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Carta De Los Derechos Generales De Las Enfermeras Y Los Enfermeros


Enviado por   •  6 de Marzo de 2014  •  1.924 Palabras (8 Páginas)  •  854 Visitas

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Carta de los Derechos Generales

de las Enfermeras y los Enfermeros

Presentación

Mayo, 2005

Para dar atención a las inquietudes del personal de Enfermería, la Comisión Nacional de Arbitraje Médico (CONAMED) coordinó con los Colegios: Nacional de Enfermeras, Nacional de Enfermeras Militares y Mexicano de Licenciados en Enfermería, a partir de septiembre de 2004, tres sesiones de trabajo, con el objetivo de elaborar la propuesta de trabajo inicial de la Carta de los Derechos Generales de las Enfermeras y los Enfermeros, que fue presentada el 6 de diciembre del mismo año en el seno del Grupo Conductor, encargado de emitir el documento final.

El Grupo Conductor para la emisión del Decálogo estuvo conformado por las siguientes instituciones: Subsecretaría de Innovación y Calidad, Asociación Mexicana de Bioética, Comisión Interinstitucional de Formación de Recursos Humanos para la Salud, Comisión Interinstitucional de Enfermería de la Secretaría de Salud, Jefatura de Servicios de Enfermería del ISSSTE, Comité de Enfermería del IMSS, Colegio Nacional de Enfermeras, Colegio Nacional de Enfermeras Militares, Colegio Mexicano de Licenciados en Enfermería, Federación Mexicana de Escuelas y Facultades de Enfermería, Grupo Ángeles Servicios de Salud, la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Salud y la CONAMED en su calidad de coordinador de este relevante proyecto. Dicho Grupo Conductor, durante varias reuniones revisaron, sancionaron y conformaron la propuesta final de la Carta aludida, para enviarla a revisión y consenso de la enfermería nacional, a través de 778 instancias representativas, conformadas por instituciones de salud, instituciones educativas,

grupos colegiados y asociaciones distribuidas en todo el país. En atención a dicho consenso, todas las instituciones hicieron suya esta Carta validándola con el agrado y anuencia de sus representados, enviando así mismo, 486 respuestas específicas para proponer modificaciones y sugerencias de redacción. Con la retroalimentación lograda, el Grupo Conductor, en un intenso trabajo de equipo, el 6 de abril de 2005 concluyó y elaboró el documento final que ahora se

publica. Agradecemos a las enfermeras y los enfermeros mexicanos su participación, sin ella no se habría podido concretar el proyecto en tan poco tiempo, así como la oportuna directriz del Grupo Conductor. La Carta de los Derechos Generales de las Enfermeras y los Enfermeros tiene un sustento normativo de gran importancia, toda vez que los derechos invocados derivan de nuestra Carta Magna y de las leyesemanadas de ella, tal es el caso de la Ley Federal del Trabajo y la Ley General de Salud, así como otros ordenamientos complementarios que sustentan la práctica profesional de la Enfermería. Destaca, de igual forma, que esta Carta detente entre sus disposiciones a la Declaración Universal de los Derechos Humanos, lo cual la dota de mayor solidez.

Por lo tanto, el Grupo Conductor desea para usted, como enfermera o enfermero, que el presente Decálogo sea incentivo para el desarrollo de una práctica profesional de excelencia y promotor de una buena relación con los pacientes y sus familiares.

Ejercer la Enfermería con libertad, sin presiones de cualquier naturaleza y en igualdad de condiciones interprofesionales.

Tienen derecho a que se le otorguen las facilidades para ejercer la gestión y ejecución del cuidado de enfermería en intervenciones independientes y dependientes al usuario, familia y comunidad basado en su juicio profesional, sustentado en el Método de Enfermería, dentro un marco ético, legal, científico y humanista. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 5. Ley Reglamentaria del Artículo 5to Constitucional, relativo al ejercicio de las Profesiones. Artículo 24. Ley Federal del Trabajo. Artículo 164, Título Quinto. Ley de Profesiones. Artículo 33. Tienen derecho a trabajar en instalaciones seguras y apropiadas, que les permitan desarrollar sus actividades en las mejores condiciones de protección para su salud e integridad personal. Cuando las características de sus actividades impliquen riesgos para su salud, tienen derecho a que se les dote de los insumos indispensables para minimizar el riesgo laboral. Declaración Universal de los Derechos Humanos. Artículo 3 y 6. Ley Federal del Trabajo. Artículo 51; Art. 132, Título Cuarto, Fracción XVII, XXIV, XXVII; Art. 166, Título Quinto; Art.172, Título Quinto; Art. 473, Título Noveno; Art. 474, Título Noveno; Art. 475, Título Noveno; Art. 476, Título Noveno; Art. 483, Título Noveno; Art. 487, Título Noveno; Art. 490, Título Noveno; Art. 491, Título Noveno; Art. 492, Título Noveno; Art. 499, Título Noveno. Ley General de Salud. Artículo 166. Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica. Artículo 19 fracción II.

Desempeñar sus intervenciones en un entorno que garantice la seguridad e integridad personal y profesional.

Tienen derecho a recibir del establecimiento donde presten sus servicios, el material equipo y personal requeridos para el desarrollo de su trabajo, conforme a la normativa y las necesidades del área o servicio en el cual desempeña su actividad profesional. Ley Federal del Trabajo. Artículo 132, Título Cuarto, fracción III. Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica. Artículo 21 y 26. En términos de la obligación de dar información en el ámbito de su responsabilidad en el cuidado de la persona, tienen derecho a no revelar la información que sobrepase su competencia profesional y laboral. Ley General de Salud. Artículo 23, 32 y 52. Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica. Artículo 29. Código Internacional de Enfermeras. Directrices Derecho y Lugar de trabajo. Las enfermeras y los enfermeros tienen derecho a ejercer la profesión sin rebasar el ámbito de las responsabilidades que jurídicamente le competen.

Contar con los recursos necesarios que le permitan el óptimo desempeño de sus funciones.

Tienen derecho a recibir del establecimiento donde presten sus servicios, el material equipo y personal requeridos para el desarrollo de su trabajo, conforme a la normativa y las necesidades del área o servicio en el cual desempeña su actividad profesional. Ley Federal del Trabajo. Artículo 132, Título Cuarto, fracción III.

Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de

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