Caracoles De Colores
Enviado por andersson_89 • 31 de Julio de 2013 • 1.576 Palabras (7 Páginas) • 267 Visitas
MODALIDADES DE IMPORTACION
1-IMPORTACIÓN ORDINARIA: es la entrada de un producto de otro país al territorio nacional aduanero, con el fin de permanecer en el territorio de manera indefinida, en libre disposición con el pago de los tributos aduaneros, que tenga lugar y siendo el proceso establecido. A partir de la llegada del producto al territorio nacional aduanero se debe tener en cuenta que se debe tener una antelación no superior de 15 días dentro del mismo plazo, y cuando se le diera lugar a ello hacer los pagos en los tributos aduaneros.
Ejemplo: cuando importamos maquinarias al país proveniente para ser utilizado cumpliendo con todas las obligaciones aduaneras vigentes, también cuando exportamos
OPORTUNIDAD PARA DECLARAR.
La Declaración de Importación deberá presentarse dentro de un mes contado a partir de la fecha de llegada de las mercancías al territorio aduanero nacional, o en forma anticipada a la llegada de la mercancía, con una antelación no superior a quince (15) días. Dentro del mismo plazo señalado y cuando hubiere lugar a ello, deberán cancelarse los tributos aduaneros.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales podrá establecer mediante resolución de carácter general la obligación de presentar la Declaración de Importación en forma anticipada a la llegada de la mercancía, teniendo en cuenta como criterios su naturaleza, los lugares habilitados para su ingreso bajo control aduanero o la procedencia y origen de las mismas.
DOCUMENTOS SOPORTE DE LA DECLARACIÓN DE IMPORTACIÓN.
Para efectos aduaneros, el declarante está obligado a obtener antes de la presentación y aceptación de la Declaración y a conservar por un período de cinco (5) años contados a partir de dicha fecha, el original de los siguientes documentos que deberá poner a disposición de la autoridad aduanera, cuando ésta así lo requiera:
a) Registro o licencia de importación que ampare la mercancía, cuando a ello hubiere lugar
b) Factura comercial, cuando hubiere lugar a ella
c) Documento de transporte
d) Certificado de origen, cuando se requiera para la aplicación de disposiciones especiales
e) Certificado de sanidad y aquellos otros documentos exigidos por normas especiales, cuando hubiere lugar
f) Lista de empaque, cuando hubiere lugar a ella
g) Mandato, cuando no exista endoso aduanero y la Declaración de Importación se presente a través de una Sociedad de Intermediación Aduanera o apoderado
h) Declaración Andina del Valor y los documentos soporte cuando a ello hubiere lugar.
IMPORTACIÓN CON FRANQUICIA: son aquellas que gozan de la excepción total o parcial de tributo aduanero.
TERMINACIÓN DE LA MODALIDAD.
Cuando se pretenda dejar la mercancía en libre disposición previamente al cambio de destinación.
REIMPORTACION POR PERFECCIONAMINETO PASIVO: es la mercancía que se reimporta, o sea que vuelve nuevamente al país de origen ya sea para reparación o transformación, causará tributos aduaneros sobre el valor agregado en el exterior, incluidos los gastos complementarios a dichas operaciones, para lo cual se aplicarán las tarifas correspondientes a la subpartida arancelaria del producto terminado que se importa. La mercancía así importada quedará en libre disposición.
Documentación que se debe tener en cuenta:
a) Copia de la Declaración de Exportación temporal para perfeccionamiento pasivo
b) Factura comercial que acredite el valor total del valor agregado en el extranjero
c) Certificado de origen, cuando haya lugar a éste
d) Documento de transporte
e) Mandato, cuando no exista endoso aduanero y la Declaración de Importación se
Presente a través de una Sociedad de Intermediación Aduanera o apoderado.
REIMPORTACION DE MERCANCIA EN EL MISMO ESTADO:
es la mercancía que esta exonerada de tributos aduaneros, pudieron ser exportadas de mercancías que hubieran sido exportadas temporalmente y se encontraban en libre circulación o constituían productos compensadores, siempre que éste o las mercancías no hayan sufrido en el extranjero ninguna transformación, elaboración o reparación.
IMPORTACION EN CUMPLIMIENTO DE GARANTIA DEL PROVEDOR:
Se podrá importar sin el pago de tributos aduaneros, la mercancía que en cumplimiento de una garantía del fabricante o proveedor, se haya reparado en el exterior o remplace otra previamente exportada, que haya resultado averiada, defectuosa o
Impropia para el fin para el cual fue importado. La mercancía así importada quedará en libre disposición.
IMPORTACION TEMPORAL PARA REEXPORTACION EN EL MISMO ESTADO:
Es la importación al territorio aduanero nacional, con suspensión de tributos aduaneros, de determinadas mercancías destinadas a la reexportación en un plazo señalado, sin haber experimentado modificación alguna, con excepción de la depreciación normal originada en el uso que de ellas se haga, y con base en la cual su disposición quedará restringida. No podrán importarse bajo esta modalidad mercancías fungibles (son mercancías comerciales, cuyas propiedades son esencialmente idénticas y que no resulta práctico diferenciar, una de la otra, por simple examen visual) ni aquellas que no puedan ser plenamente identificadas. HAY DISTINTAS CLASES SON: cortó plazo, largo plazo, arrendamiento financiero y vehículos de turistas.
IMPORTACION TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO( BIENES DE CAPITAL SISTEMAS ESPECIALES
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