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Evlauasión sumativa 1 Introducción y normativa ambiental


Enviado por   •  17 de Mayo de 2020  •  Informe  •  827 Palabras (4 Páginas)  •  71 Visitas

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Evaluación sumativa

Unidad 1: Introducción y normativa ambiental

Instituto IACC

02 de mayo del 2020

Desarrollo

  1. Cuando hablamos de expansión forestal basados en monocultivos de pino  y eucaliptus, es difícil imaginarse un desarrollo sustentable. Históricamente las forestales han sostenido diversos conflictos con las comunidades aledañas a estas plantaciones, principalmente por las demandas territoriales, ya que estos monocultivos ocupan gran parte del territorio fértil para la agricultura, ganadería y para la renovación del bosque nativo. Otro gran conflicto, con este tipo de de plantaciones, es el de rotación de 15 años, generando problemas como falta de agua. Impactando negativamente otras actividades propias de los lugares rurales (agricultura y ganadería), ocasionando falta de empleo y migración de estos lugares.  

Cumbre / acuerdo

Fundamento

1° y 2° cumbre de la tierra.

En ambas cumbres se determinan problemas ambientales sobre la biodiversidad, clima y desarrollo sustentable. Las plantaciones de pino y eucaliptus hipotecan el futuro de las comunidades aledañas.

Convenio para la protección de la flora, fauna y bellezas escénicas naturales de los países de América.

Resguardo de parques y reservas de bosques nativos.

Convención marcos de las Naciones Unidas sobre cambio climático

Se cree que la actividad forestal aporta al disminuir la cantidad CO2 en la atmosfera. Sin embargo, al momento de procesar la madera este se devuelve a la atmosfera.

Comisión desarrollo sustentable

La actividad forestal actualmente compromete los recursos de las comunidades en el presente y futuro. Se requieren leyes más claras para incentivar a pequeños propietarios para la recuperación de los bosques nativos, que permitan ir recuperando el daño causado por los monocultivos.

  1.  Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA):

Según art. N°1 letra b, c y d, Ley 19.300. El proyecto de expansión forestal tiene como propósito utilizar tres millones de hectáreas, entre la región de O’Higgins y de los Ríos, para el mono cultivo de pinos y eucaliptus. Este proyecto conlleva la alteración de recursos naturales renovables (suelo, agua y aire). Reasentamiento y alteración de la vida para las comunidades aledañas a las poblaciones. Alteración del paisajismo y turismo de la zona. Por lo tanto, debe someterse a una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA).

De la norma de calidad ambiental:

El proyecto puede generar los cambios en la calidad y disposición del agua, representando un riesgo para la protección o conservación de la naturaleza, inclusive de la vida o salud de la población.  Actualmente en nuestro país ha sido testigo de los grandes incendios forestales, donde las poblaciones y bosques nativos aledaños a los monocultivos han sido los grandes afectados.

Evaluación Ambiental Estratégica:

Título II art. 7bis, Ley 19.300. El proyecto deberá revisar los planes de regionales de ordenamiento territorial y los planes reguladores inter-comunales.

Permiso sectorial ambiental (PAS):

Definidos en el RSEIA (DS 40) art. 148 y 149.

Organismo del estado

Función

Servicio evaluación ambiental (SEA)

  • Teste admisión para EIA
  • Decide si cumple o no con los requisitos.
  • Solicita al OOAECA la evaluación del EIA.

Órganos de la administración del estado con competencia ambiental (OAECA)

  • Evalúa EIA
  • Emite el informe y determina si hay errores, omisiones o inexactitudes.

Comité técnico

  • Está formado por la Seremi de Medio Ambiente, Director Regional del SEA, directores de los servicios públicos competentes.
  • Elabora un acta de evaluación, antes de dictar el informe consolidado de evaluación (ICE)

  1. El sistema de evaluación de impacto ambiental (SEIA) es unos de los principales instrumentos utilizados por las autoridades para determinar antes de la ejecución de un proyecto si este cumple o no con la legislación vigente y si este se hace cargo de los potenciales impactos ambientales significativos.

5.1

Artículo 3, Letra a: describe los impactos significativos en los cuerpos o cursos de aguas nacionales. Ej.: en el caso de que el proyecto forestal intervenga un rio o lago para emplazar su proyecto.

 Artículo 3, letra m: describe los proyectos forestales que conllevan impactos ambientales significativos. Ej.: explotación forestal en suelos frágiles.

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