CONTAMINACION
sandixcoy15 de Junio de 2014
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Prevención y control integrados de la contaminación (hasta 2013)
La Unión Europea (UE) fija las obligaciones que deben cumplir las actividades industriales y agrícolas con un elevado potencial de contaminación. Establece un procedimiento de autorización para esas actividades y determina los requisitos mínimos que deben incluirse en todo permiso, en particular respecto a los vertidos de sustancias contaminantes. El objetivo consiste en evitar o minimizar las emisiones contaminantes a la atmósfera, las aguas y los suelos, así como los residuos procedentes de instalaciones industriales y agrarias para alcanzar un nivel elevado de protección del medio ambiente.
ACTO
Directiva 2008/1/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de enero de 2008, relativa a la prevención y al control integrados de la contaminación.
SÍNTESIS
La Directiva que nos ocupa (conocida como «Directiva IPPC») somete a autorización las actividades industriales y agrícolas que presentan un elevado potencial de contaminación. Este permiso sólo puede concederse si se reúne una serie de condiciones medioambientales, de manera que las empresas asuman ellas mismas las labores de prevención y reducción de la contaminación que puedan llegar a causar.
La prevención y el control integrados de la contaminación se refieren a las actividades industriales y agrícolas con un elevado potencial de contaminación, nuevas o existentes, tal como se definen en el anexo I de la Directiva (industrias de actividades energéticas, producción y transformación de los metales, industria mineral, industria química, gestión de residuos, cría de animales, etc.).
Las condiciones medioambientales que deben respetarse
Para recibir autorización, una instalación industrial o agrícola debe cumplir una serie de obligaciones fundamentales relativas, en particular, a:
• la aplicación de todas las medidas adecuadas de lucha contra la contaminación y, en particular, el recurso a las mejores técnicas disponibles (las que generan menos residuos, utilizan las sustancias menos peligrosas, posibilitan la recuperación y el reciclado de las sustancias emitidas, etc.);
• la prevención de toda contaminación importante;
• la prevención, el reciclado o la eliminación menos contaminante posible de los residuos;
• la utilización eficaz de la energía;
• la prevención de los accidentes y la limitación de sus consecuencias;
• la adopción de medidas para que, al cesar las actividades, el lugar de la explotación vuelva a quedar en un estado satisfactorio.
Por otra parte, la decisión de autorización incluye una serie de requisitos concretos entre los que cabe citar los siguientes:
• valores límite de emisión de sustancias contaminantes (salvo en el caso de gases de efecto invernadero si se aplica el régimen de intercambio de derechos de emisión - véase más abajo);
• medidas eventuales de protección del suelo, el agua y el aire;
• medidas de gestión de residuos;
• medidas que deben adoptarse cuando se producen circunstancias excepcionales (fugas, fallos de funcionamiento, paradas momentáneas o definitivas, etc.);
• minimización de la contaminación a larga distancia o transfronteriza;
• vigilancia de los vertidos;
• y cualquier otra prescripción adecuada.
Para coordinar el proceso de autorización previsto por la Directiva y el régimen de intercambio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, las autorizaciones que se concedan con arreglo a la primera no deben imponer valores límite de emisión de gases de efecto invernadero si estos son objeto del régimen de intercambio de derechos de emisión, siempre que a nivel local no haya un problema de contaminación. Además, las autoridades competentes tendrán la posibilidad
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