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El origen y evolución del hombre


Enviado por   •  25 de Septiembre de 2011  •  Tutorial  •  6.311 Palabras (26 Páginas)  •  1.336 Visitas

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Introducción

El origen y evolución del hombre y, por ende de la familia y la propiedad han sido objeto de estudios durante muchos siglos. Los investigadores se han apoyado en diversas conductas y formas de socialización sexual, practicadas por el hombre en el transcurso de su existencia. Las corrientes de conocimiento que mayor aceptación han tenido la sociológica y la teológica o deísta.

Esta última explica el origen de la existencia humana y de la familia a partir de la práctica de un dogma de fe, el cual le atribuye a un ser superior o a varios dioses la formación de todo cuanto existe. En el Génesis, de la Santa Biblia se plasma cómo Dios se propuso hacer el hombre y a la mujer en un hábitat generoso para su desarrollo y permanencia (capítulo 2, versos 7, 18, 21-24). Allí el hombre tuvo señorío, dominó y nombró lo innombrado, lo poseyó, así como lo hizo con la mujer. Ya se puede inferir desde allí, el surgimiento de la propiedad.

Por otra parte, la corriente doctrinal sociológica que surge a partir de la observación de las leyes generales de la selección y de la evolución; explica el origen y evolución del hombre y la familia; a partir de estudiar la psique del hombre primitivo y las diversas formas de relación sexual y colectiva que practicaba.

Federico Engels -quien sistematiza la obra de Lewis H. Morgan- en el Origen de la familia, la propiedad privada y el Estado, señala a Morgan como el "descubridor" de la teoría materialista de la historia; la cual se fundamenta en la producción y reproducción de la vida; es decir, en el comercio sexual orientado a producir y reproducir vida humana, ya que para el hombre primitivo, éste era un elemento de sobrevivencia para la colectividad originaria de la que se aprecia surge la organización familiar.

1.1.- Naturaleza jurídica de la Familia

Tradicionalmente se ha considerado que, el Derecho de Familia, es una sub-rama del Derecho civil, sin embargo, puesto que este último se estructura sobre la base de la persona individual y que habitualmente se ha estimado que las relaciones de familia no pueden quedar regidas sólo por criterios de interés individual y la autonomía de la voluntad, en la actualidad gran parte de la doctrina considera que es una rama autónoma del Derecho, con principios propios.

Varios países han recogido en leyes este cambio doctrinario dictando un Código de Familia, aparte de un Código Civil. Ése ha sido el caso de Argelia, Bolivia, Cuba, Costa Rica, El Salvador, Honduras, Marruecos, Panamá, Polonia y Rusia, entre otros.

Para los fines prácticos de este trabajo, nos referimos a las leyes por sus siglas.

La familia

2.1.- Definición:

Para comenzar este apartado, pretendemos ajustar el concepto de familia (Del lat. familia), a los fines de esta investigación. Para ello será necesario hacer deducciones en base a las leyes, muy especialmente del Código Civil Venezolano (CCV), la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) y la Ley Orgánica de Protección a las Familias, la maternidad y la paternidad (LOPFMP), para formarnos una idea que se adecúe lo más cercano posible. El Diccionario de la Real Academia Española (DRAE), por ejemplo, emite diferentes concepciones, entre ellas: a) Grupo de personas emparentadas entre sí que viven juntas. b) Conjunto de ascendientes, descendientes, colaterales y afines de un linaje. c) Hijos o descendencia. d) Conjunto de personas que tienen alguna condición, opinión o tendencia común. Ej: Toda la familia socialista aplaudió el discurso. e) Conjunto de objetos que presentan características comunes. Entre muchos otros.

En los manuales de Formación social, moral y cívica, se define a la familia como la base fundamental de la sociedad, pero este concepto, además de ser ambiguo, dista mucho de lo que en esencia es la familia: Un grupo humano constituido sobre la base legal del Derecho de Familia, que en nuestro país está por conformarse. La Constitución de 1961, recogió esa definición: "El Estado protegerá la familia como célula fundamental de la sociedad y velará por el mejoramiento de su situación moral y económica. La ley protegerá el matrimonio, favorecerá la organización del patrimonio familiar, inembargable y proveerá lo conducente a facilitar a cada familia la adquisición de vivienda cómoda e higiénica" (Art. 73).

El Instituto interamericano del Niño, utiliza un concepto mucho más amplio:

La familia es "un conjunto de personas que conviven bajo el mismo techo, organizadas en roles fijos (padre, madre, hermanos, entre otros) con vínculos consanguíneos o no, con un modo de existencia económico y social comunes, con sentimientos afectivos que los unen y aglutinan".

La Constitución venezolana (CRBV), en su Art. 75, asoma ligeramente una definición: "(…) asociación natural de la sociedad y (…) el espacio fundamental para el desarrollo integral de las personas". Y el Estado se arroga la alta responsabilidad de atender y proteger la familia, a sus integrantes, en todas sus etapas y necesidades.

Partiendo de aquí podemos definir la familia como el conjunto de personas, ascendientes, descendientes, colaterales y afines que son sujeto de Derecho, y cuyas "relaciones se basan en la igualdad de derechos y deberes, la solidaridad, el esfuerzo común, la comprensión mutua y el respeto recíproco entre sus integrantes" (ver Art. 1 y 3 de la LOPFMP).

Al hablar de la Familia como sujeto de Derecho lo fundamentamos en que, en ésta, todo hombre y toda mujer tiene derecho a fundar una familia y mantenerla dignamente. Son igualados ante la ley como sujetos de producción de bienes y servicios. Se le da rango de actividad económica a las labores domésticas (Art. 88 CRBV). Tienen derecho a practicar su religión o no practicar ninguna (Art. 59 CRBV). Deciden sobre la educación de sus hijos. Les asiste el deber de protegerse y respetarse tanto en público como en privado. El derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación. El derecho a la protección de la salud. El derecho a la educación, los padres tienen el derecho preferente y el deber de educar a sus hijos, corresponde al Estado otorgar especial protección al ejercicio de este derecho. El derecho al trabajo, a una vivienda digna con todos sus servicios básicos. El derecho a la salud. La maternidad, paternidad, los niños, niñas, adolescentes, ancianos, discapacitados y adoptados gozan de los mismos derechos y garantías.

2.2.- Elementos que integran la Familia:

Tomando como referencia nuestro concepto, amplio como lo asuma nuestra Constitución en el Capítulo V, del mismo se desprende que la familia está integrada por el padre, la madre, los hijos (se incluye los adoptivos), parientes

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