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Breve Historia Y Concepto De Derecho Administrativo


Enviado por   •  5 de Febrero de 2015  •  616 Palabras (3 Páginas)  •  420 Visitas

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Breve historia y concepto de Derecho Administrativo

El Derecho administrativo es el conjunto de normas jurídicas de derecho público, que tiene por objeto regular la Administración Pública, entendida como el enlace entre quienes ejercen el poder y los gobernados, formada por un conjunto de funcionarios, en sus funciones, organización, servicios públicos, y facultades, entre ellas, las tributarias, reglando sus decisiones en cuánto éstas se tomen en ejercicio del “imperium”, o sea, investidos de poder público.

La Administración Pública actúa en un plano superior al de los particulares imponiendo sus decisiones, y no de común acuerdo con éstos. Las leyes administrativas entonces, tratan de la estructura del estado como poder administrador y su relación con los ciudadanos.

Es una disciplina nacida luego de la Revolución Francesa de 1789, cuando el poder estatal respondió al mandato de la soberanía popular, pues antes de ese cambio de concepción, el estado absolutista reglaba a través de normas arbitrarias el ejercicio de la función pública. Para la existencia de Derecho Administrativo se necesitó despojar a la figura del monarca del poder absoluto, para aceptar la división de poderes, donde el propio estado debe someterse al derecho.

Es un derecho común a todas las actividades desplegadas por la Administración Pública en ejercicio de sus funciones, y dependiendo de la forma de organización estatal (unitaria o federal) habrá un derecho administrativo nacional o coexistirán con él los derechos provinciales y municipales.

Las normas que conforman el Derecho Administrativo se hallan en primer término en la Ley Suprema, o sea en la Constitución Nacional, que por ejemplo en su artículo 87 (dela Constitución argentina) establece que el Poder Ejecutivo será desempeñado por un Presidente. Éste tiene funciones políticas como conductor del estado, y administrativas, aplicando las leyes a casos concretos, mediante actos y hechos administrativos. Por ejemplo, recaudando impuestos sancionados legalmente por el Poder Legislativo. La potestad reglamentaria del Presidente se halla otorgada por el artículo 99 inciso 2, que le confiere la posibilidad de reglamentar las leyes para facilitar su aplicación, a través de los decretos reglamentarios o reglamentos de ejecución.

Por el artículo 100 de la misma Carta Magna, se crea la figura del Jefe de Gabinete de Ministros, a quien le corresponde la administración general del estado, expidiendo en ejercicio de esas funciones, los actos y reglamentos necesarios, con la firma del ministro del rubro correspondiente, según la materia. Con la creación de la figura del Jefe de Gabinete, tras la reforma constitucional de 1994, éste es el que queda encargado de las cuestiones administrativas, para posibilitar el desempeño más libre del presidente en los asuntos políticos.

Las competencias de los Ministros están otorgadas

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