ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Interdicion


Enviado por   •  3 de Diciembre de 2012  •  743 Palabras (3 Páginas)  •  594 Visitas

Página 1 de 3

EL JUICIO DE INTERDICCIÓN

DECLARACIÓN O JUICIO DE INTERDICCIÓN SE REALIZA ANTE EL JUZGADO CIVIL PARA QUE DECLARE QUE DETERMINADA PERSONA ESTÁ INCAPACITADA DE ADMINISTRAR SUS BIENES, YA SEA PORQUE TIENE ALGÚN TIPO DE DEMENCIA O PORQUE DILAPIDA LOS BIENES QUE POSEE. DECLARADA LA INTERDICCIÓN, SE HARÁ NECESARIO PEDIRLE AL JUEZ QUE NOMBRE UN CURADOR QUE SE ENCARGUE DE ADMINISTRAR LOS BIENES Y REPRESENTAR LOS INTERESES DE ESA PERSONA. EL INTERDICTO NO ES CAPAZ DE OBLIGARSE POR SI SIN LA AUTORIZACIÓN DEL CURADOR.

PARA REALIZAR LA DEMANDA DE INTERDICCIÓN ES NECESARIO QUE EXISTAN ANTECEDENTES QUE PUEDAN ACREDITAR LA DISMINUCIÓN DE LAS FACULTADES MENTALES DEL DEMANDADO, POR EJEMPLO, CERTIFICADOS MÉDICOS O QUE ACREDITEN LA DILAPIDACIÓN DE LOS BIENES POR EJEMPLO, DONACIONES CUANTIOSAS.

QUE ES LA INTERDICCIÓN

INTERDICCIÓN: MAYOR DE EDAD PRESUNTAMENTE INCAPAZ, QUE SE ENCUENTRA PRIVADO DE INTELIGENCIA POR LOCURA, IDIOTISMO O IMBECILIDAD, O ES SORDOMUDO Y NO SABE LEER NI ESCRIBIR ES EBRIO CONSUETUDINARIO, O HACE USO INMODERADO DE DROGAS ENERVANTES.

OBJETO DEL JUICIO DE INTERDICCION

EN MATERIA JURÍDICA, EL JUICIO DE INTERDICCIÓN CONSISTE EN DECLARAR A UNA PERSONA INCOMPETENTE PARA MANEJARSE EN FORMA AUTÓNOMA, DEBIDO A LIMITACIONES O ALTERACIONES DE LA INTELIGENCIA QUE LES IMPIDE GOBERNARSE O MANIFESTAR SU VOLUNTAD, POR LO CUAL ES NECESARIO NOMBRAR A OTRA PERSONA QUE LO REPRESENTE LEGALMENTE.

ES MÁS COMÚN QUE VEAMOS ESTE TIPO DE JUICIOS EN PERSONAS MAYORES QUE POR SU AVANZADA EDAD YA NO PUEDEN HACERSE CARGO DE SUS ASUNTOS CIVILES, AUNQUE PRESENTE INTERVALOS DE LUCIDEZ.

CUANDO SE EJERCE:

EL JUICIO DE INTERDICCIÓN SE EJERCE CUANDO EXISTE UNA PERSONA QUE HA PERDIDO SU CAPACIDAD DE EJERCICIO POR PROBLEMAS FÍSICOS O MENTALES, POR LO TANTO ES DECLARADA INCAPAZ PARA HACERSE CARGO DE ASUNTOS QUE TIENEN QUE VER CON SU AUTONOMÍA, AUNQUE SEA MAYOR DE EDAD, POR LO QUE SE HACE LA DESIGNACIÓN COMO TUTOR A UNA PERSONA CERCANA.

PERSONAS QUE PUEDEN SER DECLARADAS EN INTERDICCIÓN.

A) AL DEMENTE (ABSOLUTAMENTE INCAPAZ).

B) AL DISIPADOR QUE POR HECHOS REPETIDOS DE DILAPIDACIÓN MANIFIESTE SU TOTAL FALTA DE PRUDENCIA EN LA ADMINISTRACIÓN DE SUS ASUNTOS O NEGOCIOS. CON TODO, EL DISIPADOR CONSERVARÁ SIEMPRE SU LIBERTAD Y TENDRÁ LIBRE DISPOSICIÓN DE UNA SUMA DE DINERO PARA SUS GASTOS PERSONALES, PROPORCIONADA A SUS FACULTADES, SEÑALADA POR EL JUEZ.

TRIBUNAL COMPETENTE PARA CONOCER DEL JUICIO DE INTERDICCIÓN

LA DEMANDA DE INTERDICCIÓN SE INTERPONE EN EL JUZGADO CIVIL DENTRO DE CUYA JURISDICCIÓN ESTE UBICADO EL DOMICILIO DEL DEMANDADO.

ASPECTOS ESENCIALES DEL JUICIO DE DECLARACIÓN DE INTERDICCIÓN.

A) INFORME

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (5 Kb)
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com