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DIRECTIVA PARA EL PAGO DE LOS ADELANTOS, VALORIZACIONES Y SUPERVISIÓN DE OBRAS EJECUTADAS POR ADMINISTRACIÓN INIDIRECTA EN LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YANACANCHA


Enviado por   •  22 de Julio de 2017  •  Ensayo  •  11.500 Palabras (46 Páginas)  •  261 Visitas

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DIRECTIVA PARA EL PAGO DE LOS ADELANTOS, VALORIZACIONES Y SUPERVISIÓN DE OBRAS EJECUTADAS POR ADMINISTRACIÓN INIDIRECTA EN LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YANACANCHA

SUB GERENCIA DE SUPERVISIÓN Y LIQUIDACIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YANACANCHA, DE LA PROVINCIA Y REGIÓN DE PASCO

DIRECTIVA Nº 001 - 2016 – MDY - GDT/SGSL

NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL PAGO DE LOS ADELANTOS, VALORIZACIONES Y SUPERVISIÓN DE OBRAS EJECUTADAS POR ADMINISTRACIÓN INIDIRECTA EN LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YANACANCHA

ÍNDICE

TÍTULO I

  1. GENERALIDADES

  1. ALCANCES
  1. BASE LEGAL
  1. DEFINICIONES
  1. APROBACIÓN
  1. NORMAS GENERALES

TÍTULO II

  1. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS

CAPÍTULO I: SOBRE OBRAS EJECUTADAS POR CONTRATA

  1. OBJETIVO

Establecer las normas y procedimientos orientados al adecuado control previo de pago de adelantos, valorizaciones y supervisión de obras ejecutadas por la Municipalidad Distrital de Yanacancha.

  1. FINALIDAD

Contar con un instrumento técnico normativo que oriente o determine en forma oportuna las condiciones necesarias pago de adelantos, valorizaciones y supervisión de obras.

  1. ALCANCE

La presente Directiva es de aplicación para la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Territorial, Dirección de Contabilidad, Dirección de Tesorería y demás unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital de Yanacancha que intervienen en los procesos de pagos de adelanto (s), valorizaciones y pagos de supervisión de obras.

