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Derechos De Los Pacientes


Enviado por   •  27 de Mayo de 2013  •  2.684 Palabras (11 Páginas)  •  682 Visitas

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LOS DERECHOS DE LOS PACIENTES

Derechos humanos

Derechos humanos, aquellos que el hombre posee por el mero hecho de serlo. Son inherentes a la persona y se proclaman sagrados, inalienables, imprescriptibles, fuera del alcance de cualquier poder político.

Marco Teórico de los Derechos Humanos

Teoría Jusnatural: Esta teoría considera que el hombre nace con derechos, y que éstos son superiores a cualquier legislación.

Teoría Jurídica: Considera que el hombre no nace con derechos, sino que es la legislación (ley) la que se los debe reconocer.

Derechos de los pacientes.

Solo recientemente la medicina ha tenido que discutir si los pacientes deben o no opinar acerca de sus derechos.

A pesar de que se habla de autonomìa y de derechos de los pacientes, la mayor parte de las decisiones terapèuticas no toman en cuenta los deseos de èstos.

Según las corrientes liberales y empàticas el enfermo ha de ser parte activa y no pasiva en lo concerniente a su tratamiento.

Referirse a los derechos de los pacientes implica necesariamente recordar las atrocidades de los experimentos efectuados por los mèdicos nazis.

El Còdigo de Neuremberg surgiò como respuesta ètica para demarcar los derechos de los pacientes cuado èstos se convierten en sujetos de investigación.

Asimismo, cimentò las bases en forma indirecta, para que los enfermos bregasen por otro tipo de prerrogativas.

Código de Nuremberg

En 1947 se llevó a cabo el llamado "Juicio de Nuremberg", donde se juzgó y sentenció a los nazis por los crímenes de guerra cometidos durante el mandato de Adolfo Hitler. En este proceso se revelaron los terribles "ensayos científicos" que un grupo de médicos había practicado entre los prisioneros de los campos de concentración alemanes de Dachau, Auschwitz, Buchenwald y Sachsenhausen.

Durante el juicio se promulgó el documento conocido como Código de Nuremberg, en el cual se definieron los lineamientos que una investigación experimental en humanos debe seguir: la participación voluntaria de los sujetos, resultados benéficos para la humanidad, experimentación previa en animales, evitar a toda costa el daño físico y mental de la persona que se presta al estudio, que el riesgo no sea mayor al problema, y el derecho del voluntario a abandonar el experimento en el momento que así lo desee.

Declaraciones de Helsinki

En 1964 la Asociación Médica Mundial se reunió en Helsinki, donde surgió la Declaración del mismo nombre, que junto con el Código de Nuremberg constituyen el documento regulatorio en materia de experimentación

Informe Belmont.

Mientras todo esto ocurría en el mundo, en 1932 en un pequeño poblado estadounidense de Alabama, 400 afro-americanos eran reclutados para un estudio de sífilis bajo la promesa de recibir tratamiento gratuito y algunos bonos monetarios. Como el objetivo era estudiar la historia natural de la enfermedad, no se les suministró ningún tipo de medicamento ni remedio conocido contra la sífilis, sino un placebo. Este estudio, que se conoce como el caso Tuskegee, se llevó a cabo durante casi cuatro décadas por el Servicio Público de Salud; las condiciones en las que se realizó fueron divulgadas en 1972 por Jean Heller, una enfermera participante. Un hecho vergonzoso es que de este estudio se publicaron diversos artículos en revistas médicas sin que nadie cuestionara los procedimientos y técnicas utilizadas.

A los pacientes nunca se les explicó en qué consistía su colaboración; es decir, no hubo un consentimiento voluntario; en cambio, se les prometió consulta médica gratuita, viáticos, comida caliente los días de visita y la garantía de un seguro de gastos en caso de muerte (50 dólares). Los doctores tampoco pudieron mostrar el protocolo en que basaban sus investigaciones y como resultado de estas, 100 hombres murieron de sífilis y otros fueron víctimas de lesiones irreversibles, aun cuando ya se conocía la cura (la penicilina a partir de 1946). Veintisiete años después, los sobrevivientes fueron indemnizados con 37 mil 500 dólares y las familias de los que fallecieron con 15 mil.

A raíz de este y otros acontecimientos, la Organización Médica Mundial (AMM) elaboró una segunda Declaración de Helsinki, que considera la creación de comités de ética para salvaguardar los intereses del paciente con conocimiento de causa, diferenciación entre investigación básica y clínica, así como la obligación de seguir los lineamientos éticos.

Finalmente, el Código de Nuremberg, la declaración de Helsinki y los lineamientos de ICH constituyen la llamada "Buena Práctica Clínica" (Good Clinical Practice), un "estándar de ética internacional y de calidad científica para el diseño, conducción, registro y reporte de investigaciones que envuelvan la participación de seres humanos. El cumplimiento con este estándar asegura que los derechos, seguridad y bienestar de los sujetos participantes en las investigaciones sean protegidos.

Históricamente los pacientes han desempeñado un papel pasivo. Era frecuente que no se le considerara su opinión ni su consentimiento para recibir o no determinado tratamiento, incluso, era común que no se les comunicase su pronóstico, el diagnostico o el posible curso de la enfermedad. Es probable que hubiese mala fe al “esconder la información”, pues es se consideraba que ofrecerle “demasiados datos” al enfermo podría actuar en su perjuicio. Sin embargo, diversos cambios en la práctica de la medicina contemporánea, e incluso la influencia de factores ajenos a ella como los medios de comunicación, han condicionado que el enfermo tenga derecho a estar informado

El ejercicio de sus derechos ha permitido a los pacientes participar en el proceso de decidir en cuanto a su enfermedad. La autonomía del enfermo no debería ser considerada por el facultativo como un factor en su contra. Al contrario, dialogar con el enfermo enaltece la relación médico paciente.

Es evidente que no debe considerarse mas al enfermo como objeto o ser innominado, como suele suceder en los sistemas de salud saturados, en donde ni se sabe su nombre ni se le saluda ni se le explora, ni, con frecuencia, se le diagnostica.

Esta medicina impersonal no permite al enfermo cuestionar o rechazar

La gran diversidad de cambios que ha tenido la sociedad mexicana en las últimas décadas ha ocasionado, en el ámbito de la salud, usuarios más informados y exigentes de sus derechos. Particularmente en el medio urbano, la población percibe cada vez con mayor claridad que el “Derecho a la Salud” es un derecho humano inalienable, cuyo cumplimiento debe ser óptimo en términos de acceso, equidad y calidad de los

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