Contaminación acústica: un peligro para nuestros oídos
Enviado por nicolefranchesca • 18 de Agosto de 2012 • Informe • 672 Palabras (3 Páginas) • 516 Visitas
Contaminación acústica: un peligro para nuestros oídos
Contaminación acústica tiende a ser considerada como un factor medioambiental ciertamente grande, ya que afecta en la calidad de vida también la contaminación acústica hace referencia al ruido y se convierte en un ruido molesto que puede llegar a producir problemas sicológicos ( depresión estrés ansiedad etc)
¿Qué se considera un ruido molesto?
Todos aquellos ruidos que excedan los niveles máximos permitidos por la ley, causando molestia al vecindario y afectando la calidad de vida.
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¿Qué normas regulan los ruidos molestos?
- La Constitución Política, artículo 19 Nº 8, en cuanto a asegurar a todas las personas el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.
- Ley General de Medio Ambiente, que es el marco o base de todas las normas ambientales.
- Decreto Nº 146, de 1998, del ministerio Secretaría General de la Presidencia, que regula la emisión de ruidos por fuentes fijas, por ejemplo una industria.
- Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, art. 5.8.3
- Ordenanzas municipales (Ejemplos: Santiago, Valparaíso, Antofagasta, Calbuco)
- Normas que dicten los propios vecinos organizados, en los respectivos reglamentos de copropiedad.
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¿Qué regulan las ordenanzas municipales sobre ruidos molestos?
Todos los ruidos producidos en la vía pública, calles, plazas y paseos públicos; espacio aéreo, salas de espectáculos, centros de reuniones, casas o locales de comercio de todo género, iglesias y casas religiosas. Los ruidos generados en todos los inmuebles y lugares en que se desarrollen actividades públicas o privadas, así como en las casas habitaciones individuales y colectivas. Se aplican especialmente a restoranes, fuentes de soda y salas de juego.
Las ordenanzas municipales dictan disposiciones, prohibiciones y sanciones para proteger de la contaminación acústica a la población que reside en la comuna. Estos reglamentos varían de un municipio a otro.
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¿Qué ruidos molestos prohíben en general las ordenanzas municipales?
Por regla general, las ordenanzas municipales prohíben los ruidos o sonidos que por su duración e intensidad ocasionan molestias al vecindario ya sea de día o de noche.
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¿Cuáles son los niveles máximos permitidos?
Para zonas residenciales, es de 55 decibeles en horario de 7 a 21, y de 45 en horario de 21 a 7 horas. Los decibeles miden la presión sonora del ambiente, de acuerdo a su potencia o intesidad.
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¿Desde qué hora se puede denunciar los ruidos molestos?
Siempre. Durante el día y hasta las 23 horas, se considera contaminación acústica, y desde las 23 en adelante, ruidos molestos.
Si se trata de ruidos molestos de la vía pública
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