Codigo De Etica Profesional Del Abogado
Enviado por 5749473 • 7 de Enero de 2013 • 448 Palabras (2 Páginas) • 687 Visitas
Código de Ética y Responsabilidad Profesional del Abogado
A. Imperio de la Ley y de los Derechos Humanos. El abogado debe ser activo defensor de
los Derechos Humanos y propulsor del principio del Imperio de la Ley, como base necesaria
para el logro y preservación de una sociedad libre y justa.
B. Función Social del Abogado. El abogado debe tener clara conciencia de que el ejercicio
de su profesión se le reserva en interés público y que, por ello, más que un privilegio,
constituye una función de profundo sentido social. En consecuencia, el abogado debe:
1. Desempeñar su función con integridad;
2. Procurar el mejoramiento del sistema jurídico;
3. Coadyuvar a la debida divulgación pública de la Ley, para una mejor comprensión de
los derechos y deberes jurídicos;
4. Facilitar a todos los ciudadanos la prestación de servicios legales competitivos;
5. Promover activamente el establecimiento y vigencia de la Carrera Judicial, y la plena
independencia del Órgano Judicial y el Ministerio Público, como requisitos esenciales
para la recta y oportuna Administración de Justicia.
6. Defender la vigencia permanente del principio de inviolabilidad de la defensa en
asuntos penales.
C. Solidaridad Profesional. Es deber esencial del abogado prestar con entusiasmo y
dedicación su concurso personal para el mejor éxito de las asociaciones del abogado, en
cuyo seno se fortalezca el sentimiento de solidaridad profesional tanto por la adecuada
protección de los intereses de los abogados como para el más eficaz desempeño colectivo
de las obligaciones sociales del gremio. En este sentido también deberá estar siempre al día
con las obligaciones que resulten de su relación con el Colegio Nacional de Abogados, tales
como el pago de cuotas y de cargos que resultaren del uso de las facilidades y servicios del
Colegio.
Ch. Sobre el ejercicio profesional. El abogado debe actuar con irreprochable dignidad, em
el ejercicio de la profesión. El abogado debe cuidar con todo esmero de su honor, eludiendo
cuanto pueda afectar su independencia económica, comprometer su decoro o disminuir la
consideración general que debe siempre merecer. El abogado deberá abstenerse de ofrecer
dádivas a los funcionarios, y, especialmente, en pro de la defensa del decoro; no habrá
regalo de naturaleza alguna a los miembros del Órgano Judicial ni del Ministerio Público,
tenga o no en sus respectivos despachos negocios en tramitación. El abogado debe respetar
y cumplir las disposiciones legales que establecen las incompatibilidades para ejercer la
profesión y abstenerse de desempeñar cargos y ocupaciones incompatibles con el espíritu
de
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