IMPLEMENTAR LEYES APROBADAS POR EL CONSEJO COMUNAL LA GARITA DE LA PARROQUIA ESCUQUE
Enviado por haitana • 1 de Noviembre de 2013 • Tesis • 1.096 Palabras (5 Páginas) • 450 Visitas
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO PARA EL PODER POPULAR DE LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA.
PROGRAMA DE FORMACIÓN DE GRADOS ESTUDIOS JURÍDICOS.
UNIDAD CURRICULAR PROYECTO II
6to SEMESTRE.
IMPLEMENTAR LEYES APROBADAS POR EL CONSEJO COMUNAL LA GARITA DE LA PARROQUIA ESCUQUE
Bachilleres:
ABREU MARIANELA
AGUILAR MARIA ANDREINA
AGUILAR RORAIMA
BRICEÑO VIRGINIA
LEON KELVIN
PEREZ DEYANIRA
REYES SOLETNIS
ROSARIO RAFAEL
SALAZAR RENE
SUAREZ KAREN
FACILITADOR: ABG. ANTONIO BENCOMO
ESCUQUE ENERO DEL 2013
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO PARA EL PODER POPULAR DE LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA.
PROGRAMA DE FORMACIÓN DE GRADOS ESTUDIOS JURÍDICOS.
UNIDAD CURRICULAR PROYECTO II
6to SEMESTRE.
IMPLEMENTAR LEYES APROBADAS POR EL CONSEJO COMUNAL LA GARITA DE LA PARROQUIA ESCUQUE
ESCUQUE ENERO DEL 2013
BASES TEORICAS
1. Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.
Articulo 101. Todas las personas tienen derecho al deporte y a la recreación como actividades que benefician la calidad de vida individual y colectiva. El Estado asumirá el deporte y la recreación como política de educación y salud pública y garantizará los recursos para su promoción. La educación física y el deporte cumplen un papel fundamental en la formación integral de la niñez y adolescencia. Su enseñanza es obligatoria en todos los niveles de la educación pública y privada hasta el ciclo diversificado, con las excepciones que establezca la ley. El Estado garantizará la atención integral de los y las deportistas sin discriminación alguna, así como el apoyo al deporte de alta competencia y la evaluación y regulación de las entidades deportivas del sector público y del privado, de conformidad con la ley.
La ley establecerá incentivos y estímulos a las personas, instituciones y comunidades que promuevan a los y las atletas y desarrollen o financien planes, programas y actividades deportivas en el país.
2. Ley Orgánica de Deporte, Actividad Física y Educación Física.
Objeto
Articulo 1. Esta ley tiene por objeto establecer las bases para la educación física, regular la promoción, organización y administración del deporte y la actividad física como servicios públicos, por constituir derechos fundamentales de los ciudadanos y ciudadanas y un deber social del Estado, así como su gestión como actividad económica con fines sociales.
Participación popular
Articulo 4. Los órganos y entes de la Administración Publica Nacional, estadal y municipal con competencia en materia de deporte, actividad física y educación física, facilitarán la participación popular en la gestión pública, debiendo impulsar la transferencia de competencias a las organizaciones del Poder Popular, así como estimular la contraloría social de éstas.
Derecho Universal
Articulo 8. Todas las personas tienen derecho a la educación física, a la práctica de actividades físicas y a desarrollarse en el deporte de su preferencia, sin más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes deportivas y capacidades físicas, sin menoscabo del debido resguardo de la moral y el orden público.
El Estado protege y garantiza indeclinablemente este derecho como medio para la cohesión de la identidad nacional, la lealtad a la patria y sus símbolos, el enaltecimiento cultural y social de
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