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Enviado por jonymagajon • 10 de Marzo de 2013 • 435 Palabras (2 Páginas) • 298 Visitas
Pese al gran número de estudios dedicados a fray Bartolomé de las Casas, permanecen muchas incógnitas tanto acerca de sus ideas, como de su actuación. En la década de los 1960, Juan Friede lamentaba que las acciones de Las Casas a favor de los indios permanecieran a la sombra de su voluminosa obra como tratadista.1 Según este autor, también se echaba de menos una investigación sobre “la proyección americana de las ideas de este insigne teólogo español”, carencia que Friede se esforzó por colmar con un artículo centrado en la influencia de las teorías lascasianas en los obispos del Nuevo Mundo.2 Dichas lagunas quedan particularmente patentes en un tema de tanta relevancia para la historia de la justicia colonial como el de la institucionalización del cargo de defensor civil de los indios. En efecto, por lo general, los especialistas se han limitado a retomar el contenido del capítulo 90 de la Historia de las Indias en el que el propio Las Casas afirmaba haber sido nombrado “protector universal de todos los indios de Indias” por el cardenal Cisneros en 1517. En vista de ello, Las Casas fue considerado como el primer defensor de indios en la historia de América, sin ahondar mucho en el papel exacto que pudo desempeñar el religioso en un proceso de tanta complejidad.
3 Woodrow Borah, El Juzgado General de Indios en la Nueva España, México: Fondo de Cultura Económica, (...)
2Gracias al análisis de los memoriales y de la correspondencia de fray Bartolomé, así como de algunos expedientes judiciales en los que éste tuvo parte como representante de los intereses indígenas en la Corte, el presente artículo pretende reconsiderar el peso de Las Casas en la elaboración y la defensa del proyecto de protectoría indígena. Se pone especial énfasis en la dimensión dual de sus reivindicaciones, ya que, desde un principio, el religioso luchó para que un cargo de defensor civil fuera institucionalizado no sólo en las Audiencias del Nuevo Mundo, sino también en el Consejo de Indias en España. Pese a su notable relevancia, el segundo componente de este plan ha recibido poca atención hasta la fecha de hoy, debido probablemente a que nunca llegó a plasmarse en la realidad, al contrario de lo que ocurrió con el oficio de protector en América, el cual se convirtió en el principal pilar del Juzgado General de Indios a finales del siglo XVI.3 El presente trabajo también intenta situar a Las Casas dentro de un grupo de personas, integrado por religiosos y civiles, tanto españoles como indios, quienes aspiraban a mejorar la representación indígena en el seno de las instituciones coloniales.
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