DEcreto 3390
Enviado por anhgy • 15 de Octubre de 2014 • 289 Palabras (2 Páginas) • 386 Visitas
PROGRAMA NACIONAL DE FORMACION CONTADURIA PÚBLICA
Decreto Presidencial 3.390
Participantes:
Angela Espinoza C.I.:16.387.42
Isbelis Marchan C.I:19.850.721
Aurismar Alvarado C.I. 21.727.303
Johan López C.I18.262.969
José Rojas C.I. 12.246.578
Audimar Caruci C.I 23.813.814
Yalisbeth Rodríguez C.I.:14.483.709.
Sección: CO 3324
Decreto 3390
Publicado en la Gaceta oficial Nº 38.095 de fecha 28/ 12/ 2004 Decreto N° 3.390 Fecha: 23 de diciembre de 2004
HUGO CHÁVEZ FRÍAS PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 110 y 226 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 12 y 47 de la Ley Orgánica de la Administración Pública y, 2º, 19 y 22 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación, en Consejo de Ministros,
Artículos del 7 al 10
Artículo 7. El Ministerio de Ciencia y Tecnología será responsable de proveer la Distribución Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos para el Estado Venezolano, para lo cual implementará los mecanismos que se requieran.
Artículo 8. El Ejecutivo Nacional promoverá el uso generalizado del Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos en la sociedad, para lo cual desarrollará mecanismos orientados a capacitar e instruir a los usuarios en la utilización del Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos.
Artículo 9. El Ejecutivo Nacional promoverá la cooperación internacional en materia de Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos, con especial énfasis en la cooperación regional a través del MERCOSUR, CAN, CARICOM y la cooperación SUR-SUR.
Artículo 10. El Ministerio de Educación y Deportes, en coordinación con el Ministerio de Ciencia y Tecnología, establecerá las políticas para incluir el Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos, en los programas de educación básica y diversificada.
...