Conflicto de leyes Sus formas de solución y trascendencia en el derecho
Enviado por anasanchez82 • 18 de Febrero de 2017 • Síntesis • 1.604 Palabras (7 Páginas) • 376 Visitas
Conflicto de leyes
Sus formas de solución y trascendencia en el derecho.
Hermenéutica
Definida esta como la ciencia de la interpretación, y que se aplica generalmente, a la explicación de documentos escritos y, por este motivo, puede definirse más particularmente a la Hermenéutica como la ciencia de interpretación.
La interpretación y no solo la jurídica, es parte de lo que se conoce en la filosofía como hermenéutica, en ese sentido la interpretación jurídica no solo se determina con el significado de los textos normativos sino también de los hechos que se conectan con estos.
En ese sentido el derecho será un sistema de preceptos legales, que se apliquen y que requieren de practica social interpretativa. Dicha práctica deberá tener una interacción con la ratio legis y el contexto social.
La práctica de interpretar, opera como un recurso para la comprensión y aplicación de normas, sin embargo esta interpretación puede tener un tinte de imposición de una opinión personal.
Desde la perspectiva jusfilosofica, una interrogante requiere de un razonamiento, compuesto de esencias, una de ellas el concepto y que refiere a la aprehensión de una cosa, es decir entenderemos pues que el concepto de una cosa es su significado elemental, es decir todas las silla del mundo y el termino a de referirse a una silla en específico.
Es así que la segunda esencia deberá de ser el juicio, proceso intelectual por excelencia, que está compuesto de conceptos, en este sentido Immanuel Kant distinguió el juicio categórico, donde se relaciona al sujeto con el predicado, con independencia del cumplimiento de alguna obligación.
Como tercer elemento esencial tenemos al razonamiento, operación intelectual por medio de la cual pasamos de una cosa conocida a otra desconocida, técnicamente conocida como discurso. El razonamiento está integrado por premisas y conclusión.
Problemas de aplicación del derecho
Una de las actividades intelectuales que se desarrollan en la ciencia jurídica es la interpretación de textos legales, debido a que los términos utilizados en los textos legales, propician interpretaciones jurídicas incompatibles.
La existencia de interpretaciones incompatibles aproxima a la paradoja de que la regla jurídica admite cualquier interpretación, sin embargo atendiendo al hecho de que la metáfora de que el texto legal es un marco abierto a varias posibilidades de interpretación conduce admitir la existencia de límite en el desarrollo de esa actividad intelectual.
En la práctica judicial es usual la presencia de diferentes interpretaciones de los mismos textos legales. La incompatibilidad alude, a la existencia de interpretaciones diferentes sobre un mismo texto legal, aunque la calificación de incompatibilidad entre ellas.
La incompatibilidad entre dos o más interpretaciones científicas de un mismo texto legal se presenta cuando es imposible racionalmente sostener la conjunción de ellas.
- Incompatibilidad en función del operador deóntico.- Los operadores deónticos son la conducta referida en el tema de la norma, está determinada como obligatoria, prohibida o permitida.
El énfasis en un primer acercamiento a interpretaciones jurídicas incompatibles está en los operadores deónticos de las normas jurídicas, ya que en dos interpretaciones son incompatibles porque no es posible para jurista sostener su conjunción o sea sostener, el derecho o la obligación.
- Incompatibilidad a nivel semántico.- Se presenta en relación con aspectos semánticos detectados en los temas de las normas jurídicas, se trata de problemas sobre el significado de los enunciados normativos. Es decir no se puede sostener que las decisiones y acciones de las autoridades son constitucionales o inconstitucionales.
- Incompatibilidad a nivel sintáctico.- El nivel sintáctico del lenguaje jurídico considera la estructura gramatical de los enunciados y hace abstracción de la semántica
Escuelas de interpretación
- Becaria. Refiere a una corriente de pensamiento moderno en el Derecho Penal que influyo en el nacimiento de la dogmática, esta escuela de interpretación puede también denominarse positivismo extremo basado en la división de poderes de Montesquieu, y postula la imposibilidad de indagar del Juez, la intención del legislador. Radica en la aplicación lisa y llana de la ley.
- Exegesis Francesa. Emerge luego de la Revolución Francesa, denominada también como escuela normológica metodológica, su pauta de interpretación es la búsqueda de la intención del legislador, que debe ser buscada en la misma ley.
- Kelsen. Denominada normologica ontológica y refiere que la interpretación debe ser literal.
- Dikeñogica. Se basa en la idea de que el jurista es quien debe redactar las normas.
- Sociológica.
- Tubinga. Cada ley resuelve un conflicto de intereses de determinado modo, este modo de interpretación recurre a la realidad social y a la intención del legislador.
- Egologica. Esta atiende a la voluntad lingüística de la comunidad que la emplea.
- Bidimensional.
- Savigny: Adopta cuatro reglas coexistentes, elemento gramatical, lógico, sistemático e histórico.
- Ihring. Se ciñe a los conceptos gramaticales y lógicos.
- Tridimensionales.
- Geny. Voluntad del autor de la norma.
- Libre de derecho. Libre de la aplicación mecánica.
- Goldehsmidt.
Ámbitos de validez de la norma jurídica
En primer término para que la norma jurídica sea válida, debe ser creada por un hecho existente en el tiempo y en el espacio, esta puede ser obedecida y aplicada por una determinada conducta humana. En un orden jurídico, las normas jurídicas se consideran validas, si son en todos los ámbitos obedecidas y aplicadas, es decir, si tiene eficacia. La validez significara entonces que la ley debe ser obedecida por tanto aplicada, la eficacia es una condición de validez.
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