EVOLUCIÓN HISTÓRICA DEL DERECHO CIVIL
Enviado por ROXANAYFER • 9 de Marzo de 2014 • 1.575 Palabras (7 Páginas) • 314 Visitas
EVOLUCIÒN HISTORICA DEL DERECHO CIVIL
El derecho civil viene siendo un compendio de leyes que a lo largo de la historia ha ido evolucionando hasta los términos actuales. Sus características han sido modificadas a los largo de una gran evolución histórica.
El antecedente por antonomasia sobre el derecho civil lo encontramos en la época del antiguo imperio romano, donde coexistían dos tratados que regulaban el derecho civil, que eran: el IUS CIVILE y el IUS GENTIUM.
El Ius Civile trataba sobre el derecho que tenían los ciudadanos romanos entre sí, basado en sus propias relaciones. El derecho Ius Gentium, por contra se basaba en las relaciones pero en las existentes entre los ciudadanos romanos y el resto de pueblos del mundo conocido.
Dentro del Ius Civile , en aquella época se trataban tanto el derecho privado como el derecho público. Durante la caída del imperio romano, estos derechos fueron fuertemente acogidos por los pueblos bárbaros que al observarlos superiores al suyo, los adoptaron para su propio beneficio. Sin embargo, siglos después, en la baja edad media, apenas se podía encontrar el derecho civil privado, y el público había desaparecido por completo. Todo esto fue debido a que el tipo de sociedad había sufrido numerosos cambios respecto a la sociedad del imperio romano. Fue por tanto lógico pensar, que los distintos pueblos crearon sus propios ordenamientos jurídicos basados en función de sus propias sociedades.
En el año 212 d. C., el emperador Caracalla otorgó la ciudadanía a todos los habitantes del imperio, con lo cual el ius civile se transforma en el Derecho común .
Con el tiempo, se separa de las normas del Derecho Público y pasa a identificarse con el Derecho Privado, hasta que comienzan a desmembrarse de él las actuales ramas de este último: primero el D. Comercial, en la medida en que los comerciantes comienzan a regirse por usos y costumbres mercantiles; luego el D. Laboral, cuando la locación de servicios del D. Civil se torna insuficiente para regular las variadas situaciones que suscita la relación laboral.
De este modo, actualmente el Derecho Civil sólo comprende una parte residual del Derecho Privado: lo que no está específicamente regulado por las ramas desmembradas. Sin embargo, dado su carácter de tronco común, las ramas separadas recurrirán a él para obtener determinados principios fundamentales que siempre serán de aplicación supletoria cuando la legislación específica así lo disponga o cuando no contemple determinadas situaciones.
El contenido actual del Derecho Civil abarca todo lo relativo a la persona como tal, sus relaciones (familiares, crediticias, etc.) con otras personas y su vinculación con los bienes, desde su concepción en el seno materno hasta después de su muerte
ETAPAS DEL DERECHO CIVIL O CIVIL LAW
A. Etapa Romana:
Este periodo, tiene como punto de partida, la fundación del Estado Romano (753 A.C.), culminando con la compilación de Justiniano en el (534 D.C.). La característica más relevante, reside en la Constitución y Evolución que manifestó el Derecho Civil, como una forma de Ordenamiento Ciudadano, y que hoy en día sigue manteniendo algunas de sus inspiraciones en completa vigencia.
B. Etapa Medieval:
Durante el Medioevo, se desarrolló una verdadera lucha entre el Derecho Romano, Elementos Jurídicos Indígenas, Canónicos y Germánicos que se fusionaron en una proporción distinta, influenciados por los profundos cambios sociales y políticos propios de esta Época. Hay que destacar que si la Etapa Romana proporcionó al Ordenamiento Jurídico su base uniforme, la Edad Media le procuró algunos de sus Elementos Diferenciales. La Etapa Medieval del Derecho Civil, se subdivide en dos períodos:
a) Período Germánico:
Cuando las Tribus Germanas, ocuparon el territorio del Imperio Romano, adoptaron el principio de la Personalidad del Derecho, en donde cada grupo, Romanos y Germanos, se regían por diferentes leyes, aunque habitaran en un mismo territorio; y cuyas compilaciones son llamadas:
Leyes Romanas (Leges Romanaes): Fueron Códigos de contenido Romano, adaptados a las necesidades de esta Cultura y Época. Destacan la “Lex Romana Burgundionum” (Romanos de Borgoña) y la “Lex Wisigothorum” (Romanos del Reino Visigodo).
Leyes Bárbaras (Leges Barbarorum): Recogieron antiguas Costumbres Germanas, no sin añadir nuevas normativas exigidas por la situación del momento.
b) Etapas de Recepción del Derecho Romano:
Aunque como demostró Karl Von Savigny, era errónea la creencia de que en los siglos XI y XII se perdió el Derecho Romano en Occidente, por el contrario, fue en estas últimas centurias en donde se intensifica
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