Derechos De Las Madres
Enviado por Carla360 • 23 de Agosto de 2014 • 1.213 Palabras (5 Páginas) • 217 Visitas
Trabajadores y trabajadoras
DERECHOS DE MATERNIDAD Y PATERNIDAD
La mujer que trabaja tiene derechos que se generan por el solo hecho de la maternidad, sin que se requiera de una autorización previa u otra formalidad. Algunos de estos derechos también pueden ser ejercidos por los hombres trabajadores, en su condición de padres.
No se puede condicionar la contratación, permanencia o renovación del contrato, o el ascenso de una mujer, a su estado o posible embarazo.
Los derechos de maternidad son:
FUERO MATERNAL
Consiste en la imposibilidad, por un período determinado, de ser despedida de su trabajo, o que el empleador o empleadora ponga término a la relación laboral sin una autorización judicial previa.
El fuero rige desde el momento de la concepción, es decir, desde el inicio del embarazo, hasta un año después de expirado el período posnatal o el período posnatal suplementario. El fuero maternal es un derecho irrenunciable. Si la madre fallece en el parto o durante el período del permiso posterior a éste, el padre gozará del fuero y el subsidio.
Las mujeres y hombres solteros que adoptan un hijo o hija gozan del fuero. El plazo de un año se cuenta desde la fecha en que fue dictada la resolución que confía al trabajador o trabajadora el cuidado del menor.
DESCANSOS Y PERMISOS POR MATERNIDAD
Prenatal: es el descanso de seis semanas anteriores al nacimiento del hijo o hija. El médico o matrona de la mujer determinará la fecha probable del nacimiento para efectos de cálculo de este permiso.
Prenatal suplementario: este procede si la mujer presenta una enfermedad causada por el embarazo, anterior a las seis semanas del prenatal.
Posnatal: es el descanso de doce semanas, posterior al nacimiento del hijo o hija A este tendrá derecho, además, el trabajador o trabajadora que tenga a su cuidado un menor de menos de seis meses, cuando se le ha otorgado judicialmente la tuición como medida de protección.
En caso de que la madre trabajadora falleciera en el parto o durante el posnatal, el padre del niño o niña hará uso de este descanso. Además, tendrá derecho a subsidio maternal y gozará de fuero hasta un año después de expirado el descanso de maternidad.
Extensión del posnatal: corresponde si al término del posnatal la mujer presenta una enfermedad, certificada por un médico, producida por el nacimiento del hijo o hija.
Permiso por enfermedad del hijo o hija menor de 1 año: cuando la salud de un hijo o hija menor de un año requiera de cuidado en el hogar, con motivo de enfermedad grave, la madre trabajadora o el padre trabajador, a elección de la primera, tendrá derecho a permiso y subsidio (licencia médica) por el tiempo que el médico determine. Además, tendrán derecho a éste, el trabajador y su cónyuge, a quien se le hubiera otorgado judicialmente la tuición o cuidado de un menor.
Permiso por enfermedad del hijo o hija menor de 18 años: cuando la salud de un hijo o hija menor de 18 años requiera la atención personal de sus padres por un accidente grave o enfermedad terminal, grave o aguda y con probable riesgo de muerte; la madre trabajadora o el padre trabajador, a elección de la primera, tendrá derecho a un permiso para ausentarse por el número de horas equivalentes a diez jornadas ordinarias al año, distribuidas a su elección, que se considerarán a todo efecto legal trabajadas.
Este tiempo no trabajado deberá ser restituido imputándolo al feriado anual o laborando horas extraordinarias u otra que convengan entre las partes. De no ser posible se podrá descontar de las remuneraciones mensuales del trabajador o trabajadora, en forma de 1 día por mes, por lo que podrá fraccionarse según el sistema de pago o en forma íntegra si el trabajador o trabajadora cesare sus labores por cualquier causa.
Permiso por muerte del hijo o hija: en
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