  1. BASE LEGAL

  • Ley Nº 27293 – Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública y sus modificatorias, Ley N° 28522 y Ley N° 28802.
  • Ley Nº 27444– Ley del Procedimiento Administrativo General.
  • Ley Nº 27493 – Ley de Saneamiento Físico Legal de Bienes Inmuebles de las Entidades del Sector Público.
  • Ley Nº 27785 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y demás normas conexas y complementarias.
  • Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y acceso a la información pública.
  • Ley Nº 28112 – Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público.
  • Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización.
  • Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades.
  • Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
  • Ley Nº 30372 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016.
  • Ley Nº 30225 - Ley de Contrataciones del Estado, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 11 de julio de 2014.
  • Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado - Aprobado por Decreto Supremo Nº 350-2015-EF.
  • Decreto Supremo Nº 102-2007-EF – Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública y modificatorias.
  • Resolución de Contraloría N° 072-98-CG, que aprueba diversas Normas Técnicas de Control para el Sector Público.
  • Resolución de Contraloría N° 123-2000-CG, modifica diversas Normas Técnicas de Control para el Sector Público.
  • Resolución de Contraloría N° 155-2005-CG, que modifica las disposiciones de Normas de Control Interno para el Sector Público.
  • Resolución de Contraloría N° 320-2006-EF/93.01 aprueba Normas de Control Interno.
  • Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público – NIC N° 17, aprobado con Resolución N° 011-2013-EF/51.01
  • Resolución Directoral N° 001-2009-EF/93.01 que aprueba el uso obligatorio del Plan Contable Gubernamental.
  • Resolución Directoral N° 003-2011-EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública y sus modificatorias.
  • Resolución Directoral N° 002-2007-EF/68.01, que aprueba la Directiva de Tesorería N° 001-2007-EF/77.15 y sus modificatorias aprobadas con Resolución Directoral N° 001-2011-EF/77.15.
  • Directiva N° 003-2011-EF/93.01, aprobada por la Resolución Directoral N° 012-2011-EF/93.01. Lineamientos Básicos para el Proceso de Saneamiento Contable Público.
  1. NORMAS GENERALES
  1. Para el pago de adelanto(s) y valorizaciones, el contratista y la Entidad (Sub Gerencia de Supervisión y Liquidaciones), deberán garantizar que se cumpla con la organización del expediente de una valorización (en mérito a la Ley N° 30225 y su Reglamento), previo a la presentación en trámite documentario de la Entidad las solicitudes de los citados pagos.
  1. Para el pago de Adelantos(s) (Directo y para Materiales) y valorizaciones, la Gerencia de Desarrollo Territorial gestionará los pagos respectivos, ante la Gerencia Municipal, los cuales previamente deben ser solicitados por el contratista y supervisor o inspector de obra, según corresponda, dentro de los plazos preceptuados en el contrato o Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, asimismo llevar un registro auxiliar de las valorizaciones.
  1. Para el pago de adelanto(s) y valorizaciones, solicitado por la Gerencia de Desarrollo Territorial, la Dirección de Administración realizará el control previo de revisión del expediente de valorización, para iniciar con las operaciones financieras.
  1. El Control previo para el pago de adelanto(s) y valorizaciones en la fase de compromiso y devengado será realizado por la Dirección de Contabilidad, quién llevará el registro auxiliar de la afectación de las obras.
  1. La Dirección de Tesorería, deberá contrastar el pago de adelanto(s) y valorizaciones, presentadas por la Gerencia de Desarrollo Territorial, con el Anexo N° 01 – Control de Pagos y Valorizaciones por Avance de Obras, que se adjunta a la presente.
  1. NORMAS ESPECIFICAS
  1. De los responsables de la Documentación.
  1. Es responsabilidad del Contratista y la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidaciones de la Municipalidad Distrital de Yanacancha, organizar el expediente de valorización, cumpliendo con los siguientes requisitos:
  • Hoja de metrados certificados por el inspector o supervisor.
  • Lista de metrados afectados por los precios unitarios contratados o del valor referencial, según el sistema de contratación.
  • Cuadro de cálculo de los factores de reajuste con la documentación sustentatoria.
  • Cuadro de control de reajustes (demostrando la situación de atraso o adelanto en que se encuentra la obra, con el fin de aplicar correctamente los reajustes).
  • Croquis, planos de terreno natural o cualquier otro elemento gráfico que sustente el avance valorizado.
  • Cuadro de control de amortizaciones de adelanto.
  • Estado de vigencia de garantías.
  • Hoja Resumen que muestre claramente los avances acumulados anterior y actual, el avance del presente periodo y el saldo por valorizar.
  • Información sobre nuevos precios y/o partidas que se hubieran acordado en el periodo.
  • Hoja de control de valorizaciones anteriores y de pagos efectuados por la Entidad.
  • Gráficos de avance de obra programada contra obra ejecutada.
  • Factura emitida por el contratista
  • Copia de Planilla de pago del personal, correspondiente al mes de pago xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx

SENCICO, ESSALUD y otras obligaciones).

Previo a la presentación en Mesa de Partes de la Municipalidad Distrital de Yanacancha, dar conformidad a la solicitud de pago de: valorizaciones de obra, adelantos valorizaciones de adicionales de obra, pagos de mayores gastos generales, así como verificar la vigencia de las pólizas de seguros y constancia de no adeudos.

  1. La oficina de Contabilidad, es responsable de revisar la documentación, relacionada con los pagos mencionados, de acuerdo a los requisitos contemplados en el literal a).

  1. Los pagos por los conceptos señalados en el literal a) deberán efectuarse dentro de los plazos regulados en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, a fin de evitar el pago de intereses, bajo responsabilidad de las oficinas responsables de los trámites respectivos.
  1. De la documentación Sustentatoria y Procedimientos.
  1. La solicitud de pago de valorizaciones (ejecución de obra o ejecución de adicionales), acompañado de:

Copia fedatada de la garantía de fiel cumplimiento (10% del monto contratado). Los medios de garantía a utilizarse serán las cartas fianza

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