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El nombre surgió de una serie muy conocida en todo el mundo llamada “Breaking Bad” que gracias a un juego de palabras llegamos al acuerdo de llamar a nuestro negocio “Breaking bar”.


Enviado por   •  22 de Noviembre de 2017  •  Documentos de Investigación  •  2.482 Palabras (10 Páginas)  •  315 Visitas

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Razón social:

El nombre surgió de una serie muy conocida en todo el mundo llamada “Breaking Bad” que gracias a un juego de palabras llegamos al acuerdo de llamar a nuestro negocio “Breaking bar”.

LOGO:[pic 1]

Slogan: No podrás dejar de consumirlo.

Giro comercial: venta de bebidas al público al por menor.

Domicilio comercial: Doctor Álvarez 1013

Integrantes: Oriana Soledad Bertone, Alejo Anchaval, Brisa Giannaday, Daira Juárez, Rodrigo zarate, Juan Sacco, Juan Ignacio Menna.

Ubicación geográfica:

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Contrato de locación de inmuebles

En Chañar Ladeado a los veinticinco días del mes de octubre del año 2017 entre la señora Alicia Cascioni DNI N° 13.772.004, en adelante EL LOCADOR e Oriana Soledad Bertone DNI N° 42.532.980 en adelante EL LOCATORIO, han convenido celebrar el presente contrato de locación que se regirá por las siguientes clausulas: -----------------------------------------------------

Primera: EL LOCADOR cede en localización a EL LOCATARIO la unidad cita en la calle Dr. Álvarez 1013 de Chañar Ladeado----------------------------------------------------------------------------

Segunda: el término de este contrato es de veinticuatro meses conforme al artículo 2 de la ley 33.091, contado desde el día 25/10/17 por lo que su vencimiento operara de pleno derecho el día 25/10/19 sin necesidad de notificación o requerimiento alguno por parte de EL LOCADOR-------------------------------------------------------------------------------------------------------

Tercera: el alquiler se fija en la suma de pesos tres mil quinientos ($3500) ----------------------

Cuarta: el alquiler será abonado por adelanto del 1 al 5 de cada mes en el domicilio del inmueble objeto del presente, o en cualquier otro que EL LOCADOR indicare en el futuro, siendo entendida que el mero vencimiento del plazo hará incurrir al LOCATORIO en mora de pleno derecho. El alquiler se pacta por periodos de mes entero y aunque EL LOCATORIO se mudara antes de finalizar el mes, pagara íntegramente el alquiler correspondiente de este mes------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Quinta: EL LOCATORIO recibe el inmueble objeto de este contrato desocupado y en perfecto estado de aseo y conservación, contados sus vidrios, herrajes, llaves y demás accesorios; obligándose a mantener y devolver el inmueble en las mismas buenas condiciones y a pagar el importe de los objetos que faltaren o estuvieran rotos y los deterioros ocasionados, salvo los que resulten del buen uso y acción del tiempo------------------------------------------------------

Sexta: EL LOCATORIO se obliga a no subalquilar el todo o parte de la propiedad, al no transferir, ceder, ni vender este contrato, so pena de rescindirse este-----------------------------

Séptima: EL LOCATORIO ocupara la propiedad con su familia y no podrá cambiar su destino ni hacer modificaciones de ninguna naturaleza en la propiedad sin consentimiento previo del LOCADOR; las mejoras que el LOCATORIO hiciera de cualquier naturaleza que fueren, quedaran a beneficio de la propiedad sin remuneración alguna tampoco podrá EL LOCATORIO tener en la propiedad cosas que pudieran afectar a la seguridad de las personas, objetos e instalaciones ni realizar actos que contraríen las normas municipales vigentes. EL LOCATORIO declara conocer, y se obliga a cumplir, las disposiciones legales sobre la propiedad horizontal y las establecidas por Reglamento Interno del Edificio.--------------------

Octava: los gastos de todos los impuestos nacionales, provinciales, municipales, empresas comunes y servicios devengados durante el término de locación será por cuenta de EL LOCATORIO, así como la conservación de los artefactos y accesorios de la propiedad y la reparación de los desperfectos menores provocados por su uso. EL LOCATORIO dará aviso inmediatamente a EL LOCADOR, de cualquier desperfecto que sufriera la propiedad, permitiendo a este o a sus representantes el libre acceso a cualquier dependencia de la propiedad, cuando este juzgue necesaria su inspección y permitirá la ejecución de todo trabajo que sea necesario para su conservación o mejora sin derecho a cobrar indemnización alguna-------------------------------------------------------------------------------------------

Novena: EL LOCADOR no se responsabiliza por los daños y prejuicios que pudiera producirle al LOCATORIO o sus familiares, las inundaciones, las filtraciones y los desprendimientos de roturas o desperfectos de caños o techos, o cualquier otro accidente producido en la propiedad----------------------------------------------------------------------------------------------------------

Decima: la falta de cumplimiento a cualquiera de las cláusulas del presente contrato, dará poder a EL LOCUTOR para exigir el desalojo de la propiedad locada, previo cumplimiento de la intimación correspondiente, en los términos fijados en el artículo 5°de la ley 23.091, reservándose el derecho de reclamar por daños y perjuicios----------------------------------------

Décimo primera: en caso de consignación de llaves, el alquiler regirá hasta el día en el que EL LOCADOR tome posición real y efectiva de la propiedad------------------------------------------- 

Décimo segunda: si EL LOCATORIO diera motivo por cualquier causa a que se le iniciara juicio de desalojo, se compromete a pagar desde la iniciación del juicio y hasta que EL LOCADOR reciba la llave de la propiedad, una suma (cinco)5% más del alquiler mensual por día además del alquiler pactado------------------------------------------------------------------------------

Décimo tercera: la entrega de las llaves de la propiedad deberá justificarla EL LOCATORIO con documento escrito emanado de EL LOCADOR, no admitiéndose otro medio de prueba-

Décimo cuarta: EL LOCATORIO podrá, transcurridos los seis primeros meses de este contrato, resolverlo en los términos, plazos y formas conforme con las opciones fijadas en el artículo 8° de la ley 23.061----------------------------------------------------------------------------------

Décimo quinta: Alejo Anchaval DNI N° 42.532.985, quien declara aceptar todas las cláusulas del presente contrato, en la prueba de lo cual firma de conformidad, se constituye en FIADOR solidario y principal pagador con la expresa renuncia de los beneficios de división y exclusión por el cumplimiento de todas las obligaciones contraídas en el presente contrato; garantiza igualmente el pago de los honorarios y gastos de los juicios que promuevan contra EL LOCATORIO por desalojo, posesión judicial, daños y perjuicios, desperfectos y cobro de alquileres. La fianza subsistirá aun vencido el término del contrato y hasta tanto EL LOCATORIO permanezca en la propiedad, comprometiéndose EL FIADOR a pagar los alquileres a la sin representación de los recibos, si EL LOCATORIO no lo hiciera en las fechas pactadas. Si EL LOCATORIO se atrasa en el pago del alquiler el hecho de no dar aviso a EL FIADOR ni de mandarla no importara prórroga al plazo a EL LOCATORIO ni al FIADOR, ni extingue la fianza-------------------------------------------------------------------------------------------------

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