Informe topográfico
Enviado por wilderramos • 8 de Mayo de 2012 • 1.617 Palabras (7 Páginas) • 722 Visitas
REGLAMENTO INTERNO
DEL
CENTRO DE DIALISIS
CHICLAYO, ENERO 2010
REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE DIALISIS “ INNENOR SAC “
FINALIDAD
El presente Reglamento tiene por finalidad establecer las condiciones de disciplina participación y relaciones personales que deben cumplir los trabajadores del Centro de Diálisis INNENOR SAC.
OBJETIVO
Fomentar la armonía, lealtad y voluntad necesaria para el desarrollo de la Empresa.
ALCANCE
El presente Reglamento Interno se circunscribe al ámbito del Centro de Diálisis INNENOR SAC ubicado en Francisco Cuneo 280 Urb. Patazca Chiclayo
ES OBLIGATORIO EL CONOCIMIENTO Y CUMPLIMIENTO POR TODOS LOS TRABAJADORES DEL CENTRO DE DIALISIS INNENOR SAC.
APROBACION Y VIGENCIA
Por acuerdo del Directorio de fecha 02 de enero se apruebo el presente Reglamento que tiene vigencia a partir del 15 de Enero , igualmente se acordó que cada año se revisará el contenido de este Reglamento para efectuar modificaciones convenientes o cuando el directorio lo considere pertinente.
GENERALIDADES
ARTICULO 1.- Las relaciones laborales en Centro de Diálisis INNENOR SAC se sustentan en el principio de lealtad, armonía y respeto entre Empleador, Trabajador y Pacientes.
ARTÍCULO 2.- Es facultad del Centro de Diálisis INNENOR SAC, organizar, coordinar, dirigir y controlar las actividades del personal de acuerdo con los fines y objetivos de la Empresa, según las normas vigentes en el País.
ARTÍCULO 3.- Es potestad del Centro de Diálisis INNENOR SAC la programación de turnos y horarios de trabajo, así como el cambio de los mismos, en función de la naturaleza y conveniencia de sus operaciones.
ARTICULO 4.- Es responsabilidad del Centro de Diálisis INNENOR SAC promover el desarrollo profesional y técnico de sus trabajadores, mediante la implementación de programas de capacitación, perfeccionamiento y bienestar social.
DE LOS TRABAJADORES
ARTICULO 5.- Es deber de todo trabajador de la Empresa cumplir con las funciones y responsabilidades inherentes al puesto desempeñado, de las que ordene su superior inmediato de acuerdo a las necesidades operativas y administrativas, las que deberá cumplir con honradez, dedicación, lealtad y eficiencia.
ARTICULO 6.- El trabajador está obligado a permanecer en su puesto, durante la jornada de trabajo programado, requiriendo de la autorización del Médico de turno para ausentarse.
ARTICULO 7.- El trabajador está obligado a conservar, usar, cuidar y restituir en buen estado, salvo el deterioro o desgaste natural de las herramientas, instrumentos, materiales e implementos de trabajo que se le proporciona para sus labores y las que deben utilizar solo en las instalaciones del Centro de Diálisis INNENOR SAC, siendo responsables de los daños intencionales que causen a ellos.
Es responsabilidad del personal de turno en la Sala de Diálisis el cuidado del material correspondiente incluyendo el buen uso de los Aparatos de Diálisis y de aquellos relacionados con el tratamiento. La pérdida, ruptura, desperfectos de los materiales indicados por mal uso, será reemplazado o en su caso arreglado, siendo el costo de ello, promediado entre el personal del turno en que ocurrió la perdida, ruptura o desperfecto.
ARTICULO 8.- Es obligación del trabajador, por razones de seguridad y orden, guardar absoluta reserva sobre las actividades gestiones y documentos técnicos y administrativos, que por su naturaleza sean de carácter reservado o confidencial, considerándose falta grave la difusión de dicha información.
ARTICULO 9.- Los trabajadores están obligados a respetar a sus compañeros de trabajo, así como a observar un comportamiento correcto con pacientes, familiares de los mismos; a fin de fomentar y mantener un ambiente de armonía, orden, lealtad y disciplina laboral. Está prohibido cualquier trato que implique falta de respeto, deslealtad, comportamiento incorrecto o falta de buenas costumbres.
ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD
ARTICULO 10.- El control de asistencia y puntualidad del personal es responsabilidad de la Administración.
ARTICULO 11.- El horario de trabajo establecido es el señalado para cada caso, según la función del trabajador.
ARTICULO 12.- Para efectos de control de asistencia y puntualidad, el trabajador deberá consignar en el control de asistencia, hora de ingreso, hora de salida a refrigerio y regreso del mismo., el cual es verificado por la recepcionista
ARTICULO 13.- Queda absolutamente prohibido consignar datos en el control de asistencia de otro trabajador o hacer consignar la suya, por otra persona, constituyendo ello una falta grave, sujeta a sanción.
ARTICULO 14.- Si el trabajador nota error al consignar en control de asistencia o una impresión ilegible, deberá dar cuenta inmediata a secretaría, absteniéndose de realizar enmendaduras por cuenta propia.
ARTICULO 15.- La tolerancia de ingreso no sería mayor de 5 minutos de la hora establecida.
ARTICULO 16.- El trabajador deberá registrar su salida (al final de la jornada) estando uniformado y luego acudir al Star y cambiarse.
ARTICULO 17.- El trabajador estable que no registre el ingreso y/o salida sin mediar justificación será considerado como inasistencia.
ARTÍCULO 18.- Es obligación del trabajador permanecer en el lugar de labor asignado; el abandono injustificado del mismo dará lugar a la sanción disciplinaria correspondiente.
ARTICULO 19.- Los permisos otorgados al trabajador serán compensados en tiempo similar de común acuerdo con la jefatura correspondiente.
INASISTENCIAS Y/O AUSENCIAS
ARTICULO 20.- El personal estable que no pueda asistir al trabajo por enfermedad o cualquier motivo, deberá avisar hasta treinta minutos antes de su horario de ingreso, de lo contrario se considerará FALTA SIN
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