El siguiente trabajo tiene como objetivo principal mostrar la propuesta detalladamente con antecedentes, La solución que nosotros proponemos, en que nos basamos
Enviado por Alejandra Esperanza Arizmendi Sanchez • 21 de Mayo de 2017 • Informe • 5.092 Palabras (21 Páginas) • 281 Visitas
ÍNDICE
Introducción…………………………………………………..3
Logo del partido…………………………………….………..4
Misión……………………………………………………….…5
Visión………………………………………………………….5
Antecedentes de la discriminación…………………………6-7
Evolución de la discriminación……………………………..7-9
Concepto de discriminación………………………………..9
Definición de discriminación……………………………….9-10
Administración de justicia en indígenas………………….10-12
Casos………………………………………………………..13-16
Propuesta……………………………………………………17
Partido Urbano Mexicano de Acciones………………….18
Principios……………………………………………………19
De la afiliación y la adhesión……………………………..20
Organigrama del Partido Político………………………...21
Conclusión………………………………………………....22
PARTIDO URBANO MEXICANO
DE ACCIONES
INTRODUCCIÓN
El siguiente trabajo tiene como objetivo principal mostrar la propuesta detalladamente con antecedentes, La solución que nosotros proponemos, en que nos basamos, la conformación de partido, nuestros principios y la forma de afiliación.
PUMA como partido político tiene como objetivo principal el realizar acciones para mostrar el cumplimiento de sus propuestas a la problemática, bajo un eslogan Por que las acciones se ven no se dicen.
La propuesta que expondremos se enfoca a una problemática donde se violentan derechos humanos en las comunidades indígena, y se hace caso omiso a lo que dice nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
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MISION
El Partido Urbano Mexicano de Acciones (PUMA) es partido de izquierda y pretendemos Contribuir al desarrollo de una sociedad libre, justa, solidaria, democrática y pacífica, con desarrollo integral, equidad e igualdad de oportunidades para todos, sin exclusiones ni discriminaciones.
VISION
Somos una unión voluntaria de mujeres y hombres libres y conscientes, nos proponemos el ejercicio del poder público bajo los postulados de esta Declaración de Principios y a partir de la decisión del pueblo para construir un mejor futuro para nuestra Nación, reconstruyendo democráticamente las instituciones públicas para que sean verdaderos instrumentos del poder popular; aspira a generar un cambio social hacia un orden de plena democracia y mejores condiciones de vida material y cultural para sus habitantes. Reafirmamos que el pueblo tiene el derecho inalienable y soberano a establecer el gobierno que más le convenga, alterarlo, modificarlo o abolirlo totalmente cuando así lo requiera.
ANTECEDENTES DE LA DISCRIMINACIÓN
El racismo se practicaba desde la antigüedad y la esclavitud tuvo mucho que ver. Los griegos se consideraban como una raza superior a sus esclavos y sobre todo estaba vigente la superioridad ante los extranjeros pero no por su aspecto "racial”. Los grandes filósofos griegos reconocían en los egipcios (a los que describían como negros) a representantes dignos de la civilización. En la Edad Media las personas negras estaban asociadas a la riqueza del mundo islámico y numerosos santos fueron negros, mientras que, hasta la Edad Moderna, los cristianos persiguieron a los judíos por su religión, y no por atribuirles una condición étnica o "racial". Si bien era habitual que las culturas antiguas manifestaran rechazo y desprecio hacia otros pueblos y hacia los extranjeros, el racismo como tal, es un concepto moderno que tiene sus primeras manifestaciones en Europa y las colonias españolas en América, durante la Edad Moderna.
Unas de las primeras formas que actuaba el racismo, según las fuentes históricas, apareció en el siglo XV en España. La ideología fue llamada “Limpieza de Sangre“. Se ordenó la persecución, expulsión y muerte de cualquier judío de España. Muchos de estos se convirtieron al Cristianismo Católico para obtener los privilegios que los demás católicos de España. Entonces surgieron los “Estatutos de Limpieza de Sangre”. Estos establecían la investigación genealógica de las personas con fin de determinar si tenían “sangre” judía, mora o hereje. A estos de les prohibían ingresar a cualquier institución en toda España. Esto significo el primer uso de formas de discriminación como estrategia de marginación.
MEXICO
En las colonias españolas de América en un comienzo se llegó a negar la humanidad de los indígenas, lo que se hizo visible en las prácticas extremas que incluían toda clase de abusos hacia la población nativa, se gestan en América importantes fenómenos sociales denominado castas (escalas valorativas particulares, fundadas en caracteres atribuidos a razas, culturas, etnias y nacionalidades), la relación autoritaria y desigual entre el hombre blanco y la mujer india. Como resultado de la conquista e instalación del régimen colonial, la población indígena descendió brutalmente.
La conquista española en Chipas fue establecida por Diego Mazariegos en 1528, con la reorganización de encomiendas existentes y jurisdicciones coloniales, y el cambio de nombre de San Cristóbal como Villa Real. Las demandas españolas excesivas para el tributo y el trabajo causaron una rebelión de los habitantes indígenas, que intentaron hacer padecer hambre a los españoles. Los conquistadores lanzaron incursiones de castigo, pero los nativos abandonaron sus ciudades y huyeron a regiones inaccesibles.
EVOLUCIÓN DE LA DISCRIMINACIÓN
A pesar de ello, los esfuerzos tendientes a erradicarla y a lograr por tanto el goce efectivo de los derechos para todos los seres humanos ha sido más bien recientes, como veremos a continuación. En 1789 Declaración Francesa de los Derechos del hombre y el ciudadano, “universalizo”. No sería sino hasta la segunda guerra mundial, que la lucha por la igualdad de todos los seres humanos seria emprendida con seriedad
En México los antecedentes directos de la CNDH, el 13 de febrero de 1989, dentro de la Secretaría de Gobernación, se creó la Dirección General de Derechos Humanos. Un año más tarde, el 6 de junio de 1990 nació por decreto presidencial una institución denominada Comisión Nacional de Derechos Humanos, constituyéndose como un Organismo desconcentrado de dicha Secretaría. Posteriormente, mediante una reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de enero de 1992, se adicionó el apartado B del artículo 102, elevando a la CNDH a rango constitucional y bajo la naturaleza jurídica de un Organismo descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, dándose de esta forma el surgimiento del llamado Sistema Nacional No Jurisdiccional de Protección de los Derechos Humanos.
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