El Robo En General
Enviado por contrerisimas • 19 de Octubre de 2013 • 775 Palabras (4 Páginas) • 430 Visitas
ANTECEDENTES DEL DELITO DE ROBO.
En el código de China el apoderarse de lo ajeno nace con la propiedad. El talión estaba establecido en forma simbólica en el libro de las “Cinco Penas” de China, que contiene el Derecho primitivo del Imperio del cielo, en el que se castigaba al ladrón, disponiendo se le amputaran las piernas, porque en Chino, una misma palabra significa ladrón y huir.
El código de Manú o Manava Dharma Sastra imponía la pena de muerte al que era cogido en flagrante delito con los instrumentos del robo; igual pena infligía a los que violaban a mujeres, así mismo igual castigo sufrían los que robaban cosas sagradas. Si el robo se cometía de noche y con rompimiento de pared, se les cortaban las manos y eran empalados.
Entre los egipcios parece que hubo época en que no fue castigado el robo, el cual llegaba a constituir una verdadera profesión, afirmando Diódoro que estaban de tal suerte organizados los ladrones, que depositaban los robos en poder de un jefe, al cual recurrían los robados, pudiendo recuperar sus efectos por una cuarta parte de su valor. Sin embargo, esta doctrina no se refiere más que a los salteadores de caminos.
En la legislación de Atenas, Solón distinguió el Robo del hurto, aplicando distintas penas; lo que hoy llamamos hurto, y él llamó robo no manifiesto, lo castigó con las siguientes penas: la obligación de restitución de la cosa robada, y en su defecto la pena del duplo de su valor, y la pena de este mismo doble para el propietario y una cantidad igual para el tesoro.
EL ROBO EN EL DERECHO ROMANO.
En los años de 451 y 450 a. de J.C. eran designados diez patricios quienes elaboraron la Ley de las XII Tablas y en la que aparece la distinción entre furtum manifestum, ó flagrante, y furtum nec manifestum; cuando el ladrón era sorprendido infranganti, era severamente castigado, con la esclavitud para el hombre libre y a los esclavos precipitándolos desde una roca, y el segundo, el no manifiesto, con la pena del duplo.
No existió unanimidad entre los jurisconsultos romanos acerca de la etimología de la voz furtum pues mientras algunos, como Paulo, la hacían provenir de fraus, (fraude), otros como Labeón, creían que procedía de fervus, que significa propiamente lo que se hace en la oscuridad, ya para indicar la oscuridad de que se rodea el ladrón, ya para indicar que los robos suelen cometerse de noche. Otros consideran que hurto deriva de furtum, de furare y de fere o auferre, llevarse algo. Entre los tratadistas modernos como Puglia cree que deriva de la raíz griega fer, expresando idéntica idea, que significa quitar.
Únicamente bajo el imperio, apreció el hurto como figura delictiva autónoma. Entonces se delineó, en toda su pureza ontológica, el delito de hurto, según la áurea definición de Paulo: Furtum est contrectatio
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