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AUDITORIAS


Enviado por   •  11 de Noviembre de 2013  •  2.135 Palabras (9 Páginas)  •  251 Visitas

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El Gerente General de la empresa CASA DE LA CORONA en uso de sus facultades legales PERMITE INVITAR A:

LOS CONSULTORES Y AUDITORES PRIVADOS INDEPENDIENTES, CON EXPERIENCIA EN EL ÁREA DE AUDITORÍA A FORMAR PARTE DE NUESTRO GRUPO DE AUDITORES

Las Inscripciones estarán abiertas a partir de la fecha de la publicación de este aviso, y permanecerán abiertas durante treinta (30) días calendarios, o una vez se haya conformado el grupo de Auditores visibles, cuyo número es el máximo de dos (2) personas. Se solicita entregar sus respectivos currículos.

LUGAR DE INSCRIPCIÓN: Oficina de Nuestra Empresa ubicada en Av. Los Chasquis y Julio Jaramillo a fin de que puedan ser considerados para contrataciones de la realización de trabajos de auditoría especializados.

Ambato, a los diez días del mes de Mayo del año dos mil trece (2013).

Sr. Garcés Lozada Fernando

Gerente General de CASA DE LA CORONA

CONTRATO DE TRABAJO

CONTRATO Nro. 007/205

CONTRATO DE AUDITORIA EXTERNA A LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL EJERCICIO ECONÓMICO 2012, APLICADOS A LA EMPRESA “CASA DE LA CORONA” POR PARTE DE LA FIRMA AUDITORA AUDIT.

COMPARECIENTES: Por una parte, la Empresa “CASA DE LA CORONA”, legalmente representada por su Gerente General el Sr. Garcés Lozada Fernando y, por otra AUDIT Firma Auditora, legalmente representada por su GERENTE la Srta. Jessica Calvopiña, quienes libre y voluntariamente por los derechos que representan convienen en celebrar el presente contrato, de conformidad con las siguientes cláusulas:

PRIMERA; ANTECEDENTES.- De conformidad con lo establecido en la Ley de Compañías, acorde con la resolución Nro. 002 publicada en el Registro Oficial Nro. 021, en la cual se señala las normas sobre montos mínimos de activos en los casos de auditoría externa obligatoria, a través de la invitación personal el día 10 de Mayo del 2013, convocó a la Compañía Auditora a presentar su oferta de auditoria Nro.05/2012, para efectuar el “Examen Especial a los Estados Financieros del Ejercicio Económico 2012” de la Empresa Casa de la Corona, bajo estas consideraciones la Junta General de Accionistas de la Empresa, mediante resolución Nro.08/2012, acoge la recomendación presentada por el Comité de Ofertas y autoriza la contratación de la Consultora AUDIT, por ser la oferta más conveniente a los intereses económicos de la Empresa.

SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO.- El objetivo de esta contratación, es la realización de un examen especial de acuerdo a las Normas Ecuatorianas de Auditoria y los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en el Ecuador, de los Estados Financieros del Ejercicio Económico 2012 de la Empresa Casa De la Corona cortados al 31 de diciembre de 2012, que corresponde al Balance General al 31 de diciembre del año 2012, con el propósito de contar con la opinión calificada e independiente del Auditor sobre la razonabilidad de los mismos. El examen especial de auditoria se realizará de acuerdo a las especificaciones técnicas que constan en estas Instrucciones a los Oferentes y las adicionales establecidas en la oferta del Contratista.

El examen a practicarse y sus resultados concluirá con la presentación del Informe de los auditores independientes sobre los estados financieros de la Empresa CASA DE LA CORONA, al 31 de diciembre del 2012, el cual consta de:

• Opinión del Auditor Externo (Dictamen)

• Informe sobre la estructura de control interno y aspectos administrativos contables de la Empresa CASA DE LA CORONA , al 31 de diciembre del 2012, el cual incluye:

a) Carta Informe

b) Recomendaciones relacionadas con:

o Asuntos para la atención de la administración contable y administrativos.

o Asuntos relacionados con el negocio y con el control interno.

o Asuntos relacionados con temas legales y tributarios, operativos y comerciales.

• Informe sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la Empresa CASA DE LA CORONA, por el año terminado al 31 de diciembre del 2012, requerido por las disposiciones legales vigentes.

De acuerdo a las normas de auditoria, a lo establecido en la Resolución No. 02-008, expedida por la Superintendencia de Compañías.

Se entiende incorporada a esta cláusula la oferta presentada por la firma Auditora AUDIT , la que deberá ser cumplida en su totalidad, especialmente en servicios que incluye la propuesta, enfoque general de la auditoria a aplicarse, la metodología del trabajo, el personal que intervendrá en la auditoria y los informes correspondientes.

TERCERA: PLAZO.- El plazo en que la Firma AUDIT, presentará el trabajo objeto del presente contrato, es de NOVENTA DÍAS (90) LABORABLES, contados a partir de la fecha de entrega de los estados financieros definitivos, información financiera complementaria, y documentación sustentadora correspondiente por parte de la empresa CASA DE LA CORONA, los documentos a ser auditados, todos referidos al ejercicio económico comprendido entre el 1 de Enero del 2012 al 31 de Diciembre del 2012.

El plazo fijado sólo podrá ser prorrogado por causas no imputables al Contratista, por falta de entrega oportuna de la información o por fuerza mayor debidamente comprobada y aceptada por la empresa CASA DE LA CORONA.

CUARTA: CAUSAS PARA INHABILITACIÓN DE LAS PROPUESTAS.- Una oferta será inhabilitada en cualquier momento del proceso, si se comprobare que la información o documentación presentada por un oferente no es veraz, completa o fidedigna.

QUINTA: VALOR DEL CONTRATO.- No existe costo alguno de los servicios de Auditoria Externa a los Estados Financieros, debido a que el examen de auditoria será autorizado por parte del gerente de la empresa CASA DE LA CORONA, como parte de un proyecto integrador a los estudiantes integrantes de la firma AUDIT.

SEXTA: PERSONAL DE AUDITORIA EXTERNA.- El contratista se obliga a ejecutar el trabajo de auditoria externa con el personal presentado en su oferta de servicios, cualquier cambio de personal deberá ser conocido y autorizado por la Presidencia de la Empresa.

El incumplimiento de esta obligación por parte del contratista será causal para dar por terminado el contrato.

SEPTIMA: PROHIBICIÓN DE TRANSFERENCIA DEL CONTRATO.- El Contratista no podrá ceder, asignar o transferir en forma alguna, la totalidad o en parte de este contrato.

OCTAVA: INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES.- El contrato terminará por incumplimiento de las obligaciones de las partes,

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