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Evaluacion Derecho Civil


Enviado por   •  2 de Agosto de 2013  •  6.253 Palabras (26 Páginas)  •  2.109 Visitas

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DERECHO CIVIL II

AUTOEVALUACIÓN.

TEMA I

*Instrucciones: Conteste correctamente las siguientes preguntas.

1. Explique el concepto de Obligación según Justiniano.

En las Institutas Justinianas se caracteriza la obligación como un vínculo jurídico que constriñe (actuar contra su voluntad) a una persona a pagar alguna cosa, según las leyes de la ciudad. “Obligatio est iuris vinculum, quo necessitate adstringimur alicuis solvedae rei secundum nostrae civitatis iura

2. Diga el concepto de Obligación Tradicional y los elementos que las integran.

La obligación es un vínculo jurídico por virtud del cual una persona denominada deudor, se encuentra constreñida jurídicamente a ejecutar algo a favor de otra persona, llamada acreedor.

Los elementos son:

Sujeto: Sujeto activo o acreedor y el sujeto pasivo o deudor.

Objeto: La prestación o abstención, es decir como la forma de conducta positiva o negativa.

3. ¿Cuál es la diferencia entre las obligaciones Civiles y las Naturales?

Que en las obligaciones civiles no existe el debito o deuda, correlativo de la facultad de obtener el sujeto activo, es decir el deber jurídico de prestar que en si es independiente del deber a acompañado de coacción (violencia o fuerza), para el caso de incumplimiento.

En las obligaciones naturales, existe la relación jurídica, en virtud de que existe el debito o deuda y, por consiguiente, el deber jurídico de prestar con la facultad de recibir u obtener en el acreedor.

4. Enumere los diversos tipos de obligaciones que la Ley contempla.

1. Contrato,

2. De la Declaración Unilateral de la Voluntad

3. Del Enriquecimiento Ilegítimo

4. De la Gestión de Negocios

5. De las Obligaciones que Nacen de los Actos Ilícitos

6. Del Riesgo Profesional

5.- ¿Que es el debito?

Es la deuda de la prestación

6.- ¿En qué consiste la Ejecución Forzada y el embargo?

En la ejecución forzada la obligación civil o perfecta se presenta como una relación jurídica, es decir, su incumplimiento permite la ejecución forzada, esta puede ser obteniendo exactamente la misma prestación o una equivalencia.

En el embargo se presenta el problema relativo a determinar la situación jurídica del crédito o de derecho personal cuando el acreedor embarga bienes. El embargo no transforma el derecho de crédito y no crea un derecho real. Es decir, no se afirma que el derecho personal se convierta en real, si no que subsistiendo, se añade un derecho real de garantía.

7.- ¿Qué se entiende por fuente en el ámbito de las Obligaciones?

A los hechos jurídicos de donde ellas emanen.

Según Planiol: Las obligaciones solo pueden ser creadas por la ley o por el contrato.

La ley es la única fuente de obligaciones.

Bonnicase: Las dos únicas fuentes de las obligaciones son respectivamente el hecho jurídico y la ley y el acto jurídico y la ley.

8.- Identifique la clasificación de las Obligaciones.

Son como formas de creación de las mismas. DERECHO CIVIL II

De transmisión de dichas obligaciones reglamentando la cesión de derechos, la sesión de deudas y la subrogación y de la extinción de la misma, ocupándose de la novación, compensación, remisión, confusión, prescripción liberatoria, nulidad y rescisión.

9.- ¿Qué entiende por responsabilidad Patrimonial?

Se usa en las obligaciones para garantizar deudas futuras, bien sea con fianza, prenda o hipoteca, tenemos caso de responsabilidad patrimonial, sin que exista aún el deber jurídico del deudor.

10.- Explique los elementos de las Obligaciones.

Sujetos: Son elementos indispensables en la obligación.

Sujeto activo o acreedor: Es quien exigirá la conducta regulada como prestación o como abstención.

Sujeto pasivo o deudor: Debe ser definido por el derecho es el que tiene el deber jurídico de cumplir con la obligación

Objeto: En la obligación se caracteriza como prestación o como abstención, es decir como forma de conducta positiva o negativa.

11.-¿Cuales son las facultades del acreedor en la Obligación?

Exigir la conducta regulada como prestación o como abstención. DERECHO CIVIL II

AUTOEVALUACIÓN

TEMA II

*Instrucciones: Conteste correctamente las siguientes preguntas

1. Diga usted el concepto de Contrato.

Es un acto jurídico que crea derechos subjetivos con las correlativas obligaciones, es siempre un acuerdo entre dos o más contratantes manifestando en forma legal, con objeto de crear, modificar o extinguir una relación jurídica.

Convenio es el acuerdo de dos o más personas para crear, transferir, modificar o extinguir obligaciones y los convenios que producen o transfieren las obligaciones y derechos, toman el nombre de contratos.

2.-Explique los elementos de existencia de los Contrato.

El consentimiento: Es el acuerdo de voluntades que tiene por objeto la creación o transmisión de derechos y obligaciones. En los convenios, lato sensu, el consentimiento es el acuerdo o concursos de voluntades para crear, transmitir, modificar o extinguir obligaciones y derechos. Todo consentimiento implica la manifestación de dos o más voluntades, y su acuerdo sobre un punto de interés jurídico.

El objeto: En el contrato no es cosa o el hecho. Estos son los objetos indirectos de la obligación, pero como el contrato la crea y ésta tiene como objeto la cosa o el hecho,

Objeto inmediato del contrato es, en realidad, la obligación que por él se constituye, pero como ésta, a su vez, tiene por contenido una prestación de dar, hacer o no hacer, se llama ordinariamente objeto

Del contrato a las cosas o servicios que son materia, respectivamente, de las obligaciones de dar o de hacer.

La causa: Constituye un caso especial y de validez de los contratos. La causa, ha sido y es un elemento muy discutido en la formación de éstas, de tal manera que se trata de investigar si es un requisito esencial o de validez, o si no tiene función ni para la existencia ni para la validez del contrato.

3. ¿Cuáles son los elementos de validez y explíquelos brevemente?

Los formales: son aquellos en los que el consentimiento debe manifestarse por escrito, como un requisito de validez, de tal manera que si el consentimiento no se manifiesta en escritura pública o privada según el caso, el contrato estará afectado de nulidad relativa. Por lo consiguiente, el contrato formal es susceptible de ratificación expresa o tácita, en la expresa se observa la forma omitida, en la tácita se cumple

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