Derecho Mercantil
hurod29 de Enero de 2015
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INDICE
3.1 INTRODUCCIÓN AL DERECHO COMERCIAL 3
3.1.1.- CONCEPTOS Y CARACTERÍSTICAS 3
3.1.2.- ACTOS DE COMERCIO. 4
(Continuación) 3.1.2 ACTOS DEL COMERCIO 9
3.1.3 REQUISITOS PARA ADQUIRIR LA CALIDAD DE COMERCIANTE 11
3.1.4 OBLIGACIONES PROFESIONALES DEL COMERCIANTE 12
3.1.5 AGENTES AUXILIARES DEL COMERCIO 15
3.2 SOCIEDADES MERCANTILES 16
3.2.1 CONCEPTO Y CONSTITUCION 16
3.2.2 CLASIFICACION DE SOCIEDADES. 18
3.2.3 TIPOS DE SOCIEDADES MERCANTILES 21
3.2.3.1 DE LA SOCIEDAD ANONIMA 25
3.2.3.3. SOCIEDAD COOPERATIVAS 36
3.3. FUSIÓN, ESCISION, TRANSFORMACION Y LIQUIDACION DE SOCIEDADES MERCANTILES 42
BIBLIOGRAFÍA 50
3.1 INTRODUCCIÓN AL DERECHO COMERCIAL
3.1.1.- CONCEPTOS Y CARACTERÍSTICAS
La palabra comercio trae a nuestra mente la idea de una relación entre personas que dan y reciben recíprocamente, que compran y venden; pero en realidad el vocablo tiene una significación más amplia que la de cambio; la de aproximación, la de poner al alcance de alguien una cosa o producto, a lo que es lo mismo, que significa cambio por un lado y aproximación por el otro de quien adquiere o produce, hacia el que consume, es decir, una función de inmediación o intercambio. Ahora bien esa, esa intermediación se realiza con el propósito o finalidad de obtener una ganancia, un lucro.
Comercio: cambio o intermediación con propósito de lucro. Este es el concepto económico del comercio; pero el concepto jurídico del comercio es más amplio, como lo veremos al hablar de los actos de comercio.
CLASIFICACIÓN DE COMERCIO
El comercio se clasifica desde diversos puntos de vista:
a).- Comercio Interior.- El que se efectúa entre personas que se hallan presentes en el país y comercio exterior, que es el que se lleva a cabo entre personas de un país y las que viven en otro.
b).- Comercio Terrestre y comercio marítimo.- dan lugar, respectivamente, a las Ramas de Derecho Mercantil, denominadas Terrestres y Marítimos. Esta obra no trata del comercio marítimo que se rige por la Ley de Navegación del 23 de diciembre de 1993, Diario Oficial de la Federación del 04 de enero de 1994.
c).- Comercio por mayor.- Es el que se hace en gran escala, generalmente a persona que lo hacen para revender o con otro fin industrial; comercio al por menor que es el que se hace en pequeña escala por lo general al consumidor.
d).- Comercio que se ejerce por cuenta propia y comercio que se ejerce en comisión.- Es decir, por cuenta de otro.
3.1.2.- ACTOS DE COMERCIO.
BREVE RESEÑA HISTÓRICA DEL COMERCIO Y DEL DERECHO MERCANTIL
La historia del Derecho Mercantil está vinculada a la historia del comercio; pues esta actividad ha dado origen a una disciplina jurídica especial: la que corresponde al derecho Mercantil como una destacada rama del Derecho Privado, con sustantividad propia.
Para hacer una breve relación histórica del comercio y de su influencia en el Derecho Mercantil, debe Hacerse una división en tres etapas: Edad Antigua, Edad Media y Edades Moderna y Contemporánea.
EL COMERCIO EN LA EDAD ANTIGUA
El ejercicio del comercio está íntimamente ligada al Derecho Mercantil. De la edad antigua se tienen referencias precisas respecto al ejercicio del comercio por los caldeos y asirios, chinos, persas, hebreos, indios, árabes, fenicios, griegos y romanos. Tal vez la más antigua legislación mercantil sea el código Hammurabi (668-626 A.C.) escrito en babilonia en tabletas de arcilla- Trata de la compraventa, de la asociación, del crédito y de la navegación.
Los persas con sus expansiones territoriales fomentaron el comercio asiático y aumentaron el número y seguridades de las comunicaciones, Edad Antigua, Edad Media y Edades moderna y Contemporánea.
La actividad comercial de los fenicios dio nacimiento a las modalidades sociales de los puertos y factorías; así como la regulación del comercio por medio de tratados, que contribuyeron en gran parte, a la iniciación del crédito.
Los griegos, con su expansión colonial y su comercio generalizaron el uso de la moneda acuñada. A ellos se debe la Ley Rodia, que reglamento la echazón, esto es el reparto personal de las pérdidas que resultasen de echar objetos al mar, para salvarlo, entre los interesados en el manejo del buque.
