ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Exposicion De Incapaces


Enviado por   •  4 de Agosto de 2013  •  496 Palabras (2 Páginas)  •  642 Visitas

Página 1 de 2

EXPOSICIÓN DE INCAPACES

ARTÍCULO 146 DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO: Al que teniendo la obligación de hacerse cargo de un incapaz de cuidarse por sí mismo, lo entregue a una institución o a cualquier otra persona, contraviniendo la Ley, o contra la voluntad de quien se lo confió o sin aviso al Juez de lo familiar, se le aplicará prisión de tres meses a un año o trabajo en favor de la comunidad hasta por seis meses.

No se aplicará pena alguna a la madre que entregue a su hijo por ignorancia, extrema pobreza o cuando aquél haya sido producto de una violación.

Conducta: Entregar a una institución o a cualquier otra persona.

Ausencia de Conducta: No se configura ninguno de los tipos de ausencia de conducta ya que no se puede realizar la acción de entregar al incapaz por vis mayor, vis absoluta, sonambulismo, sueño, hipnosis o actos reflejos.

Tipicidad: Debe encajar en el tipo penal, es decir, el sujeto activo debe de tener la obligación de hacerse cargo del incapaz, debe entregarlo a una institución o cualquier otra persona, contraviniendo la Ley o la voluntad de quien se lo confió o sin aviso del Juez de lo familiar.

Atipicidad: Se da cuando falta alguno de los elementos del tipo penal.

Antijuridicidad: Es una conducta antijurídica.

Causas de Justificación: No se configuran las causas de justificación en ninguna de sus modalidades (Legítima defensa, estado de necesidad, cumplimiento de un deber, ejercicio de un derecho, consentimiento del titular) ***En esos dos tengo duda porque estado de necesidad puede ser la extrema pobreza según yo, y el cumplimiento de un deber podría ser por ejemplo por mandato de tu padrastro abandonar a su hijo recién nacido.

Imputabilidad: Mayores de 18 años.

Causas de inimputabilidad: Minoría de edad, desarrollo intelectual retardado y trastorno mental.

Culpabilidad: Es un delito doloso ya que el sujeto activo intencionalmente decide abandonar al incapaz privándolo de la custodia y seguridad que aquél le proporcionaba.

Causas de inculpabilidad: No se configuran ninguna de las causas de inculpabilidad.

Punibilidad: Prisión de tres meses a un año o trabajo en favor de la comunidad hasta por seis meses.

Excusas absolutorias: No se configura ninguna excusa absolutoria.

Sujeto Activo: Cualquier persona física en quien concurre el particular deber de cuidar del incapaz.

Sujeto Pasivo: El incapaz

Objeto material del delito: El sujeto pasivo, es decir, el incapaz expuesto o abandonado.

Objeto formal del delito: Seguridad de las personas, derecho al cuidado, la vida, y la integridad.

Forma de manifestación del delito: Concurso Ideal, ya que con una acción se presentan diversos resultados.

Tentativa: No es configurable la tentativa.

Por su conducta: Es un delito de acción ya que se requiere que el sujeto

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (3 Kb)
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com