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Commom Law Y Familia Romanista


Enviado por   •  2 de Marzo de 2015  •  826 Palabras (4 Páginas)  •  269 Visitas

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II.- El Common Law

Esta familia jurídica posee una característica especial en cuanto a su origen: la costumbre. Significa derecho común porque no es un derecho escrito, que no tiene como fuente a la ley misma. Su aplicación corresponde a los países anglosajones, principalmente en el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, lugar a donde Guillermo “el Conquistador” lo llevó después de emprender su cometida conquista.

El Common Law nació en Inglaterra en la Edad Media con la creación de los Tribunales Reales; se formó por las decisiones judiciales de los tribunales, basadas en las costumbres de las tribus germanas que habitaban la isla. Esta familia jurídica tiene como antecedentes las cartas (writ) como protección o declaración de derechos y la Carta Magna (1215) firmada por Juan sin Tierra.

La Equity surgió como una necesidad para resolver los conflictos, fundado en lo escrito, inquisitorial y carente de jurado, inspirado en el derecho canónico y romano, que procuraban hacer justicia donde éstas últimas no podían alcanzar ese fin. La Equity se aplicaba por la jurisdicción del canciller, a fin de completar y, en su caso, revisar el sistema del Common Law que había resultado insuficiente y defectuoso.

La negativa de los tribunales del Common Law, para conocer determinados asuntos, condujo a la injusticia y ante esto, a la necesidad de remediar las debilidades percibidas en el sistema del Common Law. La respuesta fue el desarrollo de la Equity.

En la aplicación de la ley en el Common Law impera el razonamiento inductivo, porque se estudian las situaciones particulares del caso en cuestión, y luego se buscan los precedentes dados por hechos similares. Estos precedentes son vinculantes para el juez, ya que se obliga a que la sentencia se ajuste a ellos.

Los jueces en la aplicación del derecho se han basado en otros fallos similares anteriores (característica que heredo el sistema norteamericano) que reiterándose en el tiempo, han consolidado la costumbre. Para resolver la cuestión planteada no se recurre a una norma general, sino a casos de naturaleza similar, resolviéndose de acuerdo a esos antecedentes.

Los sistemas jurídicos con influencia del Common Law son: Reino Unido, Canadá (salvo Quebec donde sólo se utiliza en materia penal), Estados Unidos (menos el Estado de Luisiana), Nueva Zelanda, Australia, Sudáfrica, Hong Kong, la república de Singapur, Malasia y la India.

III. Familia Romanista

Describir la familia jurídica romana es un desafío académico que requiere la atención y la expansión necesaria para su comprensión, ello derivado de sus antecedentes históricos que uno a uno van explicando la construcción del derecho en el mundo.

Roma se caracteriza por su aportación jurídica y por su alternancia política. Ello

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