¿COLOMBIA EN TERMINOS DE IGUALDAD Y DEMOCRACIA?
Enviado por manolito0822 • 20 de Octubre de 2016 • Documentos de Investigación • 741 Palabras (3 Páginas) • 138 Visitas
Democracia y derechos humanos
Manuel F, Martínez Romero
Ensayo:
¿COLOMBIA EN TERMINOS DE IGUALDAD Y DEMOCRACIA?
Es importante revisar hasta qué punto la democracia en nuestro país es realmente sincera con los ciudadanos, o con los mismos principios de libertad que establece la constitución política del país, ¿bajo que limites se habla de libertad e igualdad social políticamente hablando? El artículo 13 de la constitución política colombiana nos dice:
“Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica. El estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptara medidas en favor de grupos discriminados o marginados. El estado protegerá especialmente a aquellas personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancias de debilidad manifiesta y sancionara los abusos o maltratos que contra ellas se cometan”
¿Pero en qué sentido son iguales estas personas de nacionalidad colombiana si sabemos que día a día muchos de los derechos que proponen las leyes colombianas son violados a veces de maneras directas y descaradas hasta por el mismo estado? Por ejemplo, desde nuestras mismas cotidianidades como estudiantes de una universidad pública sabemos bien que los pertenecientes a estas instituciones tratan de mostrar algunas de las falencias estatales en ámbitos educativos, sociales, políticos, (…) a través de la protesta pacífica en una gran cantidad de casos, protesta que es totalmente legitima ante la constitución colombiana como bien lo muestra en el artículo 37. “Toda parte del pueblo puede reunirse y manifestarse pública y pacíficamente. Sólo la ley podrá establecer de manera expresa los casos en los cuales se podrá limitar el ejercicio de este derecho.” ¿Pero entonces en qué casos la ley podría decidir limitar ese derecho? ¿Legalmente entonces puede el estado limitar este derecho cuando él mismo es el factor directo de la protesta? Eso es lo que me da a entender con los diferentes tipos de protesta que se dan en nuestro contexto, además, no podemos dejar de lado la deslegitimación que se da a través de medios masivos de comunicación a los sectores sociales afectados.
Es un claro ejemplo de esta deslegitimación cuando en su discurso el presidente Santos en agosto del 2013 dice de una manera muy particular “el tal paro nacional agrario no existe” ante los medios masivos de comunicación. Entonces ¿existe realmente una igualdad de derechos entre todos los colombianos independientemente de su condición social y económica? Recordemos que en el paro mencionado hubo represión por parte de organismos legales del estado, dejando un saldo de aproximadamente 4 campesinos muertos y una gran cantidad de heridos. Podemos decir entonces que el estado está sobre las mismas leyes que lo rigen, en el sentido de contradecir la misma constitución política, porque entonces según el artículo 13 anteriormente referenciado, no está protegiendo a las personas que por condiciones económicas tienen una situación de “debilidad manifiesta”, además de no sancionar los maltratos que contra estas comunidades se dan por las fuerzas legales, sin olvidar la deslegitimación y el abuso del poder sobre las leyes que dictaminan los principios de libertad y justicia.
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