellido del padre o de la madre que lo inscribió así como el del presunto progenitor y no hay pronunciamiento acerca de el orden de los apellidos, su redacción podría conducir a entender que el primero de ellos es, necesariamente, el apellido del/la progenitor/a que inscribió el nacimiento del hijo, seguido del apellido del presunto progenitor”(*), en ese orden. Así, en el caso de ser la madre quien reconoce a dicho hijo, el orden de sus apellidos sería el de la mujer y luego el del varón.
En este sentido resulta forzoso remplazar el primer párrafo del artículo 21° y establecer el orden de los apellidos del niño en el caso de el padre o la madre que efectúe separadamente la inscripción del nacimiento del hijo concebido y nacido fuera del vínculo matrimonial.
En su tercer párrafo el mismo artículo 21° prescribe que cuando la madre no revele la identidad del padre, podrá inscribir a su hijo con sus apellidos
Es conveniente examinar que en el supuesto contemplado en esta norma, la revelación del nombre de la persona con quien hubieran tenido el hijo concebido y nacido fuera del vínculo matrimonial constituye tanto facultad del padre como de la madre.
En este sentido, el contenido de dicho tercer párrafo debe contemplar ambas hipótesis.
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