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El título segundo es el que se destina a la protección y preservación de la biodiversidad desde el punto de vista constitucional


Enviado por   •  23 de Octubre de 2015  •  Apuntes  •  748 Palabras (3 Páginas)  •  106 Visitas

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El título segundo es el que se destina a la protección y preservación de la biodiversidad desde el punto de vista constitucional, los principios en los que se encuentra de manera implícita son en los artículos que a través de los conceptos de aprovechamiento, elemento natural y recursos naturales contiene el texto de nuestro manual de la LGEEPA, también  las disposiciones generales de las áreas naturales protegidas se pueden resumir en  las de naturaleza jurídica, que dan valor a los decretos que señalan los ambientes que serán objeto de la aplicación de una política de protección, preservación o restauración. Y las de gestión o programáticas que establecen las obligaciones a cumplir en éstas áreas y que se sustentan en el programa, las zonas que pueden ser objeto de estos artículos de protección son los ambientes originales que no han sido significativamente alterados por la actividad del ser humano también conocida como zonas vírgenes  que requieren ser preservadas y áreas que requieren ser restauradas. Las disposiciones de carácter jurídico son las que establecen modalidades al ejercicio del derecho de apropiación y de aprovechamiento de los recursos naturales cuando señala que los propietarios, poseedores o titulares de otros derechos sobre tierras, aguas y bosques comprendidos dentro de áreas naturales protegidas deberán sujetarse a las modalidades que se encuentran en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. En especial, en este capítulo que se comenta, lo que establezcan los decretos por los que se constituyan dichas áreas, las previsiones contenidas en el programa de manejo y en los programas de ordenamiento ecológico que correspondan. La motivación de los decretos que declaran y establecen las áreas naturales protegidas se encuentra en algunas de las fracciones del artículo 45, que pueden ser de preservación, salvaguarda, seguridad, investigación científica, estudio de los ecosistemas y de generación, rescate y divulgación de conocimientos. también nos habla sobre la importancia de la preservación para asegurar el equilibrio y la continuidad de los procesos evolutivos y ecológicos  de los ambientes naturales representativos de las diferentes regiones  ecológicas y ecosistemas más frágiles que tenemos salvaguarda de la diversidad genética de las especies silvestres de las que depende la continuidad evolutiva  que incluye la de asegurar la preservación y el aprovechamiento sustentable de la biodiversidad del territorio nacional  en particular preservar las especies que están en peligro de extinción, las amenazadas, las endémicas, las raras y las que se encuentran sujetas a protección especial y la de seguridad en el aprovechamiento sustentable de los ecosistemas y sus elementos para investigación científica y el estudio de los ecosistemas y su equilibrio  que se complementa con la de generar, rescatar y divulgar conocimientos, prácticas y tecnologías, tradicionales o nuevas que permitan la preservación y el aprovechamiento sustentable de la biodiversidad del territorio nacional, también de protección de áreas de importancia para la recreación, la cultura e identidad nacionales y de los pueblos indígenas.

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