Deber General Del Cuidado
Enviado por cronopiaazul • 15 de Enero de 2014 • 3.806 Palabras (16 Páginas) • 393 Visitas
Rev Colomb Cir. 2012;27:264-69
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ARTÍCULO DE REFLEXIÓN
Deber general de cuidado
Fernando Guzmán1, Carlos Alberto Arias2
Palabras clave: cirugía general; ética médica; legislación médica.
La vida en sociedad, por sus conocidas características, obliga a las personas a lo que se denomina “deber general de cuidado”, para frenar actos y conductas que atenten contra el derecho ajeno. Según Montealegre, el deber de cuidado se basa en tres aspectos: la ley, la experiencia vital y los juicios comparativos.
En medicina existen varias disposiciones que regulan el ejercicio médico; las más importantes son:
1. la Ley 14 de 1962, que define el ejercicio de la medicina y la cirugía en los términos antes citados;
2. la Ley 23 de 1981, o Código Colombiano de Ética Médica que, a su vez, se encuentra reglamentado por el Decreto 3380 de 1981, y
3. una multitud de sentencias de las máximas autori¬dades jurídicas del país, entre las que recientemente destacan la sentencia C-377 de la Corte Constitu¬cional, con la ponencia del profesor Jorge Arango Mejía, que el 25 de agosto de 1994, expresó:
“[...] decir que el ejercicio de la medicina por parte de los empíricos no implica un riesgo social, cons¬tituye no solamente un contrasentido evidente, sino la pretensión de aplicar a la profesión médica lo previsto por la Constitución para ‘ocupaciones, artes y oficios que no requieren formación académica’ y cuyo ejercicio –por lo mismo– es libre [...]”,
y la que hace referencia a los títulos de idoneidad profesional (Sentencia T-408 de 1992, magistrado po¬nente: doctor José Gregorio Hernández G.):
“[...] la carencia de título o la falta de los documentos que acreditan legalmente la idoneidad para ejercer una profesión, facultan –y aun obligan– a la autoridad a impedir ese ejercicio para hacer cierta la prevalencia del interés general [...]”.
El filósofo británico John Locke enunció la regla de oro de la moral racional, que habría de incorporarse en el ejercicio médico: “Compórtate como quieras que otro se comporte contigo”. En medicina, el deber de cuidado es permanente. Si bien es cierto que los médi¬cos no pueden garantizar el éxito de un tratamiento o de una intervención, deberán responder por los daños si se prueba la presencia de uno de los causales de culpa;
“[...] Es evidente que en la mayoría de las interven¬ciones quirúrgicas y los tratamientos médicos existe una cierta incertidumbre en cuanto a sus resultados y un riesgo que puede ocasionar un daño que deberá soportar el paciente, pues de ellos no puede hacerse
1 Médico, cirujano cardiovascular, Hospital Militar Central; miembro de la Asociación Colombiana de Cirugía; magistrado, Tribunal Nacional de Ética Médica, Bogotá, D.C., Colombia
2 Médico, cirujano cardiovascular, Hospital Militar Central; miembro de la Asociación Colombiana de Cirugía; Bogotá, D.C., Colombia
Fecha de recibido: 16 de noviembre de 2011
Fecha de aprobación: 16 de noviembre de 2011
Deber general de cuidado
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responsable a quienes los realicen o lleven a cabo, puesto que mal podría pensarse que ellos estén ga¬rantizando el riesgo o el éxito de la intervención o del tratamiento [...]”.
Pero lo que sí debe ser cierto y quedar claro es que cuando tales intervenciones o tratamientos no se aco-modan a los requisitos de diligencia y cuidado que para el caso y en cada época recomiendan la ciencia de la medicina y el arte de la cirugía, es apenas natural que si el juez encuentra en las pruebas aportadas que esos requisitos faltaron y se produjo el daño, debe inferirse que tuvo como causa esa falta de acomodamiento (Consejo de Estado, Expediente 5902, 24 de octubre de 1990. Magistrado ponente: doctor Gustavo de Greiff Restrepo).
El deber de cuidado interno hace referencia a la conciencia de las propias limitaciones y capacidades antes de emprender un acto médico. Y si el avance de la medicina en los últimos años no ha tenido parangón en la historia universal, debemos ser conscientes de la imposibilidad de cubrir todos sus campos especializados por quien simplemente posea un título de médico general. Este punto es de suma importancia en nuestro país: de acuerdo con la ley, el solo hecho de poseer la licencia para ejercer medicina acredita, en teoría, para efectuar actos médicos de cualquier tipo en cualquier paciente, lo que, dadas las circunstancias actuales del conocimiento, es absurdo. Esto ha constituido una especie de coraza para que médicos sin experiencia aceptable y sin escuela de ninguna clase, se aventuren en procedimientos que deben ser parte de un entrenamiento formal en hospitales autorizados y con profesores calificados.
Ha cambiado en nuestro medio el significado de lo que es excepción para convertirse en regla general. En las páginas de los periódicos, haciendo gala de la libertad de expresión, se anuncia toda una caterva de charlatanes que ofrecen curas milagrosas y tratamientos infalibles para los males que la ciencia considera hasta hoy como incurables. Son ‘especialistas’ en hacer milagros y pro¬meten lograr lo que la medicina no ha podido en siglos de trabajo serio; engañan así a los incautos, los enredan en una maraña de términos incomprensibles y luego los despojan de sus recursos económicos.
En muchos casos se trata de médicos graduados que, prevalidos de esta autorización general del Estado colombiano, incursionan por caminos ‘alternativos’ en donde falta el piso firme con que la ciencia ha enladri-llado el conocimiento. Por estos terrenos movedizos, muchas personas están hoy andando el poco camino que les queda luego de un desahucio médico.
No es cuestión de descalificar ninguna forma de saber. No se niega la posibilidad de otro conocimiento. No se discute la existencia o efectividad ocasional de dichas formas de sanar. Se defiende el derecho del enfermo de no ser víctima de abuso; se predica la necesidad de una ética afincada en el supremo valor de la honestidad médico-científica, para no vender milagros, para no garantizar resultados, para no decir algo con el fin de conseguir, mientras interiormente se sabe que ese decir es falso e improbable.
El tercer principio de la ética médica reza:
“[...] Tanto en la sencilla investigación científica [...], como en la que se lleve a cabo con fines específicos y propósitos deliberados, por más compleja que ella sea, el médico se ajustará a los principios metodológicos y éticos que salvaguardan los intereses de la ciencia y los derechos de la persona, protegiéndola del sufri¬miento y manteniendo
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