El Cheque
Enviado por metrocheta • 13 de Octubre de 2012 • 1.598 Palabras (7 Páginas) • 363 Visitas
UNIVERSIDAD RICARDO PALMA
FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES
ESTUDIOS PROFESIONALES POR EXPERIENCIA LABORAL CERTIFICADA (EPEL)
TEMA:
LEY DE TITULOS VALORES
“EL CHEQUE”
CURSO: LEGISLACION COMERCIAL
PROFESOR: PAOLO JUAREZ
ALUMNO:
2012
INDICE
1. DEFINICIÓN 3
2. PARTICIPANTES 3
3. CARACTERISTICAS 3
4. REQUISITOS 3
5. FORMAS DE GIRO 4
6. CHEQUES ESPECIALES
a) CHEQUE CRUZADO
b) CHEQUE PARA ABONO EN CUENTA
c) CHEQUE INTRANSFERIBLE
d) CHEQUE CERTIFICADO
e) CHEQUE DE GERENCIA
f) CHEQUE DE VIAJERO
g) CHEQUE DE GIRO
h) CHEQUE GARANTIZADO
i) CHEQUE DE PAGO DIFERIDO
7. PAGO DE CHEQUE 7
EL CHEQUE
1. DEFINICIÓN
El cheque es un titulo valor que incorpora una orden de pago emitida por el titular de una cuanta corriente bancaria a favor de una persona beneficiaria, quien cobrara su importe dirigiéndose a un bando o empresa del sistema financiero nacional especialmente autorizado para ello. De esta manera, el banco girado pagara el titulo valor a su tenedor, descontando de la cuenta corriente del emisor.
Un requisito indispensable para la emisión del cheque es que el emitente debe contar con fondos disponibles suficiente para atender el pago del titulo valor por el banco girado; tales dispositivos debes mantenerse en una cuenta corriente que el emitente mantenga en el banco girado. Para ello, los bancos deben proporcionar a sus clientes la chequera o talonario, que contiene los formularios para emitir el cheque.
Se debe tomar en cuenta que el formato impreso no es el cheque, este es un formulario que sirve simplemente para emitirlo.
2. PARTICIPANTES
• El Girador que es el emitente del titulo, el obligado principal, que es el titular de la cuenta corriente
• El girado que siempre es un banco o entidad que opera en el sistema financiero.
• El tenedor o beneficiario
3. CARACTERÍSTICAS
a) Es una orden de pago, pura y simple, no sometida a condición alguna.
b) Es una orden de pago a la vista.
c) Es una orden de pago sobre fondos simples de un banco o entidad de crédito.
4. REQUISITOS
• La indicación del numero de cheque, que permitirá identificar el numero de cuenta corriente del girador.
• El mandato puro o simple de pagar determinada suma de dinero y que puede expresarse en numero o letras.
• El nombre y domicilio de quien debe pagar (girado), que necesariamente será un institución bancaria o entidad de crédito similar a el. La falta de este requisito esencial no permitirá atribuir al titulo la condición de cheque.
• El nombre del beneficiario o de la persona a cuya orden se emite, o la indicación que se hace al portador.
• La indicación del lugar de pago.
• La fecha y el lugar de emisión; la fecha es necesario y decisiva a efectos del computo del plazo de presentación del cheque al pago.
• Nombre y firma de quien expide el cheque (girador o emitente); este tiene la calidad de obligado principal y asume todas las acciones bancarias.
5. FORMAS DE GIRO
• A favor de determinada persona con la cláusula “a la orden” o sin ella. Quiere decir que debe consignarse al nombre del beneficiario a cuyo favor se emite el cheque. Significa, además, que el titulo valor es de fácil e inmediata circulación, sin que se tenga que poner en conocimiento del banco de transmisión, ni que solicite autorización para ello.
• A favor de determinada persona, con la cláusula “no a la orden” y otra equivalente, significa que la transmisión del titulo solo podrá hacerse bajo la forma y con los efectos de una cesión ordinaria, es decir, que no puede endoso.
• Al portador, confiere a quien lo tenga a su poder el derecho de hacerlo efectivo, sin necesidad de que se inserte el nombre del beneficiario, siendo suficiente para su transmisión la simple entrega manual.
• Puede emitirse a la orden del propio emitente o girados, señalando su nombre o la cláusula “a mi mismo” u otra equivalente.
6. CHEQUES ESPECIALES
a. CHEQUE CRUZADO
El cheque cruzado es un cheque especial que limita y reserva su cobro a una institución bancaria, obligando a su tenedor o beneficiario a hacer el cobro siempre a través de un banco o de una empresa del sistema financiero.
El cheque se cruza mediante el trazo de dos líneas paralelas en el anverso del documento. En medio de dichas líneas se puede señalar la denominación del banco o la palabra “Banco”, o simplemente no hacer indicación algunas dentro de dichas barras paralelas.
El cheque cruzado es de origen ingles y esta dirigido a disminuir el riesgo de robo o extravio de los cheques al portador. La necesaria intervención de un banquero o de una sociedad en el cobro de estos cheques es una garantía de que serán presentados por su legitimo tenedor. El cheque cruzado puede ser de las siguientes clases:
• General. Se cruza mediante el trazo de dos líneas paralelas en el anverso del documento, en dichas líneas
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