Garantias Individuales
Enviado por solosoyfil • 5 de Mayo de 2013 • 436 Palabras (2 Páginas) • 541 Visitas
Actividad Integradora - Unidad 5
Felipe Ismael Hernández Zaldivar. 020021453
Cuestionario:
a) Si se le está violando a Marisela, en su calidad de extranjera, alguna garantía individual dentro del país.
En efecto, lo que ella quiere es establecer un negocio y toda vez que el artículo 5 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que; A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos. El ejercicio de esta libertad sólo podrá vedarse por determinación judicial, cuando se ataquen los derechos de tercero, o por resolución gubernativa, dictada en los términos que marque la ley, cuando se ofendan los derechos de la sociedad. Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial. Y el 33 del mismo ordenamiento que establece que Son personas extranjeras las que no posean las calidades determinadas en el artículo 30 constitucional y gozarán de los derechos humanos y garantías que reconoce esta Constitución.
b) De ser así, el tipo de garantía, la clasificación a la cual corresponde. Esto es, si es de igualdad, libertad o propiedad y seguridad jurídica.
Me parece que hay dos tipos de garantías que se menoscaban el de libertad y el de seguridad jurídica toda vez que el primero establece, entre otras que tiene la libertad para desempeñar cualquier trabajo lícito.
Y la segunda garantía establece que Las autoridades deben actuar en todo momento con estricto apego a las leyes, cumpliendo con todas y cada una de las formalidades que estén establecidas en las mismas, particularmente cuando se pretenda molestar al particular en sus bienes o libertad.
c) Artículo que considera se le viola, señalando por qué.
Yo considero que se violentan tres artículos, por principio de cuentas el quinto, el vigésimo quinto y el trigésimo tercero.
La justificación es porque el quinto establece que A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos. El ejercicio de esta libertad sólo podrá vedarse por determinación judicial, cuando se ataquen los derechos de tercero, o por resolución gubernativa, dictada en los términos que marque la ley, cuando se ofendan los derechos de la sociedad. Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial.
El vigésimo quinto, en su ultimo párrafo señala que La ley alentará y protegerá la actividad económica que realicen los particulares y proveerá las condiciones para que el desenvolvimiento del sector privado contribuya al desarrollo económico nacional, en los términos que establece esta Constitución.
Y el trigésimo tercero, en su primer párrafo establece que los extranjeros gozarán
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