Los Romanos, que alcanzaron una organización jurídica maravillosa, lograron el fomento de los mercados y ferias como instituciones que perduran hasta nuestros días, amén de que en su Derecho instituyeron la antro institoria. Por medio de la cual se permitía reclamar del dueño de una negociación mercantil, él cumplimiento de las obligaciones contraídas por la persona que se había encargado de administrar; la actio exercitoria, que se deba en contra delñ dueño de un buque para el cumplimiento de las obligaciones contraídas por su capitán, y la nauticum fenus o préstamo marítimo, que el Derecho actual conoce con el nombre de préstamo a la gruesa.
EL COMERCIO EN LA EDAD MEDIA
En el siglo V de la era cristiana, las invasiones bárbaras que rompieron la edad política romana, dieron nacimiento a los estado germánicos Merovingio en las Galias, el Ostrodogo en Italia y el Anglosajón en la Gran Bretaña, que orientaron el comercio en forma particular, debido en gran parte al régimen político que caracterizo a la Edad Media.
La organización feudal, que debido a las dificultades y peligros de los transportes marítimos y terrestres por el pillaje y la piratería, encerraban dentro de un determinado territorio o feudo de la vida económica, estanco en los primeros cinco siglos de su duración el comercio, hasta que las necesidades de hacer públicas las transacciones para el comerciante no se considerase un asaltante, creo la institución del mercado como lugar público para realizar las transacciones
Con la transacción política de la villa, asiento de los villanos en la ciudad en el siglo XI de nuestra Era, el comercio y la industria recibieron un gran impulso, que se afirmó en el establecimiento de los gremios comerciales con sus rigurosas reglamentaciones que les dieron monopolios y crearon la institución de los Cónsules, que tenían la misión de juzgar y decidir sobre los conflictos suscitados entre los miembros de aquellos, por sus intereses encontrados, y comenzaron a crearse ciertas normas jurídicas, especiales para los comerciantes, conforme a las cuales se decidían esas controversias, que aportándose en ciertas formas de las reglas de Derecho Civil, establecieron u n modo particular aplicable a la circulación de cierta clase de bienes, naciendo los estatutos, de las cooperaciones de comerciantes, cuya forma tendían a la rapidez y sencillez de las transacciones, y así se originó, por ejemplo el entonces incipiente Derecho Mercantil Italiano, desde comienzos del siglo XI.
Pero no fue sino hasta los siglos XII y XIII, con la introducción de la Brújula, cuando la navegación tuvo un enorme impulso precursor de los grandes descubrimientos de la Edad Moderna, cuando se gestaron también las nuevas orientaciones de Derecho Mercantil.
En la Primera etapa de esta época el comercio oriental estuvo en mano de los judíos y árabes, siendo las cruzadas la ocasión de su auge, en el que Venecia, Génova y Florencia destacaron. Estas ciudades extendieron también su comercio a los países nórdicos, escandinavos y germánicos, pero principalmente en el Mediterráneo Donde sus relaciones con Barcelona y otras ciudades españolas de Francia, crearon importantes instituciones Mercantiles.
A medida que aumento el tráfico marítimo, creció la necesidad de que este fuese regido por normas especiales a sus necesidades, y así nacieron por ejemplo: en Francia el consulado del mar, que no era sino una colección de Derecho Marítimo, redactada probablemente en los siglos XI a XIV, y aplicable al tráfico en los puertos del mediterráneo: Los juicios de Oleron, que era un conjunto de reglas también consuetudinarias, recopilado tal vez en los siglos XII a XIII, pero aplicable a los puertos de Atlántico y El Gion del Mar, redactado por un autor desconocido en Rouen, en el siglo XV, que contenía principalmente las reglas del contrato de seguro marítimo.
En España bajo el poder de los árabes el Fuero Juzgo y el Privilegio General de Aragón, También el Siglo XIII, fueron otras importantes reglas para el comercio.
En Inglaterra la Carta Magna de Juan sin Terra, en 1215 y la Carta Mercatoria, así como el Edicto de los Comerciantes, en 1285, fueron otras muy importantes. La formación de asociaciones comerciales y trusts, fue también característica de la edad media.
EL COMERCIO EN LAS EDADES MODERNA Y CONTEMPORANEA
La vida económica europea después de las grandes expediciones marítimas de españoles, portugueses y holandeses principalmente a partir del siglo XV renació grandemente con el comercio que abrieron las grandes rutas descubiertas por los destacados navegantes que la realizaron iniciándose francamente la corriente que lo causo en la senda de su incesante progreso hoy pleno gracias a la transformación y mejoramiento de los medios de transporte y a la facilidad de los medios de comunicación, en esta época se inicia francamente la corriente de Legislación Mercantiles, que haciéndose más universal cada día, ha permitido que las actividades comerciales se rijan en nuestros días, por una Legislación más o menos uniforme en todo el mundo.
En la época de la monarquía absoluta de Francia en el año de 1673 con
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