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Cambias En La Organizacion De La Jurisdicción Administrativa En Colombia


Enviado por   •  8 de Abril de 2013  •  2.052 Palabras (9 Páginas)  •  619 Visitas

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LA ORGANIZACIÓN DE LA JURISDICCIÓN DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

A continuación haremos un cuadro comparativo entre el viejo código contencioso administrativo y el nuevo código contencioso administrativo, para analizar cuales fueron cambios que han surgido por la modificación del decreto 01 de 1984 a través de la ley 1437 del 2011, que es la que actualmente esta en rigor para este nuevo código y que entro en vigencia el 2 de julio del año 2012.

Ley 1437 del 2011

CAPITULO II DEL CONSEJO DE ESTADO

♦ La integración de estos permanece igual, solo se añadieron nuevos cargos como fueron; una sala de gobierno, conformada por el Presidente y el Vicepresidente del Consejo de Estado y por los Presidentes de la Sala de Consulta y Servicio Civil y de las secciones de la Sala de lo Contencioso Administrativo. Se crea también en el consejo de estado la sala de decisión y esta esta encargada de decidir los procesos de la sala plena, salvo aquellos procesos de pérdida de investidura y de nulidad por inconstitucionalidad.

♦ En este nuevo código se añaden nuevas atribuciones para la sala plena del consejo de estado, como son: elegir el secretario general; Proveer las faltas temporales del Contralor General de la República; Hacer la evaluación del factor cualitativo de la calificación de servicios de los Magistrados de los Tribunales Administrativos, que servirá de base para la calificación integral; Elegir el integrante de la terna para la elección de Procurador General de la Nación; Elegir el integrante de la terna para la elección de Contralor General de la República; Elegir los integrantes de tres (3) ternas para la elección de Magistrados de la Corte Constitucional.

♦ En el nuevo código contencioso administrativo las funciones de la sala plena, cambia ,en algunos aspectos como son:

- Dictar sentencia, cuando asuma la competencia, en los asuntos que le remitan las secciones por su importancia jurídica o trascendencia económica o social o por necesidad de unificar o sentar jurisprudencia. Esta competencia será asumida a petición de parte o a solicitud del Ministerio Público o de oficio cuando así lo decida la Sala Plena.

Ejercer el control inmediato de legalidad de los actos de carácter general dictados por autoridades nacionales con fundamento y durante los estados de excepción.

- PARÁGRAFO. La Corte Suprema de Justicia conocerá de los procesos contra los actos administrativos emitidos por el Consejo de Estado.

♦ En este nuevo código las atribuciones dadas a la sala de consulta y servicio civil ya no son cuatro, sino que estas aumentan a un total de doce, de las cuales mencionaremos algunas, como son: Preparar a petición de la Sala Plena del Consejo de Estado o por iniciativa propia proyectos de acto legislativo y de ley; Realizar los estudios que sobre temas de interés para la Administración Pública la Sala estime necesarios para proponer reformas normativas; Conceptuar sobre los contratos que se proyecte celebrar con empresas privadas colombianas escogidas por concurso público de méritos para efectuar el control fiscal de la gestión administrativa nacional, de conformidad con lo previsto en el artículo 267 de la Constitución Política.

Además podemos encontrar que uno de los cambios más significativos, es que podemos encontrar que hay un concepto de la sala de consulta y servicio civil, con sus dos funciones principales.

♦ Con la creación de la sala de gobierno, se crearon ciertas funciones para esta, como lo son:

1. Examinar la hoja de vida de los candidatos para desempeñar cualquier empleo cuya elección corresponda a la Sala Plena e informar a esta sobre el resultado respectivo.

2. Elegir conforme a la delegación de la Sala Plena los empleados de la corporación, con excepción de los que deban elegir las salas, secciones y despachos.

3. Asesorar al Presidente de la Corporación cuando este lo solicite.

4. Estudiar la hoja de vida de los candidatos al premio José Ignacio de Márquez y presentar las evaluaciones a la Sala Plena.

5. Cumplir las comisiones que le confiera la Sala Plena.

6. Cumplir las demás funciones que le señalen la ley y el reglamento interno.

♦ Como podemos ver se le han añadido tres artículos nuevos para el consejo de Estado, como son el artículo 117, en el cual el Consejo de Estado podrá comisionar a los Magistrados Auxiliares, a los Tribunales Administrativos y a los jueces para que practiquen las pruebas y diligencias necesarias para el ejercicio de sus funciones. El artículo 118, El Consejo de Estado deberá actuar, aún en época de vacaciones, por convocatoria del Gobierno Nacional, cuando sea necesario su dictamen, por disposición de la Constitución Política. Y el artículo 119, que se le conceden licencias a los Magistrados del Consejo de Estado y de los Tribunales Administrativos para separarse de sus cargos hasta noventa días en un año.

CAPITULO III DE LOS TRIBUNALES ADMINISTRATIVOS

♦ el artículo 122 dice que los Tribunales Administrativos son creados por la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura para el cumplimiento de las funciones que determine la ley procesal en cada distrito judicial administrativo. La sala administrativa del consejo superior de la judicatura que no será menor de tres.

♦ Entre tanto el articulo 123, contempla cuales son las funciones dadas a la sala plena de los tribunales administrativos, lo cual en el antiguo código no estaban contempladas sus funciones, las cuales son:

- Elegir los jueces de lo contencioso administrativo de listas que, conforme a las normas sobre carrera judicial le remita la Sala Administrativa del respectivo Consejo Seccional de la Judicatura.

- Nominar los candidatos que han de integrar las ternas correspondientes a las elecciones de contralor departamental y de contralores distritales y municipales, dentro del mes inmediatamente anterior a la elección.

- Hacer la evaluación del factor cualitativo de la calificación de servicios de los jueces del respectivo distrito judicial, que servirá de base para la calificación integral.

- Dirimir los conflictos de competencias que surjan entre las secciones o subsecciones del mismo tribunal y aquellos que se susciten entre dos jueces administrativos del mismo distrito.

- Las demás que le asigne la ley.

DEL CAPITULO IV AL CAPITULO VII

♦ En el capitulo IV se dan a conocer los jueces administrativos, los cuales están encargados de velar por el cumplimiento de las funciones que la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura les establezca según la ley procesal en cada circuito o municipio.

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