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Argumentacion Jurdica


Enviado por   •  4 de Julio de 2013  •  18.245 Palabras (73 Páginas)  •  304 Visitas

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UNIDAD I: ASPECTO HISTÓRICO DE LA ARGUMENTACIÓN JURÍDICA

1.- Introducción.

La teoría de la argumentación jurídica atiende al discurso justificativo de los Jueces, es decir, de las razones que ofrecen como fundamento (motivación) de sus decisiones y no de la descripción y explicación de los procesos de toma de decisiones que exigirían tomar en cuenta factores de tipo económico, psicológico, ideológico, etc.

Surge para cumplir con dos objetivos:

1. Para atacar la obligación de fundar y motivar las decisiones jurisdiccionales;

2. Para legitimar dichas decisiones frente a las partes directamente u frente a la sociedad en su conjunto indirectamente.

Artículos relacionados: 133, 94, 97 párrafos sexto y séptimo y 128 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La obligación de fundar y motivar se sustenta en los artículos 16 Constitucional, 219 del Código Federal de Procedimientos Civiles, 94, 95 y 96 del Código Federal de Procedimientos Penales, 22 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

1.1.- La argumentación jurídica y su auge actual.

La argumentación Jurídica y su auge actual parece ob¬vio que la argumentación es un ingrediente importante de la experiencia Jurídica, prácticamente en todas sus fa¬cetas: tanto si se considera la aplicación como la interpre¬tación o la producción del Derecho; y tanto si uno se si¬túa en la perspectiva del juez como en la del abogado, el teórico del Derecho, el legislador... Lo que quizás sea me¬nos obvio es aclarar en qué consiste o en qué se traduce exactamente esa importancia y, sobre todo, mostrar de qué manera la perspectiva argumentativa permite enten¬der a fondo muchos aspectos del Derecho y de la teoría jurídica y provee, en fin, de instrumentos sumamente úti¬les para operar con sentido en el Derecho; particularmen¬te, en los sistemas Jurídicos de los Estados constituciona¬les.

Una cierta dificultad para lograr todos esos objetivos surge de la oscuridad que rodea a la expresión "argumentación jurídica" y a muchas otras que pueden considerarse más o menos sinónimas (o parcialmente si¬nónimas): "argumento", "razonamiento Jurídico", "lógica jurídica", "método jurídico"... A lo largo del presente tex¬to se irá aclarando en qué sentido hablo de argumenta¬ción Jurídica (o, mejor, en qué sentidos: una de las ideas centrales del mismo es que existen diversas concepciones de la argumentación con relevancia Jurídica), pero ya aho¬ra conviene hacer algunas precisiones iniciales.(Manuel Atienza)

La primera es que por argumentación jurídica no en¬tiende lo mismo que por lógica jurídica, aunque sí se adoptara una concepción suficientemente amplía de la lógica (que incluyera, por ejemplo, el conjunto de temas tratados por Aristóteles en el Organon), no habría prácti¬camente nada ningún tema de los que aquí se van a abor¬dar que no pudiera ser considerado como perteneciente a la lógica, a la lógica jurídica- De hecho, la expresión "lógica" se ha usado y se usa con una enorme cantidad de significados, uno de los cuales (en cuanto adjetivo) equi¬valdría a "racional", "aceptable", "fundado" De todas for¬mas, hoy es frecuente contraponer el enfoque lógico de la argumentación a otros de carácter retórico, tópico comu-nicativo, etc. y aquí seguiré básicamente ese uso, bastante sólidamente establecido, por lo demás. Dicho en forma aproximativa, la lógica la lógica formal entiende los argu¬mentos como encadenamientos de proposiciones, en los que, a partir de algunas de ellas (las premisas) se llega a otra (la conclusión). Otros enfoques pueden consistir en ver la argumentación como una actividad, una técnica o un arte (el ars invenedi) dirigido a establecer o descubrir las premisas, como una técnica dirigida a persuadir a otro u a otros de determinada tesis o como una interacción social, un proceso comunicativo que tiene lugar entre di¬versos sujetos y que debe desarrollarse conforme a ciertas reglas.

Por lo demás, la cuestión de las relaciones entre el De¬recho y la lógica es compleja y resulta bastante oscurecida por la imprecisión con que suele hablarse de "lógica" en el ámbito del Derecho (y en muchos otros ámbitos). En realidad, viene a ser uno de los temas clásicos del pensa¬miento jurídico que suele abordarse de manera muy dis¬tinta, según las culturas jurídicas y la época de que se tra¬te.

También merece la pena resaltar el hecho de que cuan¬do hoy se habla de "argumentación jurídica" o de "teoría de la argumentación jurídica" no se está diciendo algo muy distinto a lo que anteriormente se llamó más bien "método jurídico", "metodología jurídica", etc.

En mí opinión, la diferencia en el uso que hoy se da a la ex¬presión "argumentación jurídica" frente a la de "método jurídico" radica esencialmente en que la primera tiende a centrarse en el discurso jurídico justificativo (particularmente, el de los jueces), mientras que "método jurídico" (por lo menos entendido en un sentido amplio) tendría que hacer referencia tambien a una serie de ope¬raciones llevadas a cabo por los juristas profesionales y que no tienen estrictamente (o no sólo) un carácter argu¬mentativo: por ejemplo, encontrar el material con el qué resolver un caso o adoptar una decisión en relación con un caso (en la medida en que se distingue de justificación de esa decisión). De hecho, lo que puede llamarse "teoría estándar de la argumentación jurídica" parte de una dis¬tinción clara (que no suele encontrarse en los cultivado¬res más tradicionales de la metodología jurídica), por un lado, entre la decisión (judicial) y el discurso referido o conectado con la decisión; y, por otro lado (en el plano del discurso), entre el de carácter justificativo y el descriptivo y explicativo: la teoría de la argumentación jurídica de nuestros días se ocupa, casi exclusivamente, del discur¬so justificativo de los jueces, esto es, de las razones que ofrecen como fundamento motivación de sus decisiones (el contexto de la justificación de las decisiones), y no de la descripción y explicación de los procesos de toma de decisión (el contexto del descubrimiento) que exigirían tomar en cuenta factores de tipo económico, psicológico, ideológico, etc.

Sin embargo, como el lector irá viendo, este texto se inspira en una concepción muy amplia de la argumenta¬ción jurídica, que tiende a conectar la actividad argumen¬tativa con los procesos de